SOCIEDADES IRREGULARES
Enviado por antromixer • 4 de Julio de 2012 • 1.793 Palabras (8 Páginas) • 710 Visitas
INDICE
1 ------------------------------------- INTRODUCCION
2------------------------------------- CONCEPTO
3 a 5-------------------------------------------------------DESARROLLO DEL TEMA
6---------------RESPONSABILIDADES DE LOS SOCIOS Y REPRESENTANTES
7-------------------------------------------QUIEBRA DE UNA SOCIEDAD IRREGULAR
8------------------------------------------------------------------------------CONCLUSION
9-----------------------------------------------------------------------------BIBLIOGRAFIA
INTRODUCCION
La palabra sociedad del latín societas (de secius) que significa reunión, comunidad, compañía, se puede definir metafísicamente como la unión moral de seres inteligentes de acuerdo estable y eficaz para conseguir un fin conocido y querido por todos. Se dice que la sociedad es unión moral porque requiere del acuerdo libre e inteligente de varios hombres para conseguir un fin común. El fin puede ser de muy diversa naturaleza: mercantil, política, cultural, educativa, recreativa, etc., pero en todo caso se exige para la existencia de la sociedad, que se dé el consentimiento de alcanzar entre todos los socios ese fin.
La sociedad se integra por hombres, seres racionales y libres. Estos hombres no son simplemente individuos que, pudiendo vivir aisladamente, se unen para la defensa de las fuerzas naturales o frente a otros enemigos. El hombre que se une en sociedad es un ser, como dijo Aristóteles, de naturaleza social, es decir un ser que, por una parte, necesita de la vida social para poder subsistir, pero, por otra, es un ser que se perfecciona al relacionarse con los demás.
Además de la unión voluntaria de seres racionales en torno a un fin común, la definición adoptada menciona la necesidad de que el acuerdo sea estable y eficaz para que exista una sociedad. Esto postula la existencia de un orden por el cual se distribuyan los trabajos y se repartan los beneficios, y postula también la existencia de una potestad (o gobierno) que vigile el cumplimiento de tal orden. Tanto es evidente que toda sociedad, toda unión moral de hombres, requiere un orden para constituir una unidad, como lo es también que necesita una potestad que haga efectivo ese orden y al mismo tiempohaga efectiva la unidad del ser social.
La constitución de la sociedad crea un nuevo sujeto jurídico: la persona social, al mismo tiempo que engendra derechos y obligaciones de los que son titulares las partes que en dicha constitución intervienen, derechos y obligaciones cuyo conjunto forma el estado o calidad de socio. Para que se produzca la plenitud de esos efectos precisa la observancia de ciertas formas y requisitos, cuya omisión acarrea la irregularidad de la sociedad.
El sistema jurídico mexicano reconoce diversas clases de sociedades, entre ellas, las mercantiles. Atendiendo a su irregularidad, estas sociedades son el objeto de esta investigación. Es necesario entonces, antes de analizarlas, establecer los conceptos generales de las sociedad civiles, de las sociedades mercantiles y la diferencia que existe entre ambas, "porque lo individual (las sociedades mercantiles irregulares) sólo puede comprenderse si se coloca dentro del encadenamiento general que le sirve de fundamento".
CONCEPTO
Tradicionalmente la sociedad ha sido considerada como un acto jurídico de naturaleza contractual; un acto jurídico plurilateral de naturaleza contractual. Desde el Derecho Romano se estudió la sociedad como un contrato pero, principalmente autores de derecho público, el iniciador de ellos, León Duguit en su tratado de derecho público, como Hariou, Salle, Salleiles, han discutido la naturaleza jurídica contractual de la sociedad, pero principalmente Duguit, ha negado el carácter contractual para esta operación jurídica, contrato de sociedad.
Pero, desde el punto de vista legal, el derecho positivo mexicano define a la sociedad en los siguientes términos: "Por el contrato de sociedad los socios se obligan mutuamente a combinar sus recursos o esfuerzos para la realización de un fin común, de carácter preponderantemente económico, pero que no constituya una especulación comercial" (art. 2688 del Código Civil). Y tanto la sociedad como la asociación que están reguladas en los Capítulos I y II del Título Decimoprimero del lib ro IV, parte segunda del Código Civil, se encuentran en la parte consagrada al estudio de los contratos en particular.
Se consideran sociedades irregulares, todas aquellas sociedades mercantiles en que el acto de constitución no se haya hecho constar en escritura pública y aquellas otras en que dicha escritura no haya sido inscrita en el Registro de Comercio.
Dicho de otra forma una sociedad irregular es aquella que no cumple con los requisitos de constitución establecidos en la LGSM.
Artículo 2º LGSM.- Las sociedades mercantiles inscritas en el Registro Público de Comercio, tienen personalidad jurídica distinta de la de los socios.
Salvo el caso previsto en el artículo siguiente, no podrán ser declaradas nulas las sociedades inscritas en el registro público de comercio.
(Articulo 3ro LGSM.- Las sociedades que tengan un objeto ilícito o ejecuten eventualmente actos ilícitos, serán nulas y se procederá a su inmediata liquidación, a petición que en todo tiempo podrá hacer cualquiera persona, incluso el ministerio público, sin perjuicio de la responsabilidad penal a que hubiere lugar).
La liquidación se limitara a la realización del activo social para pagar las deudas de la sociedad y el remanente se aplicara al pago de la responsabilidad civil, y en defecto de esta, a la beneficencia pública de la localidad en que la sociedad haya tenido su domicilio.
Artículo 2º LGSM.- Las sociedades no inscritas en el registro publico de comercio que se hayan exteriorizado como tales, frente a terceros consten o no en escritura publica, tendrán personalidad jurídica, y de la misma forma se obligaran al pago de obligaciones que se requieren al constituirse esta, adquiriendo responsabilidades subsidiarias, solidarias e ilimitadas.
Las relaciones internas de las sociedades irregulares se regirán por el contrato social respectivo, y, en su defecto por las disposiciones generales y por las especiales de esta ley, según la clase de sociedad de que se trate.
Los que
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