Educacion
Enviado por edwuin • 26 de Junio de 2012 • 516 Palabras (3 Páginas) • 313 Visitas
LA PROTECCIÓN CIVIL Y ADMINISTRACIÓN DE DESASTRE.
La Autoprotección nace con la necesidad del hombre mismo. Es el recurso individual y correctivo de preservar su propia integridad, su especie y la protección del espacio donde vive es decir su ambiente, para de esta manera poder enfrentar situaciones de desastres que le ha permitido a través de la evolución del tiempo, conformar agrupaciones a nivel mundial siguiendo estrategias para establecer medidas de prevención social. Y ambiental.
En Venezuela se origina en época de la independencia donde se forma en caracas la “Juntas de Subsistencias”, como medida de protección a la población civil, en virtud del desabastecimiento creado por el estado de guerra interna imperante. El 23 de marzo de 1936 bajo el gobierno del General Eleazar López Contreras se conformó el “Puesto de Socorro para prestar Servicio Médico a las víctimas de accidentes” (Gaceta Oficial 18.913).
El 17 de julio 1938 se dicta la Ley de Servicio Nacional de Seguridad, (Gaceta Oficial 19.637). El 7 de septiembre de 1943 se dictó el Decreto 175, mediante el cual se crea la Junta Nacional de Socorro, Y el 16 de noviembre de 1943, se dicta una resolución donde se reglamenta su campo de acción para que se encargue de centralizar los fondos voluntarios y del tesoro a fin de atender damnificados por inundaciones (Gaceta Oficial 21.199).
El 7 de septiembre de 1971, según Decreto Presidencial Nº 702, se crea la “Comisión de Defensa Civil”, El 18 de agosto de 1976 se dicta la Ley Orgánica de Seguridad y Defensa, la cual en su Artículo V, establece que la Defensa Civil estará regulada por el Presidente de la República, Para el 10 de agosto de 1979, según Decreto Presidencial Nº 231, la Comisión Nacional de Defensa Civil pasa a formar parte Integrante del “Consejo Nacional de Seguridad y Defensa”, en marzo de 1997, en la Gaceta Oficial No. 36.164, por vez primera se señala a Defensa Civil como un “SISTEMA NACIONAL.
En 1999 la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece en su Artículo 332, ordinal 4° el “nacimiento” de “Una Organización de Protección Civil y Administración de Desastres”; como órgano de seguridad ciudadana, cristalizando un deber del Estado y un derecho del ciudadano.
Según el Decreto Presidencial Nº 1.557 con fuerza de Ley del Sistema Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres, en fecha 13 de noviembre de 2001 publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.557, el Decreto con Fuerza de Ley de la “Organización Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres”; como un órgano de seguridad ciudadana, adscrito al Ministerio del Interior y Justicia.
La protección civil y administración de desastre tiene como basamentos legales las siguientes leyes que la rigen y la ponen en funcionamiento para el resguardo del
...