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Repaso derecho laboral II.


Enviado por   •  19 de Marzo de 2017  •  Examen  •  1.222 Palabras (5 Páginas)  •  315 Visitas

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Repaso Derecho Laboral II

Primer parcial

Resumen

Nacimiento del Derecho Colectivo de Trabajo

Surge porque el trabajador estaba siendo aplastado por las condiciones de trabajo reguladas en la legislación y el atropello de los dadores de trabajo. Se logra que la legislación existente reconociera la realidad social y sindical, lo que significó suprimir los obstáculos para la reunión.

Estudio del Derecho Colectivo de Trabajo

Importancia del Estudio del Derecho Colectivo de Trabajo

Radica en la necesidad de constituir una organización que luche constantemente y vele por el mejoramiento de sus las condiciones de trabajo. Así también, suscribir instrumentos que mejoren el derecho legislado, tengan fuerza de ley para todos. De no ser así, ejercer medios de presión debidamente autorizada por los órganos jurisdiccionales para reivindicarlos.

Derecho Colectivo de Trabajo

Definición (es):

• Rama del Derecho Laboral que regula las relaciones entre sindicatos de patronos y trabajadores, solucionando al mismo tiempo sus conflictos.

• Es aquella parte del Derecho de Trabajo que conlleva principios, doctrinas, instituciones y normas que estudian, regulan o reglamentan tanto la formación como función de las asociaciones de patronos y trabajadores frente al Estado para solucionar los diversos conflictos.

Finalidades del Derecho Colectivo de Trabajo

Finalidad: el Trabajador.

Porque desarrolla con su trabajo un servicio útil a la comunidad, es decir, que el hombre que trabaja cumple una función social y tiene derecho a que se le remunere con medios que le permitan conducirse a una existencia digna.

Naturaleza Jurídica

Es un Derecho Público:

Porque:

I. Es un derecho de una clase social y otra.

II. La legislación limita o interviene.

III. Permite el empleo de acción directa.

IV. Soluciona los conflictos entre estos por medio de leyes.

V. Reconoce nuevas fuentes de derecho.

VI. Es garantía de libertad.

Instituciones del Derecho Colectivo

Formas de Organización Colectiva

Sindicato

Definición (es):

• Es toda asociación permanente de trabajadores o de patronos o de personas de profesión u oficio independiente (trabajadores independientes), constituida exclusivamente para el estudio, mejoramiento y protección de los intereses económicos y sociales comunes.

• Es una asociación permanente de trabajadores o de patronos, constituida primordialmente para el mejoramiento de intereses económicos y sociales comunes.

*Artículo 207 Código de Trabajo

*Artículo 208 Código de Trabajo

Formación de un Sindicato

1º. Consentimiento (216)

(Sindicato de trabajadores) consentimiento de 20 o más trabajadores.

(Sindicato de patronos) consentimiento de un mínimo de 5 patronos.

2º. Aviso de inamovilidad (209)

Gozan los trabajadores de inamovilidad desde que den aviso por cualquier medio escrito a la Inspección General de Trabajo, hasta por 60 días después de la inscripción.

Si son despedidos, deberán ser reinstalados en 24 horas.

3º. Asamblea Constitutiva (218 a.)

Se constituye para recibir notificaciones (provisional)

4º. Se presenta solicitud a la Dirección General de Trabajo (218 b.)

Dentro de 20 días contados a partir de la constitución de la Asamblea Constitutiva.

Deben presentar en la Solicitud:

• 1 copia y original del Acta Constitutiva y de los estatutos firmados por el Secretario General y de los miembros de Comité Ejecutivo Provisional.

5º. Calificación de documentos (218 c.)

La Dirección General de Trabajo debe examinar si los documentos mencionados se ajustan a las disposiciones legales.

6º. En caso de Resolución Favorable (c.)

Debe contener:

 Reconocimiento de personalidad jurídica

 Aprobación de estatutos

 Orden de Inscripción en el Registro Público de Sindicatos.

*El trámite no debe exceder 20 días hábiles a partir de la recepción del expediente.

Únicamente la comprobación de errores o defectos insubsanables pueden determinar resolución desfavorable del titular de la Dirección General de Trabajo. RECURSO DE REVOCATORIA

7º. Visto bueno del Despacho Superior (d.)

8º. Inscripción del Sindicato (d.)

En el libreo de personas jurídicas del Registro General del Sindicato.

9º. Publicación (d.)

Dentro de los 15 días siguientes a la respectiva inscripción, en el Diario Oficial donde contendrá:

 Resolución de aprobación de estatutos y reconocimiento de personalidad jurídica

10º. Devolución de copia (219 segundo párrafo)

Dentro del 3° día

Autodisolución:

1º. Comunicado del Comité Ejecutivo al Departamento

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