Supremacia Constitucional
Enviado por sergic16 • 24 de Abril de 2022 • Documentos de Investigación • 1.792 Palabras (8 Páginas) • 67 Visitas
Introducción
El principio de Supremacía Constitucional dentro de los sistemas jurídicos ha ido variando conforme a los contextos histórico-político-social así lo han dispuesto, ya que muchos factores han provocado que la concepción más moderna del principio se ha apegado más a las tendencias y características de la época para un mejor funcionamiento.
Esta visión acerca de la Supremacía Constitucional, ha permitido una mayor protección de los principios fundamentales que benefician directamente a la sociedad en gran medida. Pero existe una complejidad en el mismo por contar con dos sentidos o aspectos que son el material y el formal.
En la sociedad política deben existir un conjunto de reglas de carácter superior al ordinario, cuyo objetivo sería pretender darle una mejor organización a la convivencia de la comunidad. Este pensamiento proviene desde la gloriosa época democrática ateniense y romana, pero resurgió en la Edad Media siendo la base de la Constitución Estamental, prosiguiendo a la época moderna con la noción de Lex fundamentalis.
En las páginas posteriores se retomará parte de los antecedentes y aspectos más importantes que dan estructura y validez al sistema jurídico en su funcionamiento, como también al principio de la Supremacía Constitucional, y así evitar el surgimiento de elementos que se contraríen a ella.
LA SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL
Al hablar de supremacía constitucional nos referimos a un principio teórico del Derecho constitucional que pone a la constitución de un Estado en el peldaño más alto e importante del ordenamiento jurídico del mismo, pues considera al código normativo como la ley suprema del Estado y por tanto la base del sistema jurídico.
El control de la constitucionalidad es un instrumento que busca preservar el principio de supremacía constitucional, a la misma que articula y brinda un equilibrio a los pilares de la democracia y la constitución.
Esta noción posee tres elementos básicos: 1) que la Constitución es una norma jurídica; 2) que esta es la norma primordial ubicada en la cima de la pirámide de las consideradas fuentes de Derecho; 3) y que tanto las leyes como las demás normas de rango más bajo, deben estar apegadas a sus disposiciones.
Sin embargo, se debe tener claro que la Constitución no siempre fue de esta manera, ya que, durante un largo período de tiempo, en varios países del mundo, a pesar de estar regidos de forma democrática, la Constitución era solamente un documento político que daba un sentido más ordenado al poder para la consecución de sus objetivos, aspiraciones y también a los organismos que componen el gobierno, pero no como una norma jurídica aplicable directamente por los tribunales.
A razón de lo anterior, surgen entonces algunas razones por las que se considera a la Constitución como la norma suprema. Al situarse en la cumbre del ordenamiento jurídico estatal, la constitución vela por el cumplimiento de los principios y reglas que regulan la convivencia en la sociedad política, decreta las normas principales de carácter sustantivo e instaura el procedimiento para la creación de las demás normas internas. Pero volviendo a las razones, encontramos que existen diversos sistemas que fundan su organización en la constitución y no en otro suceso, y es que algunas poseen un método demasiado rígido para modificarse, a comparación de las leyes ordinarias que son fácilmente se pueden reformar.
Juan Manuel Rodríguez, quien formó parte del grupo independentista en El Salvador dijo: “por tanto mando a todos sus habitantes de cualquier clase y condición que sean, que hayan y guarden la Constitución inserta, como ley fundamental del Estado…(Primera constitución de El Salvador, 12 de Junio de 1824)
Antecedentes de la Supremacía Constitucional
Una vez hecho el preámbulo del concepto y aspectos sobre el principio de Supremacía Constitucional, entramos en una parte fundamental que es el surgimiento de este mismo.
Su origen se encuentra en el constitucionalismo de Estados Unidos de Norte América, ya que es el primer país que otorgó a la Constitución el valor normativo como ley suprema y se deshace de la concepción de tener dicho escrito nada más como un conjunto de designios políticos sin ninguna vinculación jurídica, firmándose la tan famosa sentencia denominada Marbury vs Madison, donde se consagró que el principio de poder judicial tiene suficiente control de constitucionalidad.
Los padres del constitucionalismo estadounidense concibieron a finales del siglo XVIII este principio como norma jurídica vital del orden jurídico en dicho Estado. La suprema corte se mantuvo al margen de la labor del gobierno, era un poder relegado más, como el ejecutivo y legislativo; no obstante, al emitirse esta sentencia, John Marshall dejó notar que la corte estadounidense tenía igualdad de rango y categoría, nombrándola la guardiana de la constitucionalidad frente a los demás poderes.
De esa forma, la Constitución quedó como ley suprema e inalterable por medios simples, las leyes podrían reformarse o dejarse sin efecto alguna si es que el Congreso así lo decidiese.
Y es que el principio de Supremacía pone como condicionante la existencia de una especie de sistema que pretenda defender la constitución, y una vez se identificasen actos que la contraríen, decrete que estos no tienen ningún valor por inconstitucionalidad, fuesen normas externas o internas.
Retomando el control de constitucionalidad y el principio de supremacía cabe aclarar que guardan un vínculo bastante estrecho, por su parte el control constitucional se ocupa de volver efectivo el principio al brindar mecanismos para que se garantice la supremacía; y el principio tiene como labor ser el parámetro para que ningún tratado, autoridad o ley pueda contravenir la Constitución.
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