DERECHO PENAL
Enviado por channgz • 19 de Noviembre de 2014 • 5.227 Palabras (21 Páginas) • 252 Visitas
DERECHO PROCESAL PENAL (1º PARCIAL)
Derecho sustantivo: Es el que genera instituciones.
Derecho adjetivo: Lo que califica al sustantivo (Procedimientos)
Derecho procesal penal.
Juan José González Bustamante: Conjunto de actividades y formas regidas por el derecho adjetivo que se inician desde que la autoridad pública interviene al tener conocimiento de que se ha cometido un delito, lo investiga, investigación que se prolonga hasta que se dicta la sentencia.
Manuel Rivera Silva: Señala que hay una definición lógica y otra jurídica del proceso penal. La lógica señala que es una sucesión de fenómenos vinculados entre sí, mientras que jurídicamente esa sucesión de actos se refieren a la investigación de los delitos, de sus autores y de la instrucción del proceso.
Fines del proceso penal.
La doctrina establece fines generales y específicos
Los generales están enfocados a que con base en la investigación y en su caso en la imposición de una pena, el proceso penal busca la represión de la delincuencia, tratando de ser ejemplar imponiendo una pena a los infractores.
- Prevención general de la pena. Experimentar en otra persona la pena para que no se cometa el delito
- Prevención especial. Es no querer a vivir lo que ya viví.
Los fines específicos del proceso penal son: conocer la verdad histórica y la personalidad del delincuente.
• La verdad histórica: es la que se procura obtener siempre que se quiera asegurar la realidad de los acontecimientos, en algunos hechos realizados en el tiempo y en el espacio.
• Personalidad del delincuente: se basa en el conocimiento del mismo sobre los elementos familiares, ambientales e investigación social, para conocer su personalidad, y el juez, con base en los elementos resuelva de acuerdo a las previsiones legales y, dado el caso, ordene el tratamiento más adecuado al sentenciado.
Individualizar una pena. Escoger una pena dentro de los límites fijados por la ley
Art. 70 cpdf 1er párrafo.
Art. 72 cpdf
Objeto del proceso según el Código Nacional de procedimientos Penales.
Art. 2: Establecer las normas que han de observarse en la investigación, el procedimiento y la sanción de los delitos, para esclarecer los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune y que se repare el daño, y así contribuir a asegurar el acceso a la justicia en la aplicación del derecho y resolver el conflicto que surja con motivo de la comisión del delito, en un marco de respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de lo sus el estado mexicano sea parte.
Pena. Es la que tiene que pagar al estado por parte de quien cometió del delito
Multa: Pago económico que se le hace al Estado
Reparación de daño. Pago económico que hace el que cometió el delito al afectado.
Fuentes del derecho procesal.
1. Fuentes de producción. Voluntad que dicta las normas jurídicas. Ratio legis
2. Fuentes de conocimiento. Forma que el Derecho Objetivo asume en la vida social.
Interpretación.
Es desentrañar el sentido de la norma penal.
• Tipos de interpretación
1. Doctrinal: La realiza los tratadistas y los científicos del derecho (no tienen fuerza legal)
2. Autentica: Corre a cargo del legislador mediante una ley simultánea o posterior. Ej: Art 174 CPDF
3. Judicial: La llevan a cabo los jueces al aplicar el derecho, en el cumplimiento de sus funciones.
Integración.
Se permite la analogía siempre que no se afecten las formas esenciales (sustantivas) del procedimiento, ni violar disposiciones jurídicas en perjuicio del inculpado
Analogía.
Figura sustantiva del derecho penal que consiste en aplicar una norma a un caso desprovisto de normatividad especifica. En derecho penal está prohibida la analogía pero en derecho procesal penal no.
Características del derecho procesal penal.
1. Público: Regula relaciones entre el Estado y un particular, cuando aquel actúa como soberano.
2. Interno. Está dirigido y se aplica a individuos que cometen delitos en un determinado ámbito territorial. Es el que se aplica en un estado
- Delito permanente o continuo: Se prolonga en el tiempo.
- Delito continuado. En donde una persona con varias conductas comete varios resultados en contra del mismo sujeto pasivo.
3. Instrumental: Porque sirve de medio idóneo para llevar a cabo el objeto y los fines del proceso (genéricos y específicos).
4. Adjetivo. Porque es el aspecto procesal del derecho penal.
Periodos del Proceso Penal.
1. Averiguación previa.
2. Pre-instrucción.
3. Instrucción.
4. Juicio.
En un proceso penal intervienen principalmente tres figuras. La primera es el órgano de acusación (MP). La segunda es el órgano de defensa (defensor público y particular). La tercera es el órgano de decisión (juez).
Diferencia entre proceso, procedimiento y juicio.
Acto procesal: denuncia o querella.
La denuncia o la querella son poner en conocimiento de la autoridad hechos probablemente delictivos. La denuncia la puede presentar cualquier persona, mientras que la querella exclusivamente la persona que resintió el daño.
Denuncia y querella es narración de hechos posiblemente constitutivos de un delito.
AVERIGUACIÓN PREVIA
La autoridad responsable es el MP. Su finalidad es:
1. La probable responsabilidad del indiciado.
2. Cuerpo del delito (elementos del delito).
Esta etapa dura 48hrs con detenido, en los casos de delincuencia organizada puede duplicar el término en 96hrs. Cuando no hay detenido no hay plazo para terminar la averiguación previa Acuerdo A603/99.
La averiguación previa termina con la consignación.
Pre-instrucción.
La autoridad es el juez penal. Esta etapa dura 72hrs con detenido, el detenido puede duplicar el término a 144hrs. El objeto es:
1. Ratificar la legal detención y
2. Resolver la situación jurídica.
Termina con el auto de plazo constitucional.
Instrucción.
La autoridad es el juez penal. La duración es dependiendo al proceso:
1. Proceso sumario. 4 meses.
2. Proceso ordinario. 12 meses.
Con el auto de plazo de abre el proceso, se determina el proceso según el artículo 305 CPPDF.
El objeto es:
1. Acreditar el cuerpo del delito.
2. Probable responsabilidad.
Esta etapa termina con el auto que cierra la instrucción y la audiencia de vista.
Juicio.
Comienza con el auto que cierra la
...