INTRODUCCIÓN A LA ARGUMENTACIÓN JURIDICA TALLER
Enviado por YAMUR • 25 de Noviembre de 2015 • Ensayo • 1.552 Palabras (7 Páginas) • 511 Visitas
ARGUMENTACION
- En la Grecia clásica la igualdad de derecho al uso de la palabra en las discusiones públicas se denominaba:
- ISONOMIA: Concepto de igualdad de derechos civiles y políticos de los ciudadanos. Carácter propio de la democracia.
- ISEGORIA: se define como libertad de la palabra, igual para todos se trata de en la democracia ateniéndose de la facultad de cualquier ciudadano para defender en público, su opinión en igual de condiciones con los demás ciudadanos.
- DIALECTICA: arte de discutir. Método de acceder progresivamente del mundo sensible al mundo de las ideas que a través del intercambio de preguntas y respuestas en un dialogo que puede realizar un individuo consigo mismo o con otros inter locutores.
- PARRESIA: decir todo verdaderamente.
- ¿En cuál de los siguientes ámbitos cabe situar a la erística?
- La retórica o conjunto de técnicas discursivas para lograr la persuasión de un auditorio.
- La sofistica o movimiento dialectico asociado a Zenón y sus discípulos.
- La dialéctica o arte del discurso para alcanzar la victoria en el debate al margen de la verdad.
Erística: arte de persuadir, de debatir de sentar posiciones y defenderlas, persuadir para convencer sin preocupaciones por la verdad.
- La macro logia o técnica del discurso largo.
- Los endoxa son:
- Cualquier cosa de opinión con independencia de su contenido y validez.
- Las opiniones generalizadas o las admitidas por los expertos en un cierto campo.
- Las premisas de un razonamiento demostrativo o apodíctico.
- Los para logismo.
Endoxa: creencias comunes aceptadas por los sabios y los rectores más antiguos e influyentes, utilizándolos como puntos de partidas para llegar a la verdad. Aristóteles lo define como las opiniones que son aceptados por todos por la mayoría por los sabios.
- Los tres géneros del discurso retorico según Aristóteles son:
- Apodictico, entimemático y eristico
- Tópico, retorico y dialectico
- Técnico, deliberativo y judicial
- Epidictico, deliberativo y judicial.
Epidictico: (demostrativo) Es el discurso que apela al público a atender o mirar lo que sucede en él y el ahora.
Deliberativo: discusión política sobre lo que es conveniente, moldea la oratoria.
Judicial: llamado forense originado a juzgar los hechos pasados.
Aristóteles clasifico estos tres géneros con base en 2 principios:
- Primer principio de relatividad ( según el punto de vista desde el cual se habla)
- Principio de posibilidad (ya que no versa sobre lo necesario sino sobre lo posible) y de este modo la retórica quedo compuesta por estos tres géneros ya mencionados.
- La vinculación de la democracia con la argumentación se vuelve más exigente cuando se asume una concepción de la primera índole:
a. deliberativa: designa un modelo normativo, un ideal regulativo que busca complementar la noción de democracia representativa al uso mediante un procedimiento colectivo de toma de decisiones políticas.
b. organica
c. retorica
d. procedimental
11. “todas las bolas de esta bolsa son blancas. Por lo tanto, estas proceden de esta bolsa. Esta inferencia es:
a. inductiva
b. deductiva
c. abductiva: no es solo una valides lógica, debe ser confirmada, no podrá ser obsoluta si no probable, existe una regla general que sirve para explicar la conclusión. 1. resultado 2. Regla general 3. caso
d. una falacia formal.
17. la teoría de la argumentación jurídica afronta el método jurídico como:
a. un procedimiento para hallar las soluciones correctas a partir de las normas jurídicas.
b. un conjunto de reglas argumentativas para diferenciar los casos fáciles y los difíciles.
c. un procedimiento para justificar soluciones particulares usando normas generales.
d. el cumplimiento de las exigencias derivadas del gobierno para leges.
Rta proceso lógico que permite relacionar las dimensiones jurídicas está orientado a las sistematización y transmisión de conocimientos jurídicos como a la solución de conflictos en el ámbito de derecho.
19. cuando Perelman reivindica la idea de que “el derecho no es solo expresión de la voluntad del legislador sino también de los valores que tiene por misión promover entre los cuales figura en primer lugar la justicia”
c. quiere señalar que la explicación del derecho y el paso de la regla abstracta al caso concreto no son simples procesos deductivos sino una adaptación constante de las disposiciones legales a los valores en conflicto en las controversias judiciales.
20. ¿cuál es la función de la dogmática jurídica según Perelman?
c. proporcionar argumentos a la práctica jurídica basados en principios.
Es una disciplina cuyo método se basa en la de complejos sistemas de carácter formal compuestos por dogmas o principios jurídicos, sigue unas operaciones lógicas por lo cual se le otorga un carácter eminente sistemático.
21. Cuál de las siguientes afirmaciones es verdadera en relación con el razonamiento judicial?
b. la decisión es una parte de la argumentación judicial, su conclusión.
La parte dispositiva hace parte del actuar del juez, su dictamen, su fallo en la sentencia absolviendo o condenando.
22. una concepción es, en relación con un concepto.
c. una interpretación de un concepto bajo principios diferentes.
Dado que hay criterios para evaluar una argumentación, pueden interpretarse de diversas maneras, en relación con la ambigüedad entre la argumentación vista como actividad o como producto.
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