Impuestos A Residentes En El Extranjero
Enviado por moonblue77 • 27 de Mayo de 2014 • 2.707 Palabras (11 Páginas) • 510 Visitas
Contenido
INTRODUCCION 2
DOMICILIO FISCAL DE LAS PERSONAS FÍSICAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO 2
SUPUESTOS EN LOS QUE SE DEBE PAGAR IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISR) 2
CONCEPTOS POR LOS CUALES SE DEBE PAGAR ISR 2
RETENCION Y PAGO DE ESTE IMPUESTO 2
OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS QUE HACEN PAGOS A RESIDENTES EN EL EXTRANJERO 2
CONCLUSIONES 2
BIBLIOGRAFIA. 2
INTRODUCCION
El presente trabajo tiene como finalidad dar a conocer cuáles son los impuestos aplicables a aquellos contribuyentes fiscales residentes en el extranjero cuya principal fuente de ingresos se encuentre en México, así como también dar a conocer el porcentaje de retención de acuerdo al monto y origen de su percepción, en virtud de que no solo es obligación de los residentes en nuestro país el contribuir a través de nuestros ingresos con el gasto público, sino también de aquellos que reciben enriquecimiento en su patrimonio por medio de trabajo, inversiones, bienes muebles e inmuebles, etc.
No sólo los residentes en México van a estar obligados al pago de impuestos, está obligación se extiende para los residentes en el extranjero cuyos ingresos provienen de una fuente de riqueza en el territorio nacional.
El Código Fiscal de la Federación en su artículo noveno considera como residentes en el territorio nacional a:
Personas físicas que:
Tengan casa habitación en otro país, si en territorio nacional se encuentra su centro de intereses vitales. Para estos efectos, se considerará que el centro de intereses vitales está en territorio nacional cuando, entre otros casos, se ubiquen en cualquiera de los siguientes supuestos:
1. Cuando más del 50% de los ingresos totales que obtenga la persona física en el año de calendario tengan fuente de riqueza en México.
2. Cuando en el país tengan el centro principal de sus actividades profesionales.
Personas morales que
hayan establecido en México la administración principal del negocio o su sede de dirección efectiva.
DOMICILIO FISCAL DE LAS PERSONAS FÍSICAS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO
Para los efecto de dar cumplimiento a lo establecido en el Código Fiscal de la Federación, las personas físicas residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en territorio nacional que perciban ingresos por enajenación o arrendamiento de inmuebles ubicados en territorio nacional, podrán considerar como domicilio fiscal, el domicilio de la persona residente en territorio nacional que actúe a nombre o por cuenta de ellos.
SUPUESTOS EN LOS QUE SE DEBE PAGAR IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISR)
Cuando los residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el país, respecto a los ingresos que se obtengan del mismo.
Cuando los residentes en el extranjero, respecto de los ingresos procedentes de fuentes de riqueza situadas en territorio nacional, cuando no tengan un establecimiento permanente en el país, o cuando teniéndolo, dichos ingresos no sean atribuibles a éste.
De acuerdo a ley de impuesto sobre la renta se considera establecimiento permanente cualquier lugar de negocios en el que se desarrollen, parcial o totalmente, actividades empresariales o se presten servicios personales independientes. Se entenderá como establecimiento permanente, entre otros, las sucursales, agencias, oficinas, fábricas, talleres, instalaciones, minas, canteras o cualquier lugar de exploración, extracción o explotación de recursos naturales.
Cuando un residente en el extranjero actúe en el país a través de una persona física o moral, distinta de un agente independiente, se considerará que el residente en el extranjero tiene un establecimiento permanente en el país, en relación con todas las actividades que dicha persona física o moral realice para el residente en el extranjero, aun cuando no tenga en territorio nacional un lugar de negocios o para la prestación de servicios, si dicha persona ejerce poderes para celebrar contratos a nombre o por cuenta del residente en el extranjero tendientes a la realización de las actividades de éste en el país.
Se considerarán ingresos atribuibles a un establecimiento permanente en el país, los provenientes de la actividad empresarial que desarrolle o los ingresos por honorarios y, en general, por la prestación de un servicio personal independiente, así como los que deriven de enajenaciones de mercancías o de bienes inmuebles en territorio nacional, efectuados por la oficina central de la persona, por otro establecimiento de ésta o directamente por el residente en el extranjero, según sea el caso.
También se consideran ingresos atribuibles a un establecimiento permanente en el país, los que obtenga la oficina central de la sociedad o cualquiera de sus establecimientos en el extranjero, en la proporción en que dicho establecimiento permanente haya participado en las erogaciones incurridas para su obtención.
CONCEPTOS POR LOS CUALES SE DEBE PAGAR ISR
Salarios u Honorarios: se considera que la fuente de riqueza se encuentra en territorio nacional cuando el servicio se preste en el país.
Remuneraciones a miembros de consejos, administradores, comisarios y gerentes: Todos los honorarios que sean pagados por estos cargos en México o en el extranjero, por empresas residentes en México.
Venta de bienes inmuebles: se considera que la fuente de riqueza se ubica en territorio nacional cuando en el país se encuentren dichos bienes.
Arrendamiento de muebles: en los ingresos por otorgar el uso o goce temporal de bienes muebles, se considera que la fuente de riqueza se encuentra en territorio nacional, cuando los bienes muebles destinados a actividades comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas y de pesca, se utilicen en el país.
Arrendamiento de inmuebles: En los ingresos por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles, se considera que la fuente de riqueza se encuentra en territorio nacional cuando en el país estén ubicados dichos bienes.
Contratos de servicio turístico de tiempo compartido: cuando se destinen bienes inmuebles a fines turísticos, vacacionales, recreativos, deportivos o cualquier otro y se otorgue el uso o goce, derecho a ocupar, prestar servicios de hospedaje
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