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Reforma Laboral


Enviado por   •  2 de Septiembre de 2013  •  1.226 Palabras (5 Páginas)  •  204 Visitas

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1. Salarios caídos. ¿Qué sucede cuando un trabajador se va a juicio con la empresa? Los salarios vencidos o caídos se deben pagar sobre el "salario integrado", de acuerdo al artículo 89 de la Ley Federal del Trabajo. Estos constituyen una indemnización para el trabajador que alegó ante la Junta de Conciliación y Arbitraje haber sido despedido injustificadamente, y que el patrón no haya acreditado en el juicio la razón por la que dio por terminada la relación con el trabajador.

La iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo pretende establecer un límite a la generación de salarios vencidos para combatir la indebida práctica de prolongar los juicios.

Desventaja: Sales Boyoli explica que los salarios caídos tienen naturaleza de "reparar un daño"; es decir, se paga al trabajador lo que dejó de percibir porque lo despidieron injustificadamente.

En la ley actual si se dicta sentencia en contra de la empresa, está obligada a pagar el total de salarios caídos.

Con la reforma se establece como tope que se paguen los salarios de un año, pero después de esos 12 meses, ese pago tendrá un interés mínimo del 2% mensual con un límite de 15 meses de salarios. La persona recibirá lo que resulte de multiplicar por 15 su sueldo y a esa cifra sacarle el 2%.

Esta modificación se hace bajo el argumento de que los juicios son muy tardados. A decir de Jorge Sales, un problema es que no se proponen mecanismos para agilizar los procesos en la Junta de Conciliación.

"El problema del país es de capacidad. La Junta de Conciliación y Arbitraje está sobrepasada en 75% en su capacidad de operar. Es decir, necesitaría 75% más de instalaciones y recursos humanos para ir al día con los juicios", explica Sales Boyoli.

En países como Italia y Panamá, agrega, después del mes 12 de juicio, el Estado es el que corre con una carga de intereses por no resolver en tiempo un juicio.

2. Outsourcing. El documento plantea regular la subcontratación de personal con el propósito de evitar la evasión y elusión del cumplimiento de obligaciones a cargo del patrón.

Ventajas: Hasta ahora, el trabajador de outsourcing que se ve afectado por situaciones de insolvencia tenía como opción demandar sólo a esa firma. La Reforma presenta una modificación para que el empleado pueda reclamar a las dos figuras en caso de ciertas dificultades. En otras palabras: "patrones e intermediarios serán responsables solidarios en las obligaciones contraídas con los trabajadores".

Lo que sucede con muchas empresas de outsourcing es que ante este tipo de problemáticas desaparecen, con lo que el empleado no tiene a nadie más quien reclamar, explica Sales Boyoli.

Desventajas: El modelo de outsourcing no está diseñado para distribuir utilidades (PTU) a los empleados; más bien representan una "estrategia fiscal" de muchas empresas para evadir ciertos aspectos", dice Boyoli. Se hubiera esperado que la reforma de ley previera que los subcontratantes pagarán utilidades, como lo hacen las compañías a las que ofrecen servicios.

3. Nuevas formas de contratación. En la reforma se habla de nuevos esquemas de contratación como los periodos de prueba, contratos de capacitación inicial y para el trabajo de temporada. Se dice que con estos modelos "aumentará la creación de empleos". Qué ofertan estos esquemas:

- Los periodos de prueba no pueden exceder en 30 días y hasta 180, esto último en el caso de mandos medios hacia arriba.

- En el caso de contrato por capacitación inicial (en el art. 39B), es una especie de pre-contrato y determina una capacitación inicial de 3 meses, para puestos en un nivel jerárquico menor a la gerencia, y 6 meses a quien se busque contratar arriba de ese nivel.

Ventajas: Esto puede ayudar al empleador para evaluar si la contratación que está por hacer es

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