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LA METODOLOGÍA Y SU APLICACIÒN EN LS CIENCIAS JURÍDICAS.


Enviado por   •  10 de Diciembre de 2012  •  Tesis  •  1.631 Palabras (7 Páginas)  •  604 Visitas

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2.- LA METODOLOGÍA Y SU APLICACIÒN EN LS CIENCIAS JURÍDICAS.

2.1. CIENCIA.

Para obtener un concepto más acertado en lo que es la ciencia hay que analizar las carteristas de ésta.

Características:

• Es fáctica, ya que parte de hechos los cuales confirma.

• Es trascendente, porque parte de hechos o circunstancias de sentido común explicándolos y descartándolos, así como dando a conocer nuevos.

• Es analítica, ya que uno de sus objetivos es descomponer uno en varias partes para observar su funcionamiento.

• Es clara y precisa en sus resultados, ya que parte de circunstancias claras y precisas aunque sus resultados cambien.

• Es verificable, ya que se necesita la comprobación de las hipótesis, así como el resultado que se obtiene necesita ser verificado.

• Es metódico, la ciencia necesita de un método de investigación para poder llegar comprobar y explicar una hipótesis.

• Es sistemático, porque cada una de las ideas se unen lógicamente para que funcione aquello que se plantea.

• Es legal, ya que de las hipótesis busca leyes que se puedan emplear en la realidad y pueda explicar algunos de los acontecimientos mediante una ley.

Por lo tanto para que una “ciencia” pueda ser ciencia debe de cumplir con los requisitos o contemplar estas características; entonces llegue a la conclusión que la ciencia es:

“Es el conjunto de hipótesis que mediante un método de investigación busca resultados claros, precisos y lógicos de hechos, para la creación de leyes generales que puedan explicar los hechos.”

2.2. ANTECEDENTES DE LA CIENCIA.

Se marca en la historia dos etapas en el desarrollo de la ciencia la primera es en el mundo antiguo que abarca desde Grecia hasta la Edad Media y al época moderna que abarca desde la Edad Media hasta la Revolución Científica ya que fueron momentos que marcaron ese desarrollo científico.

Durante la época de Grecia no existió como tal la ciencia ya que se consideraba que solo aquellos que pudieran presenciar un acontecimiento podía saber lo que era, ubicaban a los testigos oculares como única perspectiva histórica de los acontecimientos ya que ninguno de los fenómenos que sucedían eran fechados.

Así con grandes pensadores en esta época iniciaron el análisis de la naturaleza de las cosas, es donde se crea la Filosofía, considerando esta la forma más antigua de ciencia ya que cada uno de los pensadores tenían su método para llegar a un resultado, un ejemplo claro es la “Mayéutica”.

Durante la época clásica y la Edad Media la forma de desarrollo de la ciencia se dio no como cultivo investigador sino como que implicaba el apoyo a pensadores anteriores, los cuales solo realizaban comentarios y análisis críticos a las obras los cuales se utilizaban para nuevos pensamientos.

La ciencia surge como tal en la época moderna, lo que los historiadores señala tres etapas de esta para marcar el desarrolla de esta.

La primera etapa surge en el Renacimiento con Leonardo Da Vinci y Copérnico, entre otros con conocimientos cosmológicos y astronómicos.

La segunda etapa durante la contra reforma y las guerras de religión, Galileo Galilei, Harvey y Kepler, Newton entro otros, con estudios sobre el magnetismo, la gravedad así como sobre la composición de sustancias químicas y en la física en relación al movimiento de las cosas.

Y la tercera fase de la época de Restauración o la Revolución Científica con pensadores como Boyle, Hooke, Kant entre otros.

2.3. CONEPTO DE CIENCIA DEL DERECHO.

El Derecho es creado por necesidad, desde que el hombre busca una forma de llegar a un orden social en el que fuera más justo, la necesidad de crear normas que regularan la conducta de cada uno de los individuos para una convivencia social más sana.

Para poder darle la acepción de ciencia al Derecho es necesario que reúna las características de ciencia para que funja como tal, haciendo el análisis siguiente podre decir si es o no una ciencia.

1. EL Derecho es factico, ya que por su propia naturaleza surge de hechos sociales, de regular las conductas sociales.

2. Es trascendente porque las conductas son de sentido común y esta trata de dar una explicación, así da a conocer nuevas normas que las regulan.

3. Es analítica porque descompone un hecho para analizar lo que sucedió.

4. Es claro y preciso, ya que las conductas pueden variar pero los resultados son los mismos.

5. Es verificable, porque para considerar una conducta es necesario que se repita.

6. Es metódico porque tiene un método para sus resultados, su método es empírico.

7. Es sistemático, para deducir una conducta hay que unir las ideas del porque la realiza.

8. Es legal porque crea leyes, en este caso para regular los patrones de conducta o para comprobar una conducta, todo partiendo de la realidad y de lo observable.

Ahora bien, podemos decir que si el Derecho cumple con las características de una ciencia por lo que el Derecho es una ciencia de carácter social.

2.4. CORRIENTES DE METODOLIGÍA JURÍDICA.

DERECHO NATURAL: Conjunto de principios morales y de justicia universalmente válidos.

DERECHO POSITIVO: Orden coactivo de la conducta.

SOCIOLOGÍA DEL DERECHO: Conjunto de acciones para lograr las aspiraciones sociales.

MARXISMO JURÍDICO: Sistema de relaciones sociales en correspondencia con los intereses de la clase dominante.

FILOSOFÍA ANALÍTICA: Enunciados que correlacionan casos con soluciones.

SEMIÓTICA O SEMIOLOGÍA JURÍDICA: Sistemas de comunicación.

2.4.1. METODOLOGÍA FILOSÓFICA.

DOGMATISMO: El sujeto sí aprehende realmente al objeto.

ESCEPTICÍSMO: El sujeto no aprehende realmente al objeto.

SUBJETIVISMO: La verdad

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