Indemnizaciones calculos
Enviado por rominaaaaa1985 • 26 de Abril de 2020 • Práctica o problema • 11.116 Palabras (45 Páginas) • 72 Visitas
“INDEMNIZACIONES”.
1-Despido por matrimonio con reclamo por los arts. 8 y 15 de la ley 24013. Piso mínimo. Tope.
Fecha de Ingreso: 01/06/2011
Fecha de Despido: 31/05/2012 (Antigüedad: un año)
Mejor remuneración mensual, normal y habitual (MRMNH): $11.200.- (Salario promedio convencional: $3600.- Tope Salarial: $10.800.-)
Modo de extinción: Despido durante el periodo de estabilidad por matrimonio con contrato de trabajo no registrado.
-Indem. por antigüedad $11.200.- (Se aplica el piso mínimo de la LCT;
MRMNH Sin tope).
-Indem. sust. de preaviso $11.200.- (un mes)
-SAC s/indem.sust.preaviso $933, 33. - ($11.200/12)
-Indem.agravada. $145.600.- ($11.200 x13 sueldos; no se aplica el tope
Salarial)
-Art.8°, ley 24.013 $36.400.- ($11.200x13/4 ---incluye SAC---; debe
Superar el piso de los tres sueldos)
-Art.15, ley 24.013 $23.333,33.- (Idem, por antigüedad+ indem.sust. de
Preaviso+ SAC sobre dichos rubros)
Rubros de pago obligatorio
-SAC proporcional $4676,92.- La mitad de la mejor remuneración
referida dividida por los días corridos
del semestre (182 días) y multiplicado por
la cantidad de días trabajados en el
semestre ($11.200/2=$5600;5600/182=
$30,7692;30,7692x152 días)
-Vacaciones Proporcionales $2611,90.- Días trabajados x días de vacaciones que
le corresponde / 365 (días del año)= días
proporcionales de vacaciones x salario
diario (salario mensual / 25.)
(152 x 14 días: 365=5,83 $11.200: 25=448
448 x 5,83
-SAC s/vacaciones prop. $217,66.- Vacaciones proporcionales: 12
2 -Despido por maternidad con reclamo por arts. 9 y 15 de la Ley 24013; y art 132 bis. de la LCT
Fecha de Ingreso: 20/11/2016
Fecha de Despido: 22/06/2011 Antigüedad: 4 años y 7 meses (con 6 meses de periodo de excedencia: 4 años y 1 mes)
Mejor remuneración mensual, normal y habitual (MRMNH): $5.800.- (Salario promedio convencional: $2.500.- Tope Salarial: $7.500.-)
Modo de extinción: Despido sin causa al finalizar el periodo de excedencia con fecha de ingreso registrada 1 año después. Empleador que, pese a la intimación fehaciente, no ingresó los aportes retenidos a los organismos de seguridad social.
-Indem. por antigüedad $23.200.- ($5.800 x 4 años)
-Indem. sust. de preaviso $5.800.- (un mes)
-SAC s/indem.sust.preaviso $483, 33. - ($5.800/12)
-Integ. del mes de despido $1.546,66.- ($5800/30 x 8 días )
-SAC integración mes de despido $128,88.- ($1546,66/12)
-Indem. agravada. $75.400.- ($5.800 x13 sueldos; no se aplica el tope
Salarial)
-Art.9°, ley 24.013 $18.850.- ($5.800x13/4)
-Art.15, ley 24.013 $29.483,33.- (Idem, por antigüedad+ indem.sust. de
Preaviso+ SAC sobre dichos rubros)
-Art.132 bis, LCT $5.800.- ($5.800 MRMNyH x cantidad de meses
hasta que el empleador acredite el
ingreso de los fondos.
Rubros de pago obligatorio:
No corresponden por no registrar la percepción de remuneraciones en el primer semestre del 2011
-SAC proporcional
-Vacaciones proporcionales
3-Despido durante el goce de la licencia por enfermedad y accidente inculpable (art. 213 de la LCT). Trabajador parcialmente registrado, art. 1 de la Ley 25323
Fecha de Ingreso: 05/12/2007
Fecha de Despido: 10/04/2012 Antigüedad: 4 años y 4 meses (5 años por el Art.245 LCT)
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