Caracter Ontologico Estatal
Enviado por cesarzenteno9000 • 26 de Mayo de 2014 • 2.690 Palabras (11 Páginas) • 573 Visitas
Carácter ontológico estatal:
LA NATURALEZA DEL ESTADO
¿Qué es el Estado?, esta pregunta corresponde precisamente al planteamiento del problema de su naturaleza, y, si recordamos, responderemos que es un ente cultural, por presentar las características que distinguen a estos seres, especificándose en la realidad, como el resultado de la actividad finalística del hombre.
Dentro de los entes culturales, localizamos al Estado como un ser social y en el grupo de los seres sociales, lo catalogamos con una realidad propia, por presentar, dentro de su concepto, las notas distintivas de su peculiar finalidad: tratar de obtener el bien público temporal por el atributo de soberanía como cualidad del poder que en el mismo existe.
Ahora bien, antes de solucionar el problema de la naturaleza del Estado, debemos conocer los distintos modos en que podemos enfocar el conocimiento de éste; de acuerdo con Jellinek la observación nos hace saber que el Estado es una realidad que existe en forma objetiva, que es un conjunto de relaciones sociales que se desenvuelven en el tiempo y en el espacio. Este primer punto de vista considera al Estado de una manera OBJETIVA. Pero debemos tomar en cuenta que ese conjunto de relaciones que existen en el tiempo y en el espacio son relaciones y acciones humanas, y que por esta circunstancia llevan impresas las marcas correspondientes a la naturaleza anímica que las inspira, y en esto se distinguen de las relaciones de las sociedades de los animales, pues estas son guiadas exclusivamente por el instinto biológico. Por esta circunstancia, de que las relaciones humanas que forman la realidad del Estado tienen ese contenido anímico, se puede concebir al Estado desde el punto de vista de las mentes que dan contenido humano al hecho social.
Esta manera de concebir al Estado es desde el punto de vista SUBJETIVO. Este punto de vista no se opone al punto de vista objetivo, sino que lo completa. No sólo determina al Estado como un conjunto de acciones y relaciones humanas, sino que toma en cuenta que en ellas existe un contenido psíquico, el contenido humano de esas relaciones y de esos hechos.
Pero dentro del punto de vista subjetivo, existen dos direcciones: la primera de ellas tiene por objeto el estudio del Estado, como FENÓMENO SOCIAL, estudia los hechos reales subjetivos y objetivos en que consiste la vida concreta del Estado y dentro de ellos el ASPECTO HISTORICO-POLITICO DEL ESTADO: el origen, la transformación y la decadencia del Estado. Estudia los supuestos sociales y la acción del Estado, los elementos de que se compone, propios del mismo, y sus relaciones internas, pero tomando siempre a la naturaleza anímica de los seres humanos, que actúan dando realidad a los hechos políticos.
La segunda dirección, enfoca al Estado desde el punto de vista de su aspecto jurídico. Es un punto de vista subjetivo que enfoca el conocimiento del Estado dentro de esa faceta, dentro de ese aspecto jurídico, que esta formado por el conjunto de normas que lo estructuran y que rigen su actividad.
De lo que antes se señala, podemos decir que no existe una doctrina única, sino que existen diversas teorías que se clasifican desde el punto de vista en el cual enfocan su conocimiento del Estado:
1. TEORÍAS QUE CONSIDERAN AL ESTADO DE UN MODO PREDOMINANTEMENTE OBJETIVO
No obstante la imposibilidad de considerar al Estado como una simple realidad física, existen teorías que se proponen examinar y entender al Estado como un simple ser exterior, completamente desligado del elemento interno de la vida del hombre. Estas teorías consideran al Estado como un hecho, pero no señalan que tipo de hecho es, si físico, sociológico o si está provisto de una existencia especial, como aquellas doctrinas que consideran como puro hecho sociológico al Estado.
2. TEORÍAS QUE CONSIDERAN AL ESTADO COMO UNA SITUACIÓN
Estas doctrinas dicen que el Estado no es sino una situación en las relaciones de dominación que existen formándolo; que es una simple abstracción que hacemos de esas relaciones que varían constantemente; en forma ficticia hacemos una síntesis de esas relaciones, y a esa síntesis le llamamos Estado.
Estas no son propiamente doctrinas realistas, pues consideran al Estado como una ficción ya que por una simple operación mental llamamos Estado a la síntesis que hacemos de las relaciones de los hechos que varían constantemente. Podemos decir que se trata de una teoría anticientífica, porque reduce al Estado a una simple creación de nuestra mente, siendo la realidad del Estado exclusivamente un conjunto constantemente variable de relaciones humanas.
3. TEORÍAS QUE IDENTIFICAN AL ESTADO CON UNO DE SUS ELEMENTOS
Estas también pertenecen al grupo de las teorías objetivas y señalan que con objeto de evitar las ficciones tratan de elaborar una teoría realista y la pretenden construir identificando al Estado con alguno de sus elementos.
4. DOCTRINAS QUE TRATAN DE REDUCIR AL ESTADO A UN ORGANISMO NATURAL
Por último encontramos las doctrinas que tratan de reducir al Estado a un organismo natural. Estas doctrinas lo consideran como una formación orgánica, de carácter físico, con todas sus consecuencias: el Estado tendrá una existencia condicionada por leyes materiales, una existencia independiente de la de los seres que lo forman. Las teorías antropomórficas se dan dentro de este grupo de doctrinas y asimilan el Estado, al organismo humano, considerando al territorio como el sistema óseo y muscular; al comercio, como el sistema circulatorio, y al gobierno, como el sistema nervioso. No hace falta profundizar mucho para darnos cuenta de la falsedad de esta teoría. En temas anteriores ya apartamos al Estado del mundo sensible, orgánico e inorgánico. Es absurdo pretender que el estado tenga una naturaleza sensible inorgánica; no es roca ni es tierra. Tampoco es cierto que pueda asimilarse al mundo sensible orgánico; no es un animal ni es un ser humano gigantesco. Lo catalogamos como un ente de cultura. Por lo tanto, vemos que esta teoría organicista es absurda y falsa. Puede desecharse.
P. TEORÍAS QUE ASIGNAN AL ESTADO UN CARÁCTER SUBJETIVO PREDOMINANTE
EL ESTADO Y LA GRAN DICOTOMÍA PÚBLICO-PRIVADO.
Una de las clasificaciones más discutidas y difíciles de fundamentar jurídicamente es la que distingue dos partes principales en el derecho objetivo: DERECHO PÚBLICO Y DERECHO PRIVADO.
Esta distinción es la tradicional y nos viene desde el Derecho romano, sin embargo, el criterio de diferenciación no se ha considerado suficientemente fundado. Por esto los juristas han ensayado constantemente nuevos criterios para formular esa división de las normas jurídicas.
El problema
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