Derecho Laboral Unidad 1
Enviado por pambry • 17 de Mayo de 2013 • 15.842 Palabras (64 Páginas) • 640 Visitas
DERECHO LABORAL
TEMAS Y SUBTEMAS
TEMA 1: CONCEPTO Y FUNDAMENTOS HISTÓRICOS DEL DERECHO DEL TRABAJO.
1.1. FORMACIÓN DEL DERECHO DEL TRABAJO.
PARA ERNESTO KROTOSCHI EL DERECHO DEL TRABAJO ESTÁ CONSTITUIDO POR LOS PRINCIPIOS Y LAS NORMAS JURÍDICAS, DESTINADAS A REGIR LA CONDUCTA HUMANA EN UN SECTOR DETERMINADO DE LA VIDA SOCIAL, EL QUE SE LIMITA A TRABAJO PRESTADO POR TRABAJADORES, AL SERVICIO DE EMPLEADORES, COMPRENDIENDO TODAS LAS CONSECUENCIAS QUE NACEN DE ESTA RELACIÓN. EN OTRAS PALABRAS, EL DERECHO DEL TRABAJO SE FORMA POR LAS INSTITUCIONES Y NORMAS JURÍDICAS QUE REGULAN LA RELACIÓN ENTRE TRABAJADORES Y EMPLEADORES, AMPLIANDO SU ÁMBITO A DIVERSOS ASPECTOS QUE TIENEN SU ORIGEN EN LA RELACIÓN DE TRABAJO.
1.1.1. CONCEPTO DE LA PALABRA TRABAJO.-
DESDE UN PUNTO DE VISTA GENÉRICO, LA PALABRA TRABAJO ES TODA ACTIVIDAD O ESFUERZO HUMANO DIRIGIDO A LA PRODUCCIÓN DE COSAS, MATERIALES O ESPIRITUALES, O AL CUMPLIMIENTO DE UN SERVICIO PÚBLICO O PRIVADO.
JURÍDICAMENTE, EL CONCEPTO DE TRABAJO OBLIGA A TENER EN CUENTA TANTO SU REPERCUSIÓN EN EL ORDEN ECONÓMICO COMO LA PROTECCIÓN JURÍDICA QUE DEBE OTORGÁRSELE, ES DECIR, QUE EL TRABAJO COMO ACTIVIDAD Y ESFUERZO, CONSTITUYE EL CENTRO DE LAS PREOCUPACIONES DE ESTE DERECHO Y, ES INNEGABLE SU REPERCUSIÓN EN EL ÁMBITO ECONÓMICO COMO TAMBIÉN SU TRASCENDENCIA EN EL CAMPO JURÍDICO. "EL TRABAJO ES PUES UNA CONDICIÓN DE EXISTENCIA DEL HOMBRE QUE TIENE COMO OBJETO CREAR SATISFACTORES Y RESULTA TUTELADO POR EL ESTADO, CUANDO EXISTE RELACIÓN JURÍDICA DE SUBORDINACIÓN."
CONSECUENTEMENTE, LOS ELEMENTOS QUE INTEGRAN EL CONCEPTO DE TRABAJO ANTES DESCRITO, SON:
A).- EL TRABAJO ES UNA CONDICIÓN DE EXISTENCIA DEL HOMBRE, LO QUE SIGNIFICA QUE LA PERSONA PUEDE DEDICARSE AL DESARROLLO DE LA PROFESIÓN, INDUSTRIA, COMERCIO, O CUALQUIER OTRA ACTIVIDAD QUE MÁS LE ACOMODE, SIEMPRE Y CUANDO NO ESTE IMPEDIDO POR DETERMINACIÓN JUDICIAL, NO SE ATAQUEN DERECHOS DE TERCEROS, NO SE VIOLE UNA RESOLUCIÓN DE GOBIERNO DICTADAS EN TÉRMINOS DE LEY O NO SE OFENDAN LOS DERECHOS DE LA SOCIEDAD.
B).- EL TRABAJO TIENE COMO OBJETO CREAR SATISFACTORES PARA ATENDER NECESIDADES. FRENTE AL IMPERATIVO DE BUSCAR SATISFACTORES EN LA BÚSQUEDA DE CREAR NECESIDADES PARA APROVECHAR LOS APARENTES SATISFACTORES, EL HOMBRE REQUIERE DEL TRABAJO, COMO ÚNICO MEDIO PARA SOSTENER LA ECONOMÍA Y LOS RECURSOS NECESARIOS QUE LA CIVILIZACIÓN VA GENERANDO.
C).- EL TRABAJO ES OBJETO DE PROTECCION JURÍDICA. ESTA PROTECCIÓN SE OTORGA DE ACUERDO CON LA NATURALEZA DEL TRABAJO Y ATENDIENDO AL CARÁCTER DEL TRABAJADOR. IGUALMENTE DEBE PRESERVARSE LA DIGNIDAD DEL TRABAJADOR, CONSIDERADA COMO NECESIDAD DE RESPETO A SU PERSONA Y PROPORCIONARLE LOS MEDIOS NECESARIOS PARA LA ELEVACIÓN DEL NIVEL CULTURAL, SOCIAL Y MATERIAL, PROPIOS Y DE LA FAMILIA.
LEGALMENTE, EL TRABAJO ES UN DERECHO Y UN DEBER SOCIALES. NO ES ARTÍCULO DE COMERCIO, EXIGE RESPETO PARA LAS LIBERTADES Y DIGNIDAD DE QUIEN LO PRESTA Y DEBE EFECTUARSE EN CONDICIONES QUE ASEGUREN LA VIDA, LA SALUD Y UN NIVEL ECONÓMICO DECOROSO PARA EL TRABAJADOR Y SU FAMILIA. (ART. 3° DE LA LFT).
1.1.2. ORIGEN ETIMOLÓGICO DE LA PALABRA TRABAJO.
EL ORIGEN ETIMOLÓGICO DE LA PALABRA TRABAJO ES INCIERTO, DIVERSOS AUTORES SEÑALAN QUE PROVIENE DEL LATÍN TRABS, TRABIS, QUE SIGNIFICA TRABA, PUES SEGÚN SE HA CONSIDERADO POR ALGUNOS, EL TRABAJO REPRESENTA UN OBSTÁCULO O RETO PARA LOS INDIVIDUOS PUES SIEMPRE LLEVA IMPLÍCITO UN ESFUERZO DETERMINADO. OTROS AUTORES UBICAN LA RAÍZ EN LA PALABRA LABORARE O LABRARE QUE QUIERE DECIR LABRAR, TÉRMINO RELATIVO A LA LABRANZA DE LA TIERRA. OTROS MÁS SEÑALAN QUE LA PALABRA TRABAJO, PROVIENE DEL GRIEGO THILBO, QUE ES UN CONCEPTO QUE DENOTA UNA ACCIÓN DE APRETAR, OPRIMIR O AFLIGIR. Y OTROS MÁS COINCIDEN EN INDICAR QUE EL ORIGEN ETIMOLÓGICO DE LA PALABRA TRABAJO PROVIENE DEL LATÍN TRABAJOLIUM QUE ERA UN CASTIGO QUE SE LES APLICABA A LOS ESCLAVOS DE SOBRECARGA DE TRABAJO.
1.1.3. DEFINICIÓN DE LA PALABRA TRABAJO.
TENIENDO EN CUENTA LA ACEPCIÓN QUE EL DICCIONARIO DE LA REAL ACADEMIA ESPAÑOLA OTORGA AL TÉRMINO TRABAJO COMO “ESFUERZO HUMANO APLICADO A LA PRODUCCIÓN DE RIQUEZA”, PUEDE DECIRSE QUE EL TRABAJO ES EL RESULTADO DE LA ACTIVIDAD HUMANA QUE TIENE POR OBJETO CREAR SATISFACTORES Y QUE HACE NECESARIA LA INTERVENCIÓN DEL ESTADO PARA REGULAR SU VINCULACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CON LOS DEMÁS FACTORES DE LA PRODUCCIÓN.
SEÑALADO EL ALCANCE GENÉRICO DEL TÉRMINO, ES PRECISO TENER EN CUENTA QUE EXISTEN, ADEMÁS, LAS VERTIENTES ECONÓMICA Y JURÍDICA DE ESE CONCEPTO.
SI ATENDEMOS LA PRIMERA DE ELLAS NOS ENCONTRAMOS QUE EL TRABAJO ES CONCEBIDO COMO UN FACTOR DE LA PRODUCCIÓN REPRESENTADO POR LA ACTIVIDAD HUMANA APLICADO A LA PRODUCCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS, Y CUYA RETRIBUCIÓN SE DENOMINA SALARIO.
POR OTRA PARTE, EL TRABAJO CONSISTE EN EL “EJERCICIO DE NUESTRAS FACULTADES APLICADO A LA CONSECUCIÓN DE ALGÚN FIN RACIONAL Y ES CONDICIÓN PRECISA DEL DESARROLLO Y PROGRESO HUMANOS EN TODAS LAS ESFERAS. NO ES, POR TANTO, TODO TRABAJO UN TRABAJO DE CARÁCTER ECONÓMICO, SINO ÚNICAMENTE AQUEL QUE SE PROPONE LA SATISFACCIÓN DE LAS NECESIDADES DE ESTE ORDEN”.
EN EL MISMO SENTIDO, EL TRABAJO ES CONSIDERADO COMO “UNO DE LOS FACTORES PRODUCTIVOS BÁSICOS, JUNTO CON LA TIERRA Y EL CAPITAL, QUE SE COMBINA CON ELLOS PARA LA PRODUCCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS. EL TRABAJO, POR SUS PROPIA NATURALEZA, SE NEGOCIA EN UN MERCADO CON CARACTERÍSTICAS PROPIAS, EL MERCADO DE TRABAJO”.
PARA IDENTIFICAR LA VERTIENTE JURÍDICA DEL CONCEPTO, ES NECESARIO SEÑALAR QUE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO EN SU ARTÍCULO 3 IDENTIFICA AL TÉRMINO COMO UN PRINCIPIO DE DERECHO SOCIAL, AL ESTABLECER QUE “EL TRABAJO ES UN DERECHO Y UN DEBER SOCIALES, NO ES ARTÍCULO DE COMERCIO, EXIGE RESPETO PARA LAS LIBERTADES Y DIGNIDAD DE QUIEN LOS PRESTA Y DEBE EFECTUARSE EN CONDICIONES QUE ASEGUREN LA VIDA, LA SALUD, Y UN NIVEL ECONÓMICO DECOROSO PARA EL TRABAJADOR Y SU FAMILIA”.
EN EL MISMO TENOR, EN EL ARTÍCULO 8 DE DICHA NORMATIVIDAD SE ESTABLECE QUE TRABAJO ES “TODA ACTIVIDAD HUMANA, INTELECTUAL O MATERIAL, INDEPENDIENTEMENTE DEL GRADO DE PREPARACIÓN TÉCNICA REQUERIDO POR CADA PROFESIÓN U OFICIO”, SEÑALÁNDOSE POR LO QUE SE REFIERE AL TÉRMINO TRABAJADOR QUE ÉSTE “ES LA PERSONA FÍSICA QUE PRESTA A OTRA, FÍSICA O MORAL, UN TRABAJO PERSONAL SUBORDINADO”.
SI SE EXAMINA LA VERTIENTE ECONÓMICA DEL CONCEPTO SE ADVIERTE QUE EL TRABAJO ES EL PRINCIPAL DE LOS ELEMENTOS PRODUCTIVOS, YA QUE HACE EFECTIVA LA UTILIDAD DE LAS COSAS, ENGENDRA CAPITALES Y ORDENA EL PROCESO DE PRODUCCIÓN.
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