EJEMPLO DE UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
Enviado por 1507jose • 2 de Octubre de 2015 • Ensayo • 2.111 Palabras (9 Páginas) • 182 Visitas
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
En la ciudad de León, Guanajuato a 30 de julio de 2015 se encontraron presentes, por una parte el C. ALBERTO SANCHEZ MARIN a quien en lo sucesivo se le DENOMINARA “EL ARRENDADOR”, por otra parte el C. MONTELONGO CAUDILLO MARIA RITA con domicilio en calle vista montañas numero 102 col. Altavista a quien en lo sucesivo se le DENOMINARA “EL ARRENDATARIO”, con el objeto de celebrar el presente contrato de arrendamiento al tenor las siguientes:
DECLARACIONES:
1.- Declara el arrendador.
A).- Ser propietario y tener la posesión del inmueble objeto de este contrato ubicado en calle vista cumbres número 102-C col. alta vista a correspondiente de esta ciudad de León, Guanajuato.
2.- Declara el arrendatario.
A).- Que en los términos previstos en las cláusulas del presente contrato, desea tomar en arrendamiento el inmueble descrito en el inciso A) de la declaración número 1 de este contrato.
3.- Hechas las declaraciones anteriores por parte de los contratantes, los mismos convienen en celebrar el presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO al tenor las siguientes:
CLAUSULAS
PRIMERA.- El arrendador da en arrendamiento y el arrendatario acepta y recibe a dicho título el inmueble ubicado correspondiente a vista cumbres número 102-C col. alta vista de esta ciudad de León, Guanajuato,, obligándose a conservar el inmueble en las condiciones en que lo recibe.-------------------------------------------------------
SEGUNDA.- EL contrato se celebra por el término de 6 meses a partir del 30 de julio de 2015, siendo causa de terminación del mismo la falta de pago de dos o más mensualidades de renta vencida por parte del arrendatario sin causa justificada.--------------------------------------------------
TERCERA.- El precio del arrendamiento es la cantidad de $1,200.00(MIL DOCIENTOS PESOS 00/100 M.N.), misma que deberá ser pagada y sin necesidad de requerimiento al propietario o a quién legalmente lo represente, en el domicilio ubicado en vista cumbres numero 102-C col. alta vista de esta ciudad, los días doce de cada mes a partir de la fecha de celebración de este contrato, a cambio de la expedición del recibo correspondiente; en su caso, en la inteligencia que de no realizar el pago el arrendatario en el término establecido, pagará un cinco por ciento(05%) de interés por cada mes o fracción que pase de los 5 días de cada mes posteriores a la fecha pactada de pago, sobre el precio de cada mensualidad vencida..---------------------------------------------------------------
TERCERA (bis).- Ambas partes convienen expresamente en que el ARRENDATARIO deberá pagar la renta que se venza hasta el día en que haga entrega a la ARRENDADORA del inmueble objeto de arrendamiento, de acuerdo con lo estipulado por el artículo 1927 del Código Civil del Estado, así mismo se conviene que el arrendatario pagará la renta total del mes aunque no lo ocupe todos los días del mes que paga.---------------------------------------------------
CUARTA.- El arrendatario deposita la cantidad de $ 800.00 (OCHOCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) para garantizar los daños y perjuicios que cause al inmueble por el mal uso del mismo, sus familiares, empleados o visitantes, así como los posibles adeudos por los servicios tales como agua potable, energía eléctrica, etc. que queden pendientes al término del contrato; este depósito en ningún momento se tomará a cuenta de rentas.-
QUINTA.- El inmueble materia de este contrato, será única y exclusivamente para ser usado como LOCAL COMERCIAL por lo que el arrendatario se obliga a darle a dicho inmueble el buen uso y cuidado que se le requiera.-------
SEXTA.- Para el caso de desalojo conviene la parte ARRENDATARIA que se la embarguen bienes inmuebles o muebles, u otros objetos de los que introduce o introduzca en el inmueble arrendado, los que entregara desde luego a la persona que el ARRENDADOR señale como depositario, liberando al arrendador de otorgar fianza. Pudiendo este último inclusive re embargar dichos bienes en caso de que estos, ya hayan sido embargados, para lo cual, el ARRENDATARIO se compromete a levantar el o los embargos existentes, y anteriores al del ARRENDADOR, en un plazo no mayor a 15 días naturales en el apercibimiento que no hacerlo, será responsable de los daños y perjuicios que con dicha omisión le ocasione al ARRENDADOR.-----------------------------------
SEPTIMA.- Declaran ambas partes que para el caso de que se le reciban al ARRENDATARIO los pagos de las rentas mensuales en forma distinta a la ya prevista, o se modifique alguno de los términos previstos en el presente contrato por hechos ajenos a las partes contratantes. NO SE ENTENDERA POR ELLO COMO RENOVADO O PRORROGADO EL CONTRATO, por lo que desde ahora ambas partes convienen en que para que haya novación del presente contrato, este deberá contar por escrito tal y como lo dispone el artículo 1706 del Código Civil para el Estado de Guanajuato.------------------------------------
OCTAVA.- Queda prohibido al arrendatario subarrendar en todo o parte, ceder, traspasar, o de alguna forma transferir todos o parte de los derechos derivados del inmueble que ampara este contrato, tal como lo dispone el artículo 1984 del Código Civil, y en caso de hacerlo sin autorización por escrito de la arrendadora, conservara en todo caso las responsabilidades que trae por subarrendamiento tal y como lo prevé la última parte del artículo 1988 del ordenamiento local invocado.-------------------------------------------------------
NOVENA.- El arrendatario no podrá efectuar modificación alguna a la estructura ni a la distribución interior del inmueble sin previa autorización de manera verbal o escrita del arrendador y si llegará a hacerlas careciendo del conocimiento y en su caso, de la autorización del ARRENADOR, deberá restablecerlo al estado en que lo recibió, siempre y cuando no constituya un demerito deterioro del inmueble y además pagará los daños y perjuicios que por ese motivo pudiera ocasionar, y para el caso de que el ARRENDATARIO haga mejoras y/o construcciones al inmueble arrendado deberá de obtener la autorización del arrendador, estableciéndose además que las mejoras de cualquier índole que el arrendatario realice con la autorización del arrendador, quedarán gratuitamente a beneficio del inmueble sin que su importe sea deducible de las rentas, y sin que haya reclamación alguna de parte del arrendatario hacia el arrendador, a la terminación del contrato de arrendamiento. ---------------------------------------------------------------------
...