RESOLUCION 2014 de 1979
Enviado por Jochito244 • 4 de Junio de 2014 • Informe • 650 Palabras (3 Páginas) • 284 Visitas
RESOLUCION 2014 de 1979
Se encuentran contemplados en la ley 9 de enero 24 de 1979 resolución 2400 de mayo 22 de 1979 (Título IV, Capitulo II, Articulo 176 a 201).
En esta resolución podemos encontrar la clasificación que se hace a los elementos de protección personal deacuerdo a las zonas que protege. Está clasificación es:
Protección de cabeza y rostro.
Protección de piernas.
Protección respiratoria.
Protección de manos y brazos.
NORMAS TECNICAS COLOMBIANAS (NTC 1445)
Sobre la cual se determinan las inspecciones planteadas.
INSPECIONES PLANTEADAS: La principal actividad del comité paritario de salud ocupacional, ya que a travésDe ella se cumple la mayoría de sus funciones:
-Hacer seguimiento y vigilar lo acordado en el cronograma de actividades del P.O.S. -Mantener contacto con el puesto de trabajo y los trabajadores. -Conocer nuevas inquietudes y problemas. -Participar y proponer soluciones a problemas.
VISITAS DE INSPECIÓN: Se realizan con el fin de vigilar el proceso, equipos, maquinarias u otros objetos que en el diagnostico integral de condiciones de trabajo y salud han sido considerados críticos por su potencial de daño.
Tipos de inspecciones: INSPECION GENERAL: revisión general en toda la empresa.
INSPECCIÓN ESPECIFICA: cuando la revisión es a un problema concreto como sistema de incendios, instalaciones eléctricas, etc.
RESOLUCION 1409 DE 2012 TRABAJO EN ALTURAS
El Ministerio de trabajo mediante resolución 1409 del 23 de julio de 2012 estableció el reglamento de seguridad para la protección contra caídas en el trabajo en alturas.
¿Qué es trabajo en alturas? Labor o desplazamiento que se realiza a 1.50 metros o más sobre un nivel inferíos Articulo 1 de la resolución 3673 de 2008, fue derogada por la resolución 1409 de 2012. Esta ley establece que el reglamento de seguridad para la protección en caídas en el trabajo en alturas, es de obligatorio cumplimiento, en todo trabajo que exista riesgo de caer a 1.50 metros más sobre nivel inferior.
OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR:
Todo empleador que tenga trabajadores con trabajos de alto riesgo.
-Realizar evaluaciones médicas ocupacionales. -Programas de protección contra caídas. -Cubrir las condiciones de riesgos de caídas en alturas, objetos y personas. -Garantizar equipos de protección. -Coordinador de trabajo en alturas. -Entrenamiento anual
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