Acto Juridico
Enviado por yramirez • 5 de Marzo de 2014 • 1.569 Palabras (7 Páginas) • 264 Visitas
2.1 Diferencias entre acto jurídico y hecho jurídico.
Los actos jurídicos son aquellos en los que las partes se ponen de acuerdo y se comprometen a cumplir con las obligaciones, mientras que, los hechos jurídicos son aquellas que se contraen involuntariamente, debido a algún acontecimiento no deseado y que debido a que existen normas establecida, el individuo cae en el deber de cumplir obligaciones.
2.2 Definición de contrato.
Es un acuerdo por lo general escrito, aunque también puede ser verbal en las que las partes acuerdan cumplir una serie de obligaciones (art. 1101 código civil), ya sea bilateral (art. 1102 código civil) en la que ambas partes cumplen obligaciones o unilateral (art. 1103 código civil); en la que una sola parte debe cumplir obligaciones, siempre y cuando ambos contratantes tengan la capacidad (art. 1123, 1124 y 1125 del Código Civil).
2.3 Clasificación de los contratos, según los requisitos de forma, de fondo, contenido e interpretación.
A. En cuanto a la forma los contratos se clasifican en: contratos consensuales, contratos solemnes, contratos reales.
• Los contratos consensuales: Son aquellos que para su perfección es necesario únicamente el consentimiento de las partes contratantes y para su validez no es necesaria ninguna formalidad.
• Los Contratos solemnes: Estos para su validez, además del consentimiento, es necesario el cumplimiento de cierta formalidad o requisito: Este requisito lo constituye la intervención de un notario. Existen cuatros contratos solemnes:
La convención matrimonial
La hipoteca
La donación
La subrogación convencional.
• Los contratos reales: En estos contratos además del acuerdo de las partes es necesario para su formación el requisito de la entrega de la cosa. Los contratos reales son cuatro:
El préstamo de uso o comodato.
El préstamo de consumo.
El depósito.
La prenda.
B. Clasificación de los contratos en cuanto al fondo. En requisito de fondo, esencial para la formación del contrato, es la voluntad de los contratantes. Estos contratos son cuatro:
Contratos de adhesión.
Contratos de mutuo acuerdo.
Contratos colectivos.
Contratos individuales.
C. Clasificación de los contratos en cuanto a su contenido. El contenido del contrato es el conjunto de los derechos que nacen del contrato. A su vez para clasificarlos hay que tomar en consideración:
Según la reciprocidad o lo no-reciprocidad de las obligaciones que nacen:
Sinalagmáticos o bilaterales y unilaterales.
Según el fin perseguido:
A título gratuito
A título oneroso
Conmutativos (Art. 1104 código civil dominicano).
Aleatorios.
Según la duración del cumplimiento de las obligaciones:
instantáneos.
Sucesivos.
Contratos sinalagmáticos o bilaterales: según el artículo 1102 del Código Civil, son aquellos en que los contratantes se obligan recíprocamente, los unos respectos de los otros.
Contratos unilaterales: Se encuentra enmarcados en el artículo 1103 del código civil dominicano, aquellos en que una de las personas están obligadas, respectos de otras sin que por partes e estas últimas se contraigan compromisos, ejemplo la donación.
Contratos a título gratuito: Son aquellos contratos en los cuales una persona dispone de sus bienes sin contrapartida.
Conforme la definición del Henri Capitant en su Vocabulario Jurídico pagina 161, es el contrato en el cual una de las partes se obliga a una prestación cualquiera sin estipular nada a cambio ejemplo donación entre vivos, mandato gratuito y depósito.
Contratos a título oneroso; El artículo 1106 del Código Civil dominicano establece que el contrato a título oneroso es aquel que obliga a los contratantes a dar o hacer alguna cosa.
Contratos conmutativos: Contemplado en el código civil dominicano en el artículo 1104. Cuando cada una de las partes se obliga a dar o hacer una cosa que se considera equivalente de lo que hace o da el otro contratante.
Contratos aleatorios: es el contrato por el cual la equivalencia consiste en eventualidades de ganancias o pérdidas para cada uno de los contratantes, dependiente de un suceso incierto por ejemplo los contratos de apuesta, de lotería.
Contratos sucesivos: Son aquellos contratos que para su cumplimiento exigen cierto lapso en el tiempo ejemplo contratos de arrendamiento, de sociedad, contratos de trabajo.
D. Clasificación del contrato según a su interpretación:
Contratos nominados: son aquellos contratos en los que sus reglas están concretadas de manera supletoria, a veces incluso imperativas por el legislador, ejemplo compraventa, permuta, arrendamiento sociedad, seguro.
Contratos innominados: Aquellos contratos que no son objeto de ninguna reglamentación legal bajo especial denominación.
2.4 Efectos jurídicos del Contrato.
Los contratos tienen fuerza del ley, siempre y cuando cumplan con los artículos 1133 y 1108 del código civil dominicano. Los efectos del contrato tienen por efecto; Constituir, reglar, transmitir, modificar y extinguir entre las partes obligaciones y derechos. por eso el contrato es una fuente de obligaciones.
Las partes del contrato son los centros de interés que toman parte en el acto, pudiendo ser ellos mismos o bien mediante representantes los que soliciten o garanticen los efectos jurídicos del contrato. Las
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