Sociedades En Honduras
Enviado por bmnp • 26 de Septiembre de 2014 • 716 Palabras (3 Páginas) • 762 Visitas
Diferencias entre la Sociedad de Responsabilidad Limitada y la Sociedad Anónima en lo que respecta a la finalidad de la Sociedad
S de R.L
El capital debe ser suscrito completamente al momento de su organización y debe ser un mínimo de cinco mil lempiras que puede estar dividida en partes iguales pero multiplicativos de cien lempiras.
El número de socios está limitado a veinticinco.
En la escritura de Constitución se expresan el mínimo y el máximo, debiendo mencionar en tal escritura, la forma en que pagado el autorizado, suscrito y pagado el mínimo. Podrá exhibirse el 50% del valor de cada parte social, pero el total no será menor a Cinco Mil Lempiras.
Existen indistintamente, bajo una denominación o razón
El capital se divide en partes sociales individuales.
S.A
El capital suscrito no sea menor de veinticinco mil lempiras
Un mínimo de dos socios y que cada uno de ellos suscriba al menos una parte del capital
En la escritura de Constitución se expresan el mínimo y el máximo y es obligatorio que únicamente esté suscrito y pagado el mínimo, debiendo mencionar tal escritura, la forma en que será pagado el autorizado. Al menos 25% del valor de cada parte; sea exhibido en efectivo
Denominación Social. Conforme a la Ley, debe ser un sustantivo.
Capital. Igual a la suma de las aportaciones de los socios.
Diferencias entre ambas Sociedades en lo relativo al Capital Social de cada una
S. de RL
Esta sociedad requiere de un monto mínimo (capital social) de 5,000 lempiras para poder ser inscritos como una empresa de responsabilidad limitada. (aproximadamente USD $250) y se divide en partes sociales que pueden ser de valor desigual no inferiores de cien lempiras (L. 100.00) o de un múltiplo de 100.
S. A.
Que el capital social no sea menor de veinticinco mil lempiras (L. 25,000) y que esté íntegramente suscrito. (aproximadamente USD $1.250) (O el 25% del Capital pagado)
Diferencias entre lo que se refiere a los Socios y de las Partes Sociales de ambas y a las Asambleas
S. de RL
Según el código de comercio de Honduras, las una sociedad de responsabilidad limitada puede tener un mínimo de socios de dos (2) personas.
El número máximo no puede exceder de veinte y cinco (25).
Los socios pueden ser personas naturales o jurídicas, hondureñas o extranjeras.
Todos los socios tienen derecho a tomar parte en las decisiones de la empresa.
S. A.
Que haya cinco socios como mínimo, y que cada uno de ellos
...