Pensamiento antiguo y medieval
Enviado por jhonatantapia • 24 de Septiembre de 2011 • Examen • 1.249 Palabras (5 Páginas) • 1.015 Visitas
Pensamiento antiguo y medieval
Encontramos pocas ideas económicas en los pensadores griegos: Jenofonte, Protágoras, Aristóteles, Platón y Homero. Se puede encontrar numerosas ideas en la obra de La República, de Platón como se organizaba la economía en la ciudad ideal. Se puede utilizar la obra como un buen acercamiento a los pensadores de esa época. Aristóteles hizo distinciones, en Oeconomicus(cabe aclarar que este libro no está escrito en su totalidad por Aristóteles), entre el comercio lícito para el intercambio de mercaderías y el incorrecto que solo buscaba la obtención de ganancias y otros temas, que sirvieron, como base, para establecer la ciencia económica. Para Aristóteles, Economía es: la ciencia que se ocupa de la manera en que se administran unos recursos o el empleo de los recursos existentes con el fin de satisfacer las necesidades que tienen las personas y los grupos humanos..
Luego, en la Edad Media, identificamos el pensamiento económico en los escolásticos en Europa.
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gPor su parte, El Poder Ejecutivo argumenta principalmente lo siguiente: a) Que el demandante (el Colegio de Economistas de Ucayali) no esta legitimado para obrar, ya que la materia de la que trata la demanda no es de competencia de dicho colegio. b) Con respecto a la alegada vulneración del artículo 79º de la Constitución, la parte demandada manifiesta que esta disposición constitucional constituye una reserva relativa de ley en cuanto al tipo de norma, en la medida que no solo por ley ordinaria expedida por el Poder Legislativo se puede legislar en materia tributaria, sino que tal situación puede viabilizarse por otras normas que también tienen rango de Ley. Resulta viable y necesaria la vigencia del Decreto Legislativo Nº 977, dado que mediante dicha norma se pretende poner coto a las deficiencias anotadas precedentemente, llenando los vacíos, subsanando defectos y/o limitando excesos en la legislación existente sobre la materia. Y es que, bajo la consideración de la parte demandada, el referido decreto legislativo pretende impedir que los beneficios tributarios se renueven de manera periódica e indefinida, bajo el argumento que las razones que los generaron permanecen vigentes en el tiempo. f) Respecto al Decreto Legislativo N.º 978, menciona que este responde a la necesidad de implementar una política tributaria de racionalización de exoneraciones e incentivos tributarios, la misma que comprende dos programas de sustitución de beneficios: 1) Programa de sustitución inmediata de exoneraciones e incentivos tributarios y 2) Programa de sustitución gradual de exoneraciones e incentivos tributarios. En esa dirección aduce que los alcances de la eliminación de los beneficios tributarios obedece a criterios y parámetros objetivos, lo que a su vez demostraría la inexistencia de trasgresión alguna al derecho constitucional a la igualdad. e) Con relación a la alegada vulneración del artículo 69 de la Constitución, argumenta que por desarrollo sostenible de la Amazonía no debe entenderse únicamente como el establecimiento de exoneraciones o incentivos tributarios, sino como cualquier mecanismo que tenga por finalidad, precisamente, el desarrollo de la Amazonía.
FUNDAMENTOS DEL T.C.:
a) Que el demandante se encuentra habilitado para interponer la demanda de inconstitucionalidad puesto que debido dicha demanda, al tratar sobre temas de índole tributaria, tienen que ver con el Ministerio de Economía y Finanzas, por lo que dicha demanda si esta ligada a cuestiones financieras. b) Si bien es cierto que la demanda de inconstitucionalidad es contra los D.L. Nº 977 Y 978, se desprende que dicha demanda está dirigida a cuestionar también la Ley N.° 28932, ley que delegó al Poder Ejecutivo la potestad de legislar mediante Decreto Legislativo
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