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Ejemplo Contrato Arrendamiento


Enviado por   •  11 de Julio de 2013  •  2.190 Palabras (9 Páginas)  •  723 Visitas

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

DEL DEPARTAMENTO 202 UBICADO EN LA CALLE DE SAN FRANCISCO 317, CP 03100, COL. DEL VALLE EN MEXICO, D. F., QUE CELEBRAN COMO

ARRENDADOR (A) LA ING. BERTA LORENZO MURADAS, REPRESENTADA POR ELLA MISMA, CON DOMICILIO EN PASEO DE LA REFORMA # 368 PH2 COL JUAREZ, EN MEXICO, D.F. 06600 CON TELEFONO 55 14 23 99.

Y COMO

ARRENDATARIO: LA LIC. CLAUDIA TORRES DE NACIONALIDAD MEXICANA, CEL. (044) 5543-4488-99, QUIEN ACTUALMENTE PRESTA SUS SERVICIOS PARA LA EMPRESA FEVIMTRA (FISCALIA PGR). LA CUAL SE IDENTIFICA CON COPIA DE SU CREDENCIAL DE ELECTOR QUE SE ANEXA A ESTE CONTRATO.

FIADOR:

SE CONSTITUYE COMO FIADOR DEL ARRENDATARIO EL SR. ENRIQUE GARCIA ANTILLON CON DOMICILIO EN LA CALLE DE CORUÑA # 314 COL VIADUCTO PIEDAD C. P 08200 EN MEXICO D. F. DE LA CUAL ES PROPIETARIO SEGÚN ESCRITURA 56,943 DE FECHA 26/NOV./1971 OTORGADA POR EL NOTARIO LIC. MIGUEL ANGEL GOMEZ YAÑEZ DE LA NOTARIA # 17QUIEN PRESENTA COPIA DE IDENTIFICACION OFICIAL VIGENTE.

LA RENTA MENSUAL SERA LA CANTIDAD DE $ 11,550 (ONCE MIL QUINIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M. N) MONTO QUE INCLUYE EL PAGO DE MANTENIMIENTO DEL EDIFICIO.

LA LOCALIDAD SE DESTINARA EXCLUSIVAMENTE PARA CASA HABITACION.

LA DURACION DEL CONTRATO SERA DE 12 (DOCE) MESES FORZOSOS PARA AMBAS PARTES.

Y ENTRARA EN VIGOR EL DIA 6 DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL ONCE

EL DEPARTAMENTO CUENTA CON UN CAJON DE ESTACIONAMIENTO

DECLARA EL ARRENDATARIO HABER RECIBIDO DE CONFORMIDAD LA LOCALIDAD AMUEBLADA CON CANCELES DE CRISTAL TEMPLADO QUE SE INSTALARAN EN AMBOS BAÑOS ANTES DEL 15 DE ABRIL. Y EQUIPADA, SEGÚN INVENTARIO QUE POR SEPARADO SE ADJUNTA. ESTANDO EXPRESAMENTE CONFORME EN QUE TODO EL INMUEBLE ARRENDADO Y SUS INSTALACIONES ELECTRICAS E HIDRAULICAS FUNCIONAN PERFECTAMENTE. LAS RECIBE LIMPIAS, PINTADAS O TAPIZADAS A SU ENTERA SATISFACCION. SUJETANDOSE LAS PARTES A LAS SIGUIENTES:

C L A U S U L A S

RENTA:

1ª.- LA RENTA MENSUAL QUE EL ARRENDATARIO PAGARA AL ARRENDADOR O A QUIEN SUS DERECHOS REPRESENTE SERA LA SUMA DE $ 11,550 (ONCE MIL QUINIENTOS CINCUENTA PESOS 00 / 100 M. N) MISMA QUE DEBERA CUBRIRSE DENTRO DE LOS PRIMEROS CINCO DIAS DE CADA UNO DE LOS MESES QUE SE ENCUENTRE EN VIGOR EL PRESENTE CONTRATO. MONTO QUE INCLUYE EL PAGO DE MANTENIMIENTO MENSUAL POR EL USO Y GOCE DEL INMUEBLE OBJETO DE ESTE CONTRATO. EN EL ENTENDIDO DE QUE TODA MENSUALIDAD SERA PAGADA POR ADELANTADO A PARTIR DE LA FECHA DE ESTE CONTRATO Y EN CASO DE MORA CUBRIRA UN 10% DE INTERES MENSUAL DE LA MISMA.

EL ARRENDATARIO SE COMPROMETE A CUBRIR LA RENTA MEDIANTE DEPOSITO EN CTA # 57001908643 DEL BANCO SANTANDER A NOMBRE DE GLORIA JUDITH BUENROSTRO CISNEROS, CUYO DESPACHO ADMINISTRARA EL INMUEBLE.

SI POR ALGUN MOTIVO SE LLEGARA A RECIBIR LA RENTA EN ABONOS, O EN FECHA DIFERENTE A LA ESTIPULADA, NO SE ENTENDERA COMO NOVADO EL PRESENTE CONTRATO.

CUANDO EL ARRENDATARIO CUBRA EL IMPORTE DE LA RENTA MENSUAL CON UN CHEQUE Y ESTE SEA DEVUELTO, EL ARRENDADOR SE RESERVA EL DERECHO DE COBRAR EL 20% SOBRE EL DOCUMENTO DEVUELTO, EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 193 DE LA LEY DE TITULOS Y OPERACIONES DE CREDITO.

SI HUBIERA DEMORA DE UN MES EN EL PAGO DE LA RENTA, EL ARRENDADOR PODRA PEDIR LA RESCISION DE ESTE CONTRATO Y LA DESOCUPACION DEL INMUEBLE AL ARRENDATARIO.

2ª.- EL ARRENDATARIO NO PODRA RETENER LA RENTA EN NINGUN CASO, NI BAJO NINGUN TITULO JUDICIAL O EXTRAJUDICIAL, DE LO CONTRARIO SE HARA ACREEDOR A UN MES DE RENTA COMO PENALIDAD.

3ª.- CUANDO EL CONTRATO SE FIRME CON FECHA DISTINTA AL DIA PRIMERO DEL MES, EL ARRENDATARIO SE COMPROMETE A PAGAR EL ALQUILER EN UN PLAZO DE CINCO DIAS NATURALES A PARTIR DE DICHA FECHA DURANTE CADA MES QUE DURE EL ARRENDAMIENTO.

4ª.- TODO MES DE ARRENDAMIENTO LE ES FORZOSO AL ARRENDATARIO, COMPROMETIENDOSE A PAGARLO INTEGRAMENTE, AUN CUANDO OCUPE LA LOCALIDAD UN LAPSO MENOR, CONVINIENDO EN QUE POR FALTA DE PAGO DE UNA DE LAS MENSUALIDADES PODRA EL ARRENDADOR SOLICITAR LA RESCISION DEL CONTRATO EN LOS TERMINOS DE LA FRACCION PRIMERA DEL ARTICULO 2489 DEL CODIGO CIVIL VIGENTE.

5ª.-SI EL CONTRATO SE CELEBRA POR UN PLAZO FORZOSO Y EL ARRENDATARIO POR ALGUNA DISPOSICION DE SU TRABAJO, AJENO A SU CONTROL, SE VIERE EN LA NECESIDAD DE SALIR DEL PAIS Y SE VE OBLIGADO A DESOCUPAR ANTES DE SU TERMINO, PARA HACERLO, NOTIFICARA AL ARRENDADOR O A QUIEN SUS DERECHOS REPRESENTE DE LA DESOCUPACION DEL INMUEBLE CON NO MENOS DE TREINTA (30) DIAS DE ANTICIPACION Y ADEMAS DEL PAGO NORMAL DE LA RENTA DE ESE MES, PAGARA COMO INDEMNIZACION UN MES MAS DE RENTA; PERMITIENDO EN ESTA INSTANCIA MOSTRAR EL INMUEBLE A OTROS POSIBLES INTERESADOS. EL DEPOSITO SERA RETENIDO COMO GARANTIA DE LOS ADEUDOS QUE QUEDASEN PENDIENTES A CARGO DEL ARRENDATARIO, SIN MENOSCABO DE LA APLICACIÓN FORZOSA DE LA CLAUSULA CUARTA DE ESTE MISMO CONTRATO.

6.- SI AL TERMINO FORZOSO DEL CONTRATO, EL ARRENDATARIO OPTA POR UN TERCER AÑO, DARA AVISO AL ARRENDADOR POR ESCRITO CON 30 (TREINTA) DIAS NATURALES DE ANTICIPACION; EN CASO DE DESOCUPACION, EL ARRENDATARIO DEBERA DAR AVISO TAMBIEN CON (30) TREINTA DIAS DE ANTICIPACION Y POR ESCRITO, PERMITIENDO EN ESTA SEGUNDA INSTANCIA MOSTRAR EL INMUEBLE A OTROS POSIBLES INTERESADOS, DE LO CONTRARIO SE APLICARA UN MES DE PENALIDAD AL ARRENDATARIO POR INCUMPLIMIENTO.

7.- EL TERMINO DEL ARRENDAMIENTO ES FORZOSO, POR LO QUE CONCLUYE EN EL DIA PREFIJADO SIN NECESIDAD DE DESAHUCIO, TAL Y COMO LO PREVIENE LA PRIMERA PARTE DEL ARTICULO 2484 DEL CODIGO CIVIL VIGENTE, PERO SI EL ARRENDATARIO NO DESOCUPARE POR CUALQUIER CAUSA AL TERMINO DEL MISMO Y LAS PARTES NO HUBIEREN LLEGADO A UN CONVENIO SOBRE EL INCREMENTO A APLICAR EN LA RENTA, ESTA AUMENTARA AUTOMATICAMENTE UN 20% (VEINTE POR CIENTO). LO ANTERIOR NO IMPLICA SIN EMBARGO, RENOVACION DEL CONTRATO, NI PRORROGA DEL MISMO, SIENDO VOLUNTAD DE LAS PARTES TAN SOLO EL AUMENTO DEL PRECIO DEL ARRENDAMIENTO.

LOCALIDAD.

8ª.- LA LOCALIDAD PODRA SER HABITADA UNICAMENTE COMO MAXIMO POR DOS PERSONAS, CUALQUIER CAMBIO REQUIERE EL CONSENTIMIENTO ESCRITO POR PARTE DEL ARRENDADOR; DE LO CONTRARIO ESTE CONTRATO SE RESCINDIRA, PERMITIENDO AL ARRENDADOR EL ACCESO AL INMUEBLE RENTADO PARA VERIFICAR EL MANTENIMIENTO QUE LE ESTA DANDO EL ARRENDATARIO. ASIMISMO NO PODRA EL ARRENDATARIO HACER USO DE LA LOCALIDAD DIFERENTE AL CONVENIO, ACEPTANDO

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