Atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio y del recién nacido
Enviado por dnl_gama • 21 de Marzo de 2016 • Apuntes • 1.231 Palabras (5 Páginas) • 618 Visitas
NOM-007-SSA2-1993, Atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio y del recién nacido. Criterios y procedimientos para la prestación del servicio.
La atención de una mujer con emergencia obstétrica debe ser prioritaria, y proporcionarse en cualquier unidad de salud de los sectores publico, social y privado. Una vez resuelto el problema inmediato y que no se ponga en peligro la vida de la madre y el recién nacido, se procederá a efectuar la referencia a la unidad que le corresponda.
Atención en el embarazo:
El control prenatal debe estar dirigido a la detección y control de factores de riesgo obstétricos a la prevención detección y tratamiento de la anemia, preclamsia, infecciones cervicovaginal, infecciones urinarias, complicaciones hemorragicas del embarazo, retraso del crecimiento intrauterino y otras patologías del embarazo.
La unidad de salud debe promover que la embarazada de bajo riesgo debe recibir como mínimo cinco consultas prenatales iniciando preferentemente en la primeras 12 semanas de gestación.
Atención al parto:
Toda la unidad médica con atención obstétrica debe tener procedimientos para la atención del parto en condiciones normales, a toda mujer que ingresa para la atención obstétrica se le elabora en su caso el expediente clínico la historia clínica así como el partograma. Procedimientos como episiotomia, rasurado del vello pubico y la aplicación de enema evacuante deberán ser realizados por profesionales y se debera informar por escrito a la madre.
No debe aplicarse de manera rutinaria la inductoconducción del trabajo de parto, la amniotomia, ni la cesárea con el fin de acelerar el trabajo de parto, ademas estos procedimientos deberán tenerse previamente justificado por escrito.
Atención al puerperio:
Se define como puerperio inmediato las primeras 24 horas posteriores al mismo, toda unidad médica con atención obstétrica deberá contar con procedimientos por escrito para la vigilancia del puerperio.
Se favorecera la deambulación, la alimentacion normal y la aplicacion de inmunoglobulina anti Rho en las primeras 72 horas de vida de ser requerido. Se deberá orientar a la madre en los cuidados del recién nacido, la lactancia materna exclusiva, sobre métodos de planificación familiar, la alimentación materna y acerca de los cambios emocionales que pueden presentarse durante el postparto. La lactancia materna exclusiva deberá empezar 30 minutos posteriores al parto, a menos que haya alguna contraindicaciones materna o neonatal, y deberá ser a libre demanda.
Con el propósito de alimentar el sistema nacional de información de salud, se debe asegurar el registro, procesamiento y entrega de información a la secretaria de salud, de las actividades realizadas con la embarazada, datos de las consultas, del neonato y demás procedimientos que se hayan realizado.
Como opinión personal, esta norma oficial mexicana es de vital importancia para los profesionales médicos, y en la practica profesional esta si es llevada a cabo tal como lo especifica, desde la atención prenatal hasta el cuidado del puerperio, en hospitales del IMSS y centros de salud. Ademas esta norma se basa en aspectos preventivos de la enfermedad se debe tener una adecuada participación tanto de los derechohabientes como del personal de salud, para asi disminuir al mínimo las complicaciones obstétricas, del parto y del puerperio.
Daniel Alejandro Cárdenas Felipe
Trabajo Comunitario E08 - Ricardo Benitez Morales
NOM 005-SSA2-1993, De los servicios de planificación familiar.
Esta norma oficial mexicana trata de sobre los servicios de planificación familiar, lo cual es informar los principios y formas de los servicios de anticoncepción. La planificación familiar se ofrece con carácter prioritario dentro del marco amplio de la salud reproductiva con un enfoque de prevención de riesgos para la salud de las mujeres, los hombres y los niños.
Servicios de planificación familiar:
Los servicios de información, orientación, consejería, selección y aplicación de anticonceptivos, así como la identificación y manejo de casos de esterilidad e infertilidad y la prevención de enfermedades de transmisión sexual y de atención materno infantil constituyen el conjunto de acciones de los servicios de planificación familiar.
El personal de planificación familiar (enfermeros, doctores, paramédicos) deben comprender las siguientes actividades:
- Promoción y difusión.
- Información y educación.
- Consejería.
- Selección, prescripción y aplicación de métodos anticonceptivos.
- Identificación y manejo de casos de infertilidad y esterilidad.
Los servicios de planificación familiar deben ser gratuitos cuando sean prestados por instituciones del sector público. Estos servicios también deben quedar protegidos para evitar embarazos no deseados y prevenir el embarazo de alto riesgo para lo cual además de la información que reciba se le debe proporcionar consejería adecuada y en caso de aceptarlo se debe prescribir o aplicar algún método anticonceptivo, lo cual puede ocurrir desde la primera atención.
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