DELITOS QUE AFECTAN LOS BIENES DESTINADOS AL SERVICIO MILITAR POLICIAL EN EL PERU
Enviado por pamela18725 • 29 de Julio de 2014 • 1.086 Palabras (5 Páginas) • 2.319 Visitas
DELITOS QUE AFECTAN LOS BIENES DESTINADOS AL SERVICIO MILITAR POLICIAL
En este título referido a los “Delitos que afectan los bienes destinados al servicio militar policial” en la afectación del material destinado a la defensa nacional. Apropiación ilegítima de material destinado al servicio. Hurto de material destinado al servicio. Utilización indebida de bienes destinados al servicio. Sustracción por culpa.
1. AFECTACIÓN DEL MATERIAL DESTINADO A LA DEFENSA NACIONAL:
1.1. TIPO PENAL
Afectación del material destinado a la defensa nacional
1.2. TIPICIDAD OBJETIVA:
El militar o el policía que indebidamente disponga, destruya, deteriore, abandone o pierda, armas, municiones, explosivos, vehículos terrestres, navales y aéreos, o partes de éstos, y demás bienes o pertrechos militares o policiales
Bien jurídico tutelado
Armas, municiones, explosivos, vehículos terrestres, navales y aéreos, o partes de éstos, y demás bienes o pertrechos militares o policiales.
Sujeto activo
El militar o el policía: son quienes cometen el delito.
Sujeto pasivo
- El estado: porque es quien da a la institución las armas y los demás bienes que posee.
- La institución militar policial: es quien se encarga de proveerles dichas armas. Y ah esta la dejaría desabastecida de estor armamentos si les son robadas o ultrajadas.
1.3. TIPO SUBJETIVO
Dolo
En el actuar del militar o policía. Porque teniendo conocimiento de que no se puede apropiar indebidamente de los bienes jurídicos o causarles alguna lesión de la institución comete el delito.
Y en el caso de que se cometiera el delito en un enfrentamiento del grupo hostil, etc. No solo estaría perjudicando a la institución si no que pondría en riesgo la vida de sus demás compañeros y la seguridad en general.
1.4. ANTIJURÍCIDAD
El que indebidamente disponga, destruya, deteriore, abandone o pierda, armas, municiones, explosivos, vehículos terrestres, navales y aéreos.
Se estaría cometiendo el delito contra el bien jurídico protegido que ampara el código militar policial.
1.5. CULPABILIDAD
Si después de haber analizado la conducta típica de a afectación del material destinado a la defensa nacional se llega a la conclusión de que no concurre en ninguna causa de justificación frente al ordenamiento jurídico.
El juez deberá determinar si dicha conducta pueda ser atribuida o imputable a su autor (goza de capacidad para responder el delito cometido).
Por lo tanto el militar o policía que comete el delito es culpable.
1.6. PUNIBILIDAD.
El sujeto activo Será sancionado con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de ocho años, con la accesoria de inhabilitación.
Si el delito se comete durante enfrentamiento contra grupo hostil o conflicto armado int
En el actuar del militar o policía. Porque teniendo conocimiento de que no se puede apropiar indebidamente de los bienes jurídicos o causarles alguna lesión de la institución comete el delito.
ARTÍCULO 133.- AFECTACIÓN DEL MATERIAL DESTINADO A LA DEFENSA NACIONAL
El militar o el policía que indebidamente disponga, destruya, deteriore, abandone o pierda, armas, municiones, explosivos, vehículos terrestres, navales y aéreos, o partes de éstos, y demás bienes o pertrechos militares o policiales, confiados para el servicio, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de ocho años, con la accesoria de inhabilitación.
Si el delito se comete durante enfrentamiento contra grupo hostil o conflicto armado internacional, la pena privativa de libertad será no menor de cuatro ni mayor de diez años.
ARTÍCULO 134.- APROPIACIÓN ILEGÍTIMA DE MATERIAL DESTINADO AL SERVICIO
El
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