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EJEMPLO DE EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.


Enviado por   •  5 de Diciembre de 2017  •  Trabajo  •  2.472 Palabras (10 Páginas)  •  908 Visitas

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.

Contrato de Arrendamiento que celebran por una parte el C. Valente Amando Ocampo Nava a quien en lo sucesivo se le denominara “El Arrendador”, y por la otra la C. Sheila Belem Jiménez Duran, a quien en lo sucesivo se le denominara “La Arrendataria”, y como “El Fiador”, el C. Isidro Eustorgio Jiménez Anlehu, al tenor de las siguientes declaraciones y clausulas:

DECLARACIONES.

1.- Declara “El Arrendador” que:

1.1.- Es una persona física, mayor de edad con capacidad suficiente para obligarse en los términos del presente contrato y señala como su domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en boulevard Benito Juárez, Numero 34-A, Colonia Centro, Cuernavaca, Morelos o el ubicado en Calle paseo Akumal, Numero 16, Colonia Quintana Roo, de esta Ciudad de Cuernavaca, Morelos

1.2.- Es legítimo propietaria y se encuentra en posesión del inmueble ubicado en Calle paseo Akumal, Numero 22, Colonia Quintana Roo, de esta Ciudad de Cuernavaca, Morelos, objeto de este contrato.

1.3.- Que es su deseo dar en arrendamiento el bien inmueble ubicado en la declaración que antecede, bajo los términos y condiciones que se mencionan en el presente contrato.

2.- Declara “La Arrendataria” que:

2.1.- Es una persona física, identificándose con credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral, documento en copia que se adjunta al presente, señalando como su domicilio el inmueble objeto del presente contrato.

2.2.- Que cuenta con los ingresos económicos necesarios para cubrir el pago de las rentas que son materia del presente contrato así como el pago de gastos que se generen como consecuencia de los servicios derivados de su uso; y es su deseo arrendar dicho inmueble.

2.3.- Que ha visitado el inmueble el cual recibe en buen estado de conservación, dado que todas sus instalaciones se encuentran funcionando adecuadamente y que reconoce que el destino de uso del inmueble es ser “casa habitación”, siendo causal de recisión el variar sin consentimiento por escrito del arrendador el uso que se le dé al inmueble arrendado.

3.- Declara “El Fiador” que:

3.1.- Ser persona física de nacionalidad mexicana, mayor de edad con capacidad suficiente para obligarse en los términos del presente contrato, que señala como su domicilio particular el ubicado en Boulevard Circunvalación, Numero 1840, Fraccionamiento Jardines de San Miguel, Municipio de puebla, estado de Puebla, con credencial para votar por el Instituto Nacional Electoral, con Clave de elector JMANIS62053007H300, documentos en copias que se adjuntan al presente. Ser propietario del inmueble descrito del cual adjunta copia de la escritura notarial que contiene el contrato de compraventa número 36,546.- volumen 939.- Del día diez de Junio de mil novecientos noventa y nueve  del cual da fe el Licenciado Jorge Morales Obregón, notario público número dieciocho de Puebla de Zaragoza, en el cual adquiere para sí el inmuebles ubicados en lote Número Dos, Boulevard Circunvalación, Numero 1840, Fraccionamiento Jardines de San Miguel, Municipio de puebla, estado de Puebla y es su deseo que dicho predio y la construcción que en él se encuentra sirva como la más amplia garantía para respaldar las obligaciones contraídas como fiador en el presente contrato ya que ha sido pagado en su totalidad comprometiéndose a no vender, enajenar o gravar dicho inmueble durante la vigencia de este contrato y/o que el arrendador se dé por recibido del inmueble por escrito y satisfecho de que no exista adeudo alguno por concepto de rentas, daños al inmueble, permisos y actualizaciones ante las autoridades correspondientes o adeudo de servicios contratados por la  arrendataria.

CLAUSULAS

Primera.- “El Arrendador“ da en arrendamiento a la arrendataria el inmueble objeto de este contrato, en la inteligencia de que será destinado para uso como “CASA HABITACIÓN”, estando expresamente prohibido tener en él, substancias peligrosas, prohibidas, armas, explosivas o corrosivas o de la que emanen gases o vapores tóxicos o inflamables, por lo que se compromete a no hacer uso diferente al convenido.

Segunda.- “El Arrendador” no se hace responsable ni total ni parcialmente de ningún daño que pudiere afectar a la arrendataria o por incendio, inundación, temblor, o cualquier fenómeno que lo afectara.

Tercera.- El arrendamiento que se contrata es por el plazo de un año, forzoso para ambas partes a partir DEL DIEZ DE MARZO DEL DOS MIL DIECISIETE AL DIEZ DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO. La arrendataria acepta que en caso de incumplir con el pago por el monto total de una de las rentas en las fechas estipuladas para tal efecto se aplicara como pena convencional la recisión inmediata del contrato de arrendamiento debiendo hacer la entrega inmediata del inmueble al arrendador y que desde ese momento la renta se incrementara en un 25% sobre el precio por cada mensualidad no pagada. La arrendataria se obliga a desocupar y entregar el inmueble en la fecha que se señala como terminación del contrato; de no ser así, a partir de ese momento la renta será por el doble del importe que corresponda en ese momento según lo estipulado en este contrato, a menos que un mes antes de su vencimiento las partes señalen nuevo contrato por escrito, acordando que el incremento en la renta será el que señale el Índice Nacional de Precios al Consumidor por el Banco de México, Renunciando la arrendataria expresamente a lo dispuesto en el artículo 1950 del Código Civil del Estado de Morelos, cuyo texto declara conocer y entender.

Cuarta.- El monto de la renta mensual que la arrendataria pagara a su arrendador es de $12,500.00 (DOCE MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.), la renta del inmueble será pagada en el domicilio ubicado en Calle paseo Akumal, Numero 16, Colonia Quintana Roo, de esta Ciudad de Cuernavaca, Morelos y Que será cubierta los días 10 al 15 de cada mes, pues de lo contrario se penalizara con un 6% la cantidad mencionada.

Quinta.- Todo mes de arrendamiento le es forzoso a la arrendataria comprometiéndose a pagarlo íntegramente, aun cuando ocupe el inmueble por un lapso menor.

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