CONOCIMIENTO HISTORICO JURIDICO
Enviado por ALEXGH • 14 de Agosto de 2013 • 2.202 Palabras (9 Páginas) • 607 Visitas
HISTORIA DEL DERECHO
Historia del Derecho como una ciencia
Hasta que Alfonso García-Gallo escribiera su crítica, compuesta por una serie de observaciones que destacaban la problemática de considerar a la Historia del Derecho como una ciencia histórica Además, atribuyó la crisis de la Historia del Derecho a la aplicación estricta de los métodos de la Historia general a una disciplina que poseía una naturaleza peculiar, incompatible en cierto modo con los métodos y la técnica de su ciencia madre Derecho no era más que una especialización de la Historia general, de manera que se utilizaría el método histórico-crítico propio de la ciencia histórica..
Devenir de la Historia del Derecho
A la inmensa labor desplegada por los historiadores alemanes del siglo XIX, hasta la época actual. Los historiadores del Derecho la consideran el momento en que el derecho adquiere la categoría de ciencia. Realizado un meta-análisis histórico sobre el devenir de la Historia del Derecho.
El carácter de la ciencia jurídica
El 25 de noviembre de 1952, fue la primera vez que García-Gallo atribuyera el carácter de ciencia jurídica a la Historia del Derecho en la conferencia en homenaje a Hinojosa, Éste sería el punto de inflexión que marcaría el comienzo del debate de los historiadores del Derecho sobre su propia disciplina. Sería el propio García-Gallo, quien defendería el carácter sustantivo o esencial de la "persistencia de lo jurídico", desligándose de lo que hasta entonces era considerado como una mera característica adjetiva y plantea el rechazo a la interpretación dogmática, que convertía a la Historia del Derecho en una simple sucesión de sistemas.
Objeto de estudio
La Historia del Derecho se ocupa de la Historia de la formulación, aplicación y comentarios del Derecho, y la historia de las instituciones sociales reguladas por él. De esta manera, se integra la historia del mundo del Derecho, obtenida de los textos jurídicos, y la historia de las instituciones, bien sean públicas o privadas.
Especificación material
Se dice que la norma moral queda excluida. En lo referido a los usos sociales, existe mayor desacuerdo, pese a que la mayor parte de la historiografía jurídica toma su base en la distinción realizada por Ortega y Gasset entre usos sociales "fuertes" y "débiles". No existe unanimidad a la hora de precisar con claridad el ámbito material del que se ocupa la Historia del Derecho.
No obstante, es un planteamiento que no acaba de resolver el problema, pues excluiría de la Historia del Derecho a campos jurídicos tan evidentes como el derecho internacional por no existir una fuerza coactiva válida para restablecer la juridicidad. Existen multitud de casos en los que una norma coactiva no tiene de ninguna manera carácter jurídico, como por ejemplo la norma que obliga a mantenerse dentro de un canon de belleza. Por otro lado, también se ha intentado establecer la frontera de la norma jurídica en base a su coactividad.
Otros autores van más allá, y aportan una serie de rasgos que consideran innecesarios para la existencia de materia jurídica. Así, puede considerarse que las consecuencias derivadas de la infracción de la norma que incluyan una "conducta distinta y clara del infractor, modificaciones en el rango jurídico-social o la satisfacción de una pena" son, en principio, norma jurídica. La postura mayoritaria trata de distinguir el campo de actuación de la Historia del Derecho dentro de las normas cuya violación es perseguida por el grupo social organizado mediante coacción.
Especificación espacial
El primer intento sólido de elaborar una historia supranacional del Derecho fue realizado por Heinrich Mitteis en 1891, con su Derecho imperial y popular en las provincias orientales del Imperio romano. Cabe señalar que la obra de Mitteis no tendría un carácter plenamente universal, sino que adoptaría una posición intermedia, en la que ampliaba el ámbito geográfico a un nivel supranacional, pero no llegaba a abarcar una Historia global. Tradicionalmente, se ha hecho la distinción entre Historia del Derecho interna y externa. De esta manera, el objeto habitual de la Historia del Derecho de cada país suele ser el mundo jurídico de ámbito nacional. No obstante, también se ha pretendido realizar una Historia Universal del Derecho. Aquí se intentó realizar una historia global del Derecho utilizando fuentes romanas, griegas, egipcias, así como en menor cantidad, usando fuentes de pueblos orientales.
Hay que señalar que pese a que en la actualidad la Historia del Derecho Universal y el Derecho comparado se hallan diferenciados con claridad, debido a que éste último se centra en el análisis de sistemas jurídicos vigentes, hubo un tiempo en que ambas disciplinas se confundían. Hemos heredado de la escuela comparativa francesa el término "analogías chocantes" (analogies frappantes), que hacía referencia a situaciones jurídicas similares entre culturas y ordenamientos extremadamente distantes entre sí, tanto cronológica como espacialmente..
En la actualidad, el deseo de elaborar una Historia Universal del Derecho plantea los mismos problemas que los proyectos de elaborar una Historia Universal general. Pese a ello, los intentos por elaborar una Historia del Derecho con un carácter cada vez más supranacional se han intensificado en los últimos tiempos. Por ejemplo, en Europa se está avanzando rápidamente gracias, entre otras cosas, a la creación de cátedras de Historia del Derecho europeo comparado, o al esfuerzo realizado por instituciones de gran prestigio, como el "Instituto Max Planck de Historia del Derecho Europeo" de Fráncfort, o el Centro di Studi per la Storia del Pensiero Giuridico Moderno de la Universidad de Florencia.
Los diversos hechos históricos por etapas
La periodificación, o agrupación de los diversos hechos históricos por etapas, realizada por los historiadores no puede extrapolarse tal cual al mundo jurídico, debido en parte a las peculiares características que imponen la distinta evolución de los sistemas iusnormativos. De esta manera, dentro de la Historia del derecho, se han delimitado tres métodos de análisis histórico:
1) Método histórico o cronológico: Su análisis comienza realizando una separación de los hechos históricos en distintos periodos, y en base a tal división, investiga los diferentes ordenamientos jurídicos.
2) Método sistemático: Establece que ha de comenzarse el análisis partiendo de una división de sistemas jurídicos, para posteriormente situar el hecho histórico en la etapa correspondiente.
3) Método mixto: Similar al método cronológico, aunque su estudio parte de situar distintas etapas para cada
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