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El Iusnaturalismo


Enviado por   •  27 de Junio de 2014  •  7.874 Palabras (32 Páginas)  •  441 Visitas

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Podemos enumerar de manera básica, tres escuelas que fundamentan los Derechos Humanos:

IUSNATURALISMO:

Se fundamenta en la naturaleza y tiene tres grandes subdivisiones:

• Teocráticos: El derecho natural proviene de Dios.

• Racionalistas: El derecho natural proviene de la razón y el libre albedrío del hombre. Que pasa de un estado de naturaleza a un estado civil (estado) donde crea seguridad a través de un "contrato social"

• Neoiusnaturalistas: Cambian el paradigma Iusnaturalista planteando que los derechos naturales provienen de las necesidades humanas y dependen de la capacidad de la organización social de garantizar dichas necesidades.

POSITIVISMO:

Posee un reconocimiento a partir de la ley, y promueve que los derechos humanos se plantean con el fin de promover la convivencia pacífica entre los seres humanos. Por ello nacen normativas como el contrato social, la ley, el código civil, la constitución; con el fin de proteger las libertades y garantías de los derechos.

UTILITARISMO:

Propone "la mayor cantidad de placer a la mayor cantidad de personas posibles". Quienes inician el movimiento utilitarista son Jeremías Bethtan y John Miller. Donde plantean un eclecticismo en favor de la mayoría. Existe una fuerte influencia en el hecho de que el sistema de derecho anglosajón se constituye con tendencia hedonista, en contraste con el continental de carácter más estoico.

HISTÓRICO:

Supone que los derechos humanos son un acontecer histórico. Ésta teoría es planteada por Hegel y luego Marx; donde argumentan que los derechos en general son una construcción histórica-cultural. Histórica por cuanto los crean las civilizaciones dominantes a lo largo del tiempo. Y Culturales por que dependen de los arquetipos culturales de cada lugar, los cuales los limitan.

AXIOLÓGICO:

Según Eusebio Fernández mezcla de lo Iusnaturalista, historicista y lo ético por ello no es propiamente una escuela de fundamentación, sino una versión de los valores y la moral natural. Se fundamenta en lo:

• Ético: Los valores colectivos planteados por cada sociedad. La idea implícita de que el derecho tiene sus bases en relaciones consuetudinarias.

• Jurídico: La existencia de normas no tiene validez si no están positivisadas.

• Moral: En últimas quien decide seguir o no las normas jurídicas es el mismo ser humano.

Iusnaturalismo y Positivismo

Filosofía del Derecho. Conceptos filosóficos jurídicos. Racionalista. Cosmológicos. Tesis de Carlos Santiago Nino. Hume. Kant. Comte. Hans Kelsen. Ley Natural

IUSNATURALISMO Y POSITIVISMO

Conceptos Básicos:

Derecho Natural: Expresión que se aplica al conjunto de leyes morales naturales cuyo origen es la sola naturaleza en cuanto se refiere al ámbito de la libertad humana, dentro del supuesto, no universalmente reconocido, de que el orden legal forma parte del orden moral. En cuanto se funda en la naturaleza, el derecho natural se refiere a valores universales e inmutables.

“Es el conjunto de principios normativos esenciales al orden social que se fundan en la naturaleza humana, se conocen por la luz de la razón natural y se imponen a los hombres por fuerza de la misma naturaleza”

“Es una doctrina que pretende establecer principios ideales de justicia como parámetros permanentes, fuente de inspiración y guía del derecho positivo”

"El Derecho natural vale por sí mismo, en cuanto intrínsecamente justo. ...son normas cuyo valor no depende de elementos extrínsecos. Por ello se dice que el natural es el único autentico".

Iusnaturalismo: “Es producto de una larga evolución histórica que sufre distintos procesos y que pasa de la idea de un derecho derivado de la divinidad, a la de un derecho deducido de la naturaleza humana cuyos postulados o principios pueden obtenerse por métodos racionales”

“Es el conjunto de principios de justicia con validez universal que pueden ser deducidos racionalmente, pero que, además, confirman que el derecho positivo que no cumpla con tales principios no puede calificarse derecho”

"El Iusnaturalismo, con esta palabra se designa un conjunto de doctrinas muy variadas, pero que tiene como denominador común la creencia de que el Derecho "positivo" debe ser objeto de una valoración con arreglo a un sistema superior de normas o principios que se denominan precisamente: Derecho natural".

Esto indica que es una postura que afirma la supremacía y preexistencia del Derecho Natural ante el Positivo, y que el derecho positivo debe ser fiel reflejo del derecho natural.

Derecho Positivo: Es el que se encarga del estudio de la ciencia del derecho. Conjunto de normas dictadas por la autoridad competente, siguiendo los procedimientos establecidos para la creación y validación de las normas jurídicas en una nación y momento determinado; va desde la Constitución hasta la Sentencia.

“El Derecho que constituye el objeto de ciencia jurídica es el derecho positivo, ya se trate del derecho de un estado particular o del derecho internacional. Solo un orden jurídico positivo puede ser descrito por las reglas del derecho y una regla del derecho se relaciona necesariamente con tal orden”

“Es el conjunto de normas que están producidas de acuerdo con los procedimientos determinado para ello por la autoridad competente, en un momento y lugar histórico determinado”

“El sistema de normas emanadas por la autoridad competente y promulgadas de acuerdo con el procedimiento de creación del derecho imperante en una nación determinada”

"... El Derecho Positivo es caracterizado atendiendo a su valor formal, sin tomar en consideración la justicia o injusticia de su contenido."

Es decir que a la inversa que en el derecho natural, el positivo supone para el orden jurídico una plena autonomía respecto del orden moral, establece un conjunto de normas netamente establecidas por el Poder Publico de una Nación con la finalidad de regular la conducta del hombre en sociedad.

Positivismo: Corriente filosófica que dedica su estudio al derecho Positivo, que es emanado por la autoridad, tomada como corriente monista, ya que no admite ni acepta la clasificación del derecho en dos, Natural y Positivo, únicamente el Derecho Positivo no existe el natural.

"Su análisis debe limitarse al Derecho tal y como esta puesto o dado, y debe abstenerse de entrar en valoraciones éticas o de tener en cuenta las implicaciones de las normas en la realidad social"

"De acuerdo con los defensores

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