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CONTRATO CIVIL DE OBRA PRECIOS GLOBALES FIJOS


Enviado por   •  25 de Agosto de 2015  •  Apuntes  •  3.298 Palabras (14 Páginas)  •  165 Visitas

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CONTRATO CIVIL DE OBRA

PRECIOS GLOBALES FIJOS

                                                                               

CONTRATO 001-2011

Fecha:

Julio 28 de 2011

DATOS GENERALES

Proyecto:

I. E. La Holanda sede Villahermosa

CONTRATANTE:

ERJAR Y CIA S.A.

Nit:

860.354.608-7

Dirección:

Cl. 80 No. 8 – 14  of 202

Teléfono:

2174006

CONTRATISTA:

SODIARK CONSTRUCCIONES LTDA

Nit 

900.144.983-8

Dirección:

Carrera 31ª n°25B - 31

Teléfono:

(1)8044900 / 3124793162

CONDICIONES CONTRACTUALES

1. OBJETO:

CONSTRUCCION DE TRES (3) AULAS, UNA (1) BATERIA SANITARIA, UN (1) COMEDOR Y UN (1) INTERNADO DOBLE PARA LA INSTITUCION EDUCATIVA LA HOLANDA, UBICADA EN EL MUNICIPIO DE FLORENCIA, DEPARTAMENTO DE CAQUETA

2. VALOR TOTAL:

QUINIENTOS DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO PESOS (519.928.528)

3. FORMA DE PAGO:

CORTE DE OBRA

Porcentaje Anticipo

10.00

%

Porcentaje Retención en la fuente

1.00

%

4. PLAZO Y ENTREGA:

Fecha de inicio:  AGOSTO 01 DE 2011

Fecha de entrega: DICIEMBRE 01 DE 2011

5. GARANTIAS:

CONCEPTO

VALOR

FECHA INICIAL

FECHA VENCIMIENTO

ESTABILIDAD Y CUMPLIMIENTO

5%

DOCUMENTOS PARA INICIO DE CONTRATO

NOMBRE

DESCRIPCION

SI

NO

OBSERVACIONES

ANEXO Nº 001

Anexo de cantidades de obra

X

ANEXO Nº 002

Acta de inicio de obra

X

ANEXO Nº 003

Garantías

X

DOCUMENTOS PARA LA LIQUIDACION DEL CONTRATO

NOMBRE

DESCRIPCION

SI

NO

OBSERVACIONES

Acta de terminación de obra

X

Entre los suscritos a saber JAIME ALFONSO ARIAS MURAD, mayor de edad y vecino de Bogotá D.C., portador de la cédula de ciudadanía Nº 396.768 de Suba, obrando en calidad de representante legal de la firma ERJAR Y CIA S.A., NIT: 860.354.608-7,  según consta en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá, quien en adelante se llamará EL CONTRATANTE y por la otra parte YENI SOFIA ALCALA VASQUEZ mayor de edad y vecino de Bogotá (Cundinamarca), portadora de la cédula de ciudadanía Nº 52.820.980 de Bogotá, quien obra en representación de SODIARK CONSTRUCCIONES LTDA y quién en adelante se llamará EL CONTRATISTA, se ha celebrado el presente CONTRATO CIVIL DE OBRA contenido en las siguientes cláusulas:  NATURALEZA  DEL CONTRATO: El  presente contrato para todos los  efectos jurídicos es de carácter civil, de acuerdo con lo establecido  del Código Civil Colombiano y además identifica a EL CONTRATISTA  como INDEPENDIENTE.

PRIMERA:  OBJETO DEL CONTRATO:  El objeto de éste contrato es el que se encuentra consignado en el numeral (1) de las CONDICIONES CONTRACTUALES en el encabezamiento de este documento, para el proyecto señalado en los DATOS GENERALES en el encabezamiento de este contrato, en las cantidades y valores unitarios descritos en el Anexo Nº 001, EL CONTRATISTA se obliga a ejecutar el presente contrato por la modalidad de PRECIO GLOBAL FIJO y sin fórmula de reajuste de acuerdo con los anexos descritos anteriormente.  

SEGUNDA: VALOR DEL CONTRATO: Es por la suma de QUINIENTOS DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO PESOS (519.928.528). El precio total del contrato se determina de acuerdo con el Anexo Nº 001 que describe las cantidades y precios pactados y que corresponde a la totalidad de las actividades necesarias para ejecutar la obra objeto del presente contrato.  PARAGRAFO PRIMERO: EL CONTRATISTA declara expresamente que para la fijación de los precios unitarios y en consecuencia para determinar el valor total del presente contrato, tuvo en cuenta las condiciones favorables y adversas, el valor de los materiales y transportes a la obra y dentro de ella, jornales, prestaciones sociales, subsidios y/o aportes establecidos por la Ley Colombiana, los costos de suministro de dotación del personal, todos los costos para fabricar los elementos mencionados y entregados en el sitio de la obra, los gastos de administración, los imprevisto, los honorarios, la utilidad de  EL CONTRATISTA y el impuesto al valor agregado IVA, así como también los impuestos de timbre y pólizas que del contrato se derive y que en consecuencia EL CONTRATANTE no tendrá más obligaciones que la de pagar la obra bien ejecutada a su juicio y/o a juicio del Director de obra, a los precios globales pactados.  PARAGRAFO SEGUNDO: el contratista declara conocer los diseños del proyecto por lo cual no debe presentarse ítem no previstos a menos que se presenten casos fortuitos que obliguen el cambio de los diseños.  PARAGAFO TERCERO: EL CONTRATANTE se reserva el derecho de retirar cantidades parciales o totales de las relacionadas en el anexo nº 001, sin que esto ocasione cobros por sobre costo o reclamación alguna por parte de EL CONTRATISTA.

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