LA VOLUNTAD SIMULADA
Enviado por • 22 de Octubre de 2014 • 1.857 Palabras (8 Páginas) • 441 Visitas
LA VOLUNTAD SIMULADA
La voluntad es la manifestación expresada del hombre, es decir en ocasiones de la vida cotidiana el ser humano se ve envuelto en situaciones que desarrolla o ejerce su voluntad entre ellas encontramos la voluntad simulada consiste en la apariencia de un acto jurídico que en realidad no se es el que se quiere celebrar con finalidad de engañar a terceros, dos características pueden ser el querer interno de la persona de realizar el acto jurídico y la otra la celebración del acto jurídico externo aquí es donde radica la apariencia un ejemplo muy claro es celebrar un contrato de compraventa con otra parte cuando en realidad se quiere realizar una permuta, de lo anterior se puede deducir donde se refleja la voluntad simulada en un acto jurídico “aparente”.
Un tema muy referente a esto es la intervención que tienen los tratadistas del derecho en cuanto a la voluntad simulada para a ello existen muchas doctrinas relacionadas entre ellas las más relevantes son:
• Doctrina que considera a la simulación como un caso de divergencia entre la voluntad y su declaración.
Esta se considera como una relación de divergencia entre la declaración y la voluntad, es decir el querer interno de las partes y el externo algunos tratadistas consideran a la voluntad simulada no como un engaño sino que ese querer interno es la voluntad y es precisamente el esconderlo esa es la voluntad.
• Doctrina que considera que en la simulación hay divergencia entre la declaración y contradeclaración:
En la simulación se relevan dos aspectos la declaración y contradeclaración, la declaración es la situación externa y la contradeclaración es la que se postula por escrito.
• Doctrina que considera que la simulación es un mero disfraz de la voluntad de las partes:
El tratadista De Castro y Bravo, mencionado por Morales no únicamente como una simulación para engañar sino porque el querer interno es crear a la apariencia, lo que significa que la simulación radica en la apariencia.
• Doctrina que considera al acto simulado como una divergencia entre la declaración y la causa
Al momento de realizar un acto simulado debe tener una causa lo que indica que sin causa no existiría acto simulado es preciso decir que para realizar un acto jurídico simulado debe existir una voluntad y una causa, es decir un acto jurídico simulado no se celebra porque si debe tener un objetivo en particular.
• Doctrina que considera a la simulación como un acuerdo complejo único: Esta doctrina se caracteriza por reflejar dos negocios el primero aparente y el otro real, el primero es la simulación lo que se aparenta y el segundo es la intención interior que tienen las partes de celebrar el acto jurídico simulado.
De otra manera encontramos dos grandes requisitos en la simulación que actualmente son unánimes de acuerdo a la doctrina, uno de ellos es el acuerdo simulatorio, este requisito se presenta o se manifiesta a través de la preexistencia y la coexistencia ya que el acuerdo simulatorio que se presenta o lo que se declara no siempre es lo requerido es decir que se presentan en dos situaciones una lo que aparentan en lo público y lo que realmente se hace en lo privado. Dentro de este requisito encontramos que puede ser de tres índoles bilateral, unilateral y plurilateral; se da bilateral cuando en el negocio jurídico solo se presentan dos partes, unilateral se presenta en los negocios receptivos y plurilateral cuando se da la existencia de varias voluntades y acuerdo en el mismo negocio jurídico. Por otra parte es importante resaltar que el acuerdo simulatorio vincula una situación aparente y real pero a la vez este acuerdo simulatorio también se puede denominar contradeclaración, pero dentro de este acuerdo no existe acuerdo simulatorio si no una declaración disimulado puesto que existe la manifestación de un contenido volitivo, pero el acuerdo simulatorio podrá ser constado en un documento el cual se denomina contradocumento que viene siendo el contenido de un instrumento público y privado o podrá ser un acuerdo verbal.
Como segundo encontramos el fin de dañar a tercero, este requisito va encaminado a perjudicar o a dañar a terceros aunque este no es reconocido por la ley pero tiene la intención y la causa propuesta con el propósito de engañar a la vez siendo este inherente al causante. Como lo expresa el doctrinante la simulación puede tener una una finalidad licita pero a la vez el engaño no siempre es fraude de los terceros, un ejemplo claro que tenemos es cuando compramos un predio en este caso existe una simulación con un fin licito. En las declaraciones simuladas se presenta una autenticidad en el acto y la apariencia en las apariencias se oculta una naturaleza y el contenido del acto pero esta declaraciones solo están en facultad de las partes mostrando a terceros como persona real.
Teniendo en cuenta los requisitos establecidos por los doctrinantes también es relevante considerar la divergencia entre la voluntad y su manifestación puesto que la disconformidad es una de las características de la simulación en la voluntad interna y en la voluntad manifestada.
Para poder hablar de las clases de simulación debemos tener en cuenta que, la simulación de actos jurídicos consiste en el acuerdo de dos o más personas para fingir jurídicamente ante los demás la existencia de un negocio o algunos elementos del mismo.
Ahora bien según lo expuesto en el anterior párrafo existen unas clases de simulación:
• Simulación absoluta: el origen es el propósito de establecer un escenario ficticio y, por tanto, no vinculante. Ya que en la simulación
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