Protección internacional de los DDHH
Enviado por helena3456 • 16 de Enero de 2021 • Apuntes • 8.197 Palabras (33 Páginas) • 89 Visitas
TEMA 1: EL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO.
Introducción
Los derechos humanos son de ámbito internacional, son una materia recogida en el derecho internacional.
El Estado es el conjunto de la organización de un territorio con sus ciudadanos, su espacio, su cultura y sus tradiciones. Todos los países democráticos del mundo tienen la norma básica y fundamental que recoge los derechos más básicos de los ciudadanos, la constitución. La primera constitución fue en 1718 en Estados Unidos.
Los Estados tienen tres brazos: el poder legislativo, el poder ejecutivo y el poder judicial. Actúa a través de un poder legislativo que aprueba las leyes, el poder ejecutivo pone en marcha esas leyes y el poder judicial que se encarga de que se cumplan las leyes.
El derecho internacional es el derecho más histórico. Es el punto de partida del derecho. Recoge hechos históricos, no está ajeno a lo que pasa en la historia y en la evolución. La sociedad evoluciona y este derecho siempre va detrás. El DI recoge valores e ideales y evoluciona con la sociedad.
o Enfoque internacional:
En una organización es necesario establecer y aplicar unas normas. En el derecho internacional hay normas no escritas que son costumbre en el ámbito internacional, el incumplimiento de estas produce cierto rechazo. Dentro de un país las normas se ponen en práctica a través de un ordenamiento jurídico nacional. Esto son normas escritas y no escritas, que generan distintas obligaciones: las obligaciones de comportamiento hacen que los Estados sólo estén obligados a comportarse de acuerdo a esa norma; las obligaciones de resultados obligan a los Estados a implantar totalmente la norma.
En comparación con el derecho nacional, en el Derecho internacional no hay una división clara a la hora de poner las leyes, hay un vacío. Hay una problemática en la prevención y sanción de las violaciones de las normas del derecho internacional, porque en los tratados aprobados dependiendo de la materia que traten va a generar obligación de comportamiento u obligación de resultados para los Estados. Hay materias que no tienen el mismo peso que otras, pero los Estados no pueden generar normas que vayan en contra de los DI. Aunque hay Estados en el mundo que no lo cumplen.
El DI va dirigido a los Estados, los ciudadanos tienen que cumplir el derecho nacional. Quien incumple el DI es el Estado, el sujeto básico y principal al que se dirige este derecho. Hay otros sujetos, pero no con el mismo peso.
Es un ámbito jurídico que evoluciona y se va adaptando en función de lo que cambie la sociología.
Derecho internacional público.
En el S. XX hay un antes y un después en el DI, un DI básico y un DI contemporáneo. La sociedad internacional sufre un cambio (1ªGM y 2ªGM) y, como este derecho va paralelo a lo que le ocurre a la sociedad, evoluciona. Después de la 2ªGM (1945), con la creación de Naciones Unidas, la ultima parte del S. XX fue trascendental, ya que hubo hechos históricos devastadores que siguieron incumpliendo estos derechos. El DI tuvo que evolucionar y nació una rama llamada DI humanitario (S. XIX), que se encarga de defender los derechos de las víctimas en un conflicto (el derecho en la guerra), que estén en el bando que estén, tienen el derecho a una protección en el momento en que sean víctimas.
El Derecho es la ordenación de las relaciones sociales, mediante un sistema de normas obligatorias, fundadas en principios éticos, y efectivamente impuestas, y garantizadas o susceptibles de serlo, por la voluntad imperante de una comunidad organizada, incluso mediante el uso de la fuerza (cuando sea posible y necesario), que a través de decisiones y de hechos diversos en tales normas, regulan la organización de la sociedad, y las relaciones de los individuos y de las agrupaciones que viven dentro de ella, para asegurar el conseguimiento armónico de los fines individuales y colectivos (Prof. Carrillo Salcedo).
El Derecho Internacional Público es la ordenación de las relaciones sociales, mediante un sistema de normas obligatorias, fundadas en principios éticos, y efectivamente impuestas, y garantizadas o susceptibles de serlo, por la voluntad imperante de una comunidad organizada, incluso mediante el uso de la fuerza (cuando sea posible y necesario), que a través de decisiones y de hechos diversos en tales normas, regulan la organización de la sociedad, y las relaciones de los individuos y de las agrupaciones que viven dentro de ella, para asegurar el conseguimiento armónico de los fines individuales y colectivos (Prof. Carrillo Salcedo).
Por tanto, el derecho es el conjunto de normas que regulan la convivencia social y las relaciones interpersonales, y el DI también, pero con especialidades: no contamos con la estructura que hay en los ámbitos nacionales. Esta falta de estructura se intenta arreglar a partir de 1945 con la formación de organizaciones.
o La comunidad internacional: relaciones entre sujetos internacionales en coexistencia y cooperación.
Antes de 1945 estaba la sociedad internacional clásica, donde los sujetos son los Estados yuxtapuestos, una mezcla de Estados diversos, donde se relacionan y necesitan de los otros Estados internacionales. Estos Estados estaban bajo el Derecho Internacional clásico, que no ponía limites a sus Estados a la hora de poner leyes. Se basa en una oligarquía enfrentándose las sociedades y Estados más poderosos con los otros.
A mediados del S. XX, se evoluciona a un Derecho Internacional Clásico dirigido a la sociedad. Después de las 2 guerras mundiales se entiende que el poder del Estado, sus interrelaciones con los otros y la coexistencia, se le va de las manos dejando de lado a sus ciudadanos, sin protegerlos. Para estallo se crea el DI, para proteger la dignidad de las personas. Se crea en 1919, una organización de Estados que regula el trabajo para evitar la esclavitud, la OIT. En 1920, después de la 1ªGM se crea la Sociedad de Naciones. También se crean tratados como el de la esclavitud, los refugiados. Ya no solo los Estados son importantes, sino que priman los sujetos, y la sociedad internacional pasa a llamarse comunidad internacional.
o Funciones del DI:
Consideran los internacionalistas limitar el poder soberano del Estado frente al individuo, siendo necesario que el Derecho Internacional Publico acoja en su regulación la protección de los ciudadanos. Dando lugar al cambio, a la sociedad internacional humanizada.
Con carácter general las funciones del derecho internacional contemporáneo son: reglamentar las relaciones de los sujetos que actúan en la comunidad internacional; asegurar la coexistencia y la cooperación; y delimitar las competencias estatales. Además, protege valores: la humanización; la socialización, la democracia (basada
...