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DERECHO A LA INTEGRIDAD PERSONAL.


Enviado por   •  8 de Octubre de 2016  •  Ensayo  •  1.388 Palabras (6 Páginas)  •  1.634 Visitas

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PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR SEDE IBARRA

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DERECHO A LA INTEGRIDAD PERSONAL

PROYECTO INTEGRADOR II

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INTRODUCCIÓN

El derecho a la integridad es un derecho fundamental que nace desde el respeto a la vida y al desarrollo de esta, tiene como fin proteger a la persona en su forma física, psíquica y mental además este derecho es el que previene de que las personas no sufran de abusos, tortura y violaciones. Los seres humanos siempre buscan las formas o medios para proteger sus intereses personales y que nadie pueda atentar contra su vida o su cuerpo y asi es como nace este derecho a la integridad personal y lo que hace es proteger a las personas de otras para que no abusen de su vida o puedan dañar su cuerpo o su mente.

DERECHO A LA INTEGRIDAD PERSONAL

El derecho a la integridad personal es un derecho primordial de todas las personas, este derecho protege a las personas de daños ocasionados por otras personas ya sea física, psíquica o mental. Según José Miguel Guzmán nos manifiesta que:

“El derecho a la integridad personal es aquel derecho humano fundamental que tiene su origen en el respeto a la vida y sano desarrollo de ésta. El ser humano por el hecho de ser tal tiene derecho a mantener y conservar su integridad física, psíquica y moral. La integridad física implica la preservación y cuidado de todas las partes del cuerpo, lo que conlleva al estado de salud de las personas. La integridad psíquica es la conservación de todas las habilidades motrices, emocionales, psicológicas e intelectuales. La integridad moral hace referencia al derecho de cada ser humano a desarrollar su vida de acuerdo a sus convicciones.” (Guzmán, 2007)

De acuerdo a esto el autor nos quiere decir que este derecho nace con la persona y el respeto a la vida de aquella personas y que nadie puede vulnerar este derecho, además que toda persona tiene la obligación de mantener y conservar su integridad física, psíquica y mental para que lleve un vida digna esto quiere decir de que viva sin abuso, agresiones, violaciones y que viva con felicidad asi este derecho no será vulnerado.

Este derecho está consagrado en la mayoría de las legislaciones de América, en nuestra legislación el derecho a la integridad personal lo encontramos en el artículo 66 numeral 3 de la Constitución del Ecuador; manifiesta que:

“El derecho a la integridad personal, que incluye:

a) La integridad física, psíquica, moral y sexual.

b) Una vida libre de violencia en el ámbito público y privado. El Estado adoptará las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar toda forma de violencia, en especial la ejercida contra las mujeres, niñas, niños y adolescentes, personas adultas mayores, personas con discapacidad y contra toda persona en situación de desventaja o vulnerabilidad; idénticas medidas se tomarán contra la violencia, la esclavitud y la explotación sexual.

c) La prohibición de la tortura, la desaparición forzada y los tratos y penas crueles, inhumanas o degradantes.

d) La prohibición del uso de material genético y la experimentación científica que atenten contra los derechos humanos.” (Tribunal Constitucional del Ecuador, 2008)

El Ecuador es un estado de derechos y justicias, que protege los derechos inherentes de la persona que está incluido el derecho a la integridad personal ya que nuestra constitución vela por todas los ciudadanos del territorio nacional para que todos podamos vivir dignamente y que nadie atente contra la integridad de la persona ya que los más importante que tenemos todas las personas es la vida y nadie puede quitarnos algo tan preciado como es la vida además que todas las personas somos iguales y debemos ser tratados por igual.

LA TORTURA

Según Hernando valencia villa ha definido la tortura como la practica criminal consistente en infringir dolor o causar daño físico o psicológico a una persona con el propósito de extraerle información, castigarla, intimidarla, degradarla, humillarla o agraviarla por cualquier razón. Esta forma de castigar a las personas ha sido utilizada desde tiempo por los Estados, ejércitos, policías, iglesia, etc, este método ha sido utilizado como un medio de prueba judicial como un mecanismo para disciplinar y como una forma de ejercer el poder político que ha sido utilizado hasta nuestros días.

La tortura está prohibida por los derechos humanos ya que atenta con la vida misma, asi algunas legislaciones de américa siguen utilizando este método atroz que saben utilizar para sacar la información o para casos que más le convenga al estado por ejemplo en el caso Maritza Urrutia versus Guatemala, la corte da la prohibición de la tortura en todas sus formas que incluye la psicología, como perteneciente al dominio de jus cogens internacional, ya que el estado había vulnerado el artículo 5 de la convención interamericana de derechos humanos hacia la Sra. Maritza Urrutia y a su familia, aunque el estado reconoció su responsabilidad como tal y quería arreglar con la familia de una forma amistosa pero este arreglo fallo en todas sus formas, además el Estado de Guatemala reconoció la responsabilidad institucional del  Estado que deviene por el incumplimiento del artículo 1 de la convención Americana de garantizar y respetar los derechos consagrados en la Convención además de los artículos 1, 2, 3 de la Constitución de Guatemala, encontrando al Estado de Guatemala Culpable ante la Sra. Maritza Urrutia por violar el derecho a la libertad personal consagrado en el artículo 7 de la convención americana y por violar la integridad personal que está plasmado en el artículo 5 de la convención.  

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