Sociedades Cooperativas
Enviado por cindy1706 • 18 de Septiembre de 2011 • 9.734 Palabras (39 Páginas) • 1.268 Visitas
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE ZACATECAS
“Francisco García Salinas”
UNIDAD ACADÉMICA DE DERECHO
DERECHO MERCANTIL
SOCIEDAD COOPERATIVA
Zacatecas, Zacatecas; 12 de abril de 2010.
INTRODUCCIÓN
La sociedad cooperativa es una forma de organización social integrada por personas físicas con base en intereses comunes en los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, a través de la realización de actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios.
La sociedad cooperativa tiene como finalidad suprimir el lucro de los intermediarios, en provecho de quienes trabajan en la empresa cooperativa o de quienes de ella reciben bienes o servicios. Derivado de lo anterior podemos afirmar que es una sociedad mercantil puesto que realiza actos de comercio, aunque solo sea entre sus miembros.
Existen dos tipos de sociedades cooperativas de acuerdo al fin que se propongan: Las de Producción (en ésta los socios deben prestar sus servicios en la misma empresa explotada por la sociedad. Salvo excepciones, no deben haber asalariados sino que todos deben tener el carácter de socios), y las de Consumo (tienen por objeto obtener bienes o servicios en común para sus socios, para los hogares de estos o para sus actividades individuales de producción, en esencia deben realizar actividades entre sus miembros y no con el público).
La sociedad cooperativa debe tener una denominación social en la que deberá especificarse qué tipo de responsabilidad adquiere la misma, es decir si responde de sus deudas sólo con los bienes aportados por los socios (S.C.L. Sociedad Cooperativa Limitada), o si, además de estas aportaciones, la sociedad va responder con una cantidad superior a los bienes aportados por los socios (S.C.S. Sociedad Cooperativa suplementada).
El número de socios debe ser igual o mayor a cinco. Al crearse los socios deben exhibir el 10% del total de sus aportaciones.
Una de las ventajas de esta sociedad es que su capital es variable, sin embargo existe la obligación de que se tome el acuerdo en la asamblea de socios y un quórum especial que apruebe la decisión de aumentar o disminuir el capital.
Debe decirse también que la duración de esta sociedad es indefinida.
Como decíamos anteriormente este tipo de sociedades no tiene trabajadores o asalariados pero cuando ello suceda sus relaciones se regirán conforme a la legislación laboral vigente.
Las sociedades cooperativistas deben formar parte de las federaciones cooperativistas, las cuales se forman con 2 cooperativistas por lo menos. Estas federaciones funcionan a nivel regional y tienen como funciones las de las actividades de sus cooperativas, dirimir las controversias entre estas y la de representar y defender sus intereses. Así mismo las federaciones deberán formar parte de la Confederación Nacional Cooperativa. Esta confederación tiene las mismas funciones que las federaciones, pero a nivel nacional.
ÍNDICE
SOCIEDAD COOPERATIVA
I. ANTECEDENTES
Las sociedades cooperativas encuentran su origen en la forma de realizar la industria agrícola o el comercio marítimo por grupos interesados en ello; sin embargo, el florecimiento de estas sociedades, en todas las ramas del comercio y la industria se cristalizó en el siglo XIX, cuando los grandes progresos en la manufactura y la industria provocaron el interés económico de las clases trabajadoras, con la finalidad de crear masas autónomas que dirigieran la explotación de su propia industria, en servicio de quienes necesitaban de ella, con el objetivo de eliminar los intermediarios en las actividades propias de consumo y producción.
Estas sociedades surgen pues, como una respuesta al problema económico que significa para los consumidores asalariados la excesiva intermediación en el mercado.
Nos podemos remontar como ejemplo de las primeras sociedades cooperativas al derecho romano con las sodalitates, la collegia opificium, teniorum, etc., en los cuales la agrupación tenía como fin el prestar ayuda económica a sus miembros. En la Edad Media, los gremios o universidades que tenían una finalidad preponderadamente económica y las cofradías de carácter religioso.
Sin embargo la sociedad cooperativa con sus caracteres actuales, no puede considerarse de antigüedad menor al siglo XIX.
“La primera cooperativa de que se tiene noticia fue la Sociedad de Pioneros (Equitable Pioneers) de Rochdale, Inglaterra fundada en 1844 por 28 obreros textiles con el propósito de adquirir directamente, para su propio consumo, los artículos necesarios para su subsistencia y de esta manera eliminar tanto a los intermediarios como al incentivo de lucro ”
En la actualidad el cooperativismo ha adquirido un gran auge a nivel mundial y se ha diversificado en la prestación de servicios; al otorgamiento de créditos, servicios médicos, a la construcción de viviendas, pero en nuestro país ha tenido poco desarrollo.
Las primeras leyes sobre sociedades cooperativas son: la francesa del 24 de julio de 1867 y la prusiana del 27 de marzo del mismo año. Entre dichas fechas y 1900 aparecieron leyes sobre cooperativas en casi toda Europa.
En México, las sociedades cooperativas originalmente fueron reguladas por el Código de Comercio de 1889 (artículos 238 al 259), este es el tercer Código de Comercio que ha regido nuestro país. Las disposiciones de este Código fueron derogadas por la Ley General de Sociedades Cooperativas el 21 de enero de 1927, la cual fue derogada a su vez por la ley de 12 de mayo de 1933 y complementada por el reglamento de misma fecha. La ley de 1933 y su reglamento fueron derogados por la Ley General de Sociedades Cooperativas de 11 de enero de 1938 que se complementa con su correspondiente reglamento del 16 de junio del mismo año. Por último se emitió la Ley General de Sociedades Cooperativas de 1994 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de agosto de 1994, bajo la presidencia de Carlos Salinas de Gortari.
La actual Ley General
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