Derecho Penal Uestionario
Enviado por 19711971 • 21 de Octubre de 2014 • 2.398 Palabras (10 Páginas) • 629 Visitas
TEMA I
1.- ¿Qué se entiende por Dogmática Jurídico Penal o Ciencia Penal?
La Ciencia jurídico-penal es la disciplina científica que tiene como objeto de estudio el análisis y la sistematización del conjunto de normas que configuran el ordenamiento jurídico penal. Su método de investigación, por lo que se circunscribe al especto normativo del delito.
http://es.wikipedia.org/wiki/Ciencia_jur%C3%ADdico_penal
3.- Explica ¿qué significa que el Derecho Penal tenga carácter público?
Es una rama del derecho público porque al cometerse un delito, la relación se forma entre delincuente y el estado como soberano y no entre aquel y el particular ofendido.
En concreto puede decirse que el Derecho Penal es Público, por normar relaciones entre el Poder y los gobernados.
4.- ¿Qué se entiende por Derecho Penal?
Es el conjunto normativo perteneciente al derecho público interno, que tiene por objeto al delito, al delincuente y a la pena o medida de seguridad, para mantener el orden social mediante el respeto de los bienes jurídicos tutelados por la ley.
5.- ¿Qué pretende preservar el Derecho Penal?
Se colige que el derecho penal pretende preservar un equilibrio que de seguridad a los miembros de la sociedad.
7.- ¿Qué es la Ley Penal?
Es una norma emanada del poder público, general, abstracto y permanente, provisto de una sanción. Es una regla obligatoria por imponerla el poder del Estado, y su observancia se asegura mediante sanciones.
9.- ¿Qué se entiende por interpretación de la Ley? Art. 14° Const. 2do párrafo.
Existen tres situaciones que producen confusión y error en relación con la ley penal, por su indebido conocimiento doctrinal.
DOCTRINAL. También se le conoce como interpretación privada, porque la realizan los particulares. Otros la llaman científica, cuando llevan a cabo los estudiosos del derecho y los doctrinarios por medio de su obra escrita.
AUTÉNTICA. También se le conoce como legislativa y es la que realiza el legislador para precisar y aclara la significación de la norma jurídica.
JUDICIAL. También conocida como jurisdiccional o forense, es la que llevan a efectos los juzgadores (juez magistrados o ministro, con el fin de aplicar la norma jurídica a los casos concretos y con justicia de manera que desentrañen el verdadero sentir del legislador cuando creó la norma.
10.- ¿Qué se entiende por interpretación analógica?
Consiste en interpretar la norma, de manera que se recurra a normas o casos similares entre si, a fin desentrañar su sentido.
11.- ¿En que consiste aplicar la ley?
Aplicar la ley consiste en materializar una norma jurídica al caso concreto. Erróneamente se cree que en materia penal está prohibida la interpretación, sin embargo, no es así, toda vez que tanto la doctrina como la jurisprudencia sirven el abogado y al juzgador para interpretar correctamente la ley, cuando esta no es clara. En efecto, al impartir justicia el Juez no solo puede interpretar la norma antes de aplicarla, sino que debe hacerlo.
12.- Precise que ocurre cuando se ignora la Ley Penal.
IGNORANCIA DE LA LEY PENAL, En principio se sabe que, la ignorancia de la ley no excusa su cumplimiento así será merecedor de una pena quien incurra en un delito, aun cuando ignorase que existía; no obstante el artículo 72 del CPDF, otorga al Juez la facultad de considerar, entre otras, la educación y la ilustración para la correcta aplicación de la pena, la cual podrá imponer su criterio, valorando esas circunstancias. Para ello, normalmente tendrá un margen variable entre un mínimo y un máximo, a fin de aplicar la sanción de cada delito.
13.- Precise y explique en un cuadro sinóptico cada ámbito de validez de la Ley Penal.
(ámbito material), ante un problema concreto, se debe saber cuáles son las normas aplicables.
(ámbito temporal), después precisar desde que momento y hasta cuando está vigente la norma.
(ámbito espacial) luego determinar en qué demarcación geográfica o espacio tiene aplicación la norma
(ámbito personal). y, por último, saber a quién o quieres se aplica
MATERIAL
Se distinguen tres órdenes los cuales contemplan la aplicación de la norma:
a) Común, local y ordinario
b) Federal o excepcional
c) Militar o castrense
Orden Común: También se conoce como local u ordinario. Dado el sistema federal mexicano, cada entidad federativa legisla en materia penal; así existirán delitos y normas procesales con diversas características, según el estado donde ocurran aquellos. Por regla general, puede decirse que es común lo no reservado especialmente a la Federación. Todos los delitos son comunes, menos los que expresamente y por excepción, la ley determina como federales.
Federales: Aquí quedan comprendidos los delitos que afectan directamente a la federación, por ejemplo: contra la salud, el daño en propiedad ajena y otras leyes como la Ley Federal de Derechos de Autor, la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Ley Federal del Trabajo.
Militar: También llamada castrense y rige las relaciones del cuerpo armado. Existe una legislación especial, que es el Código de Justicia Militar, en la cual se señalan los delitos y penas correspondientes a los miembros del ejército. Por su parte, la Constitución Política otorga dichas facultades y reconoce esa autonomía al fuero militar (arts 5º, 10, 13 y otros).
TEMPORAL
La norma penal es aplicable solo durante su vigencia, lo cual implica que lo es desde el inicio de su vigencia (publicación en el Diario Oficial de la Federación o fecha señalada expresamente) y hasta que se deroga, de modo que ni antes ni después podrá aplicarse.
ESPACIAL
La ley debe aplicarse en el territorio donde se crea, pues emana en virtud de la soberanía de cada Estado; por tanto, debe tener aplicabilidad en su propio territorio, y no en otro.
Existen varios principios, que son: territorialidad, de extraterritorialidad, personal, real y universal.
Dentro del ámbito
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