Teoria General Del Proceso
Enviado por diegoarma • 19 de Diciembre de 2013 • 3.601 Palabras (15 Páginas) • 405 Visitas
ETAPAS PROCESALES
(Teoría General del Proceso)
Proceso penal y procesos no penales (nociones generales).
Su estructura (etapas)
La relación jurídica procesal se desarrolla a través de diversas etapas procesales que son cada una de las subdivisiones que presentan los procesos, y en cuyo transcurso tendrán lugar determinados actos materiales y jurídicos, así como hechos jurídicos, a cargo tanto de las partes como, en su caso, del juzgador. Para examinar brevemente cada una ellas conviene distinguir las que pertenecen al proceso penal y las que corresponden a los procesos diferentes del penal.
Etapas del proceso penal
En México, antes de iniciar el proceso penal es necesario llevar a cabo una etapa preliminar, a la que se denomina averiguación previa, la cual compete realizar al Ministerio Público. Esta etapa empieza con la denuncia, que puede presentar cualquier persona, o la querella, que sólo puede presentar el ofendido o su representante, según el tipo de delito de que se trate.
La averiguación previa tiene como finalidad que el Ministerio Público recabe todas las pruebas e indicios que puedan acreditar el cuerpo del delito y la probable responsabilidad del imputado. Si se prueban estos dos elementos, el Ministerio Público debe ejercer la acción penal en contra del probable responsable, a través del acto denominado consignación, ante el juez penal competente. En caso contrario, el Ministerio Público debe dictar una resolución deno ejercicio de la acción penal y ordenar el archivo del expediente (sobreseimiento administrativo). Por último, si el Ministerio Público estima que, aun cuando las pruebas son insuficientes, existe la probabilidad de obtener posteriormente otras, envía el expediente a la reserva, la cual no pone término a la averiguación previa, sino que sólo la suspende temporalmente.
1. la consignación da paso a la primera etapa del proceso penal, a la cual se denomina preinstrucción. Ésta se inicia con el auto que dicta el juez para dar trámite a la consignación (auto al que se llama radicación o cabeza del proceso), y concluye con la resolución que debe emitir el juzgador dentro de las 72 horas siguientes a que el inculpado es puesto a su disposición (el llamado término constitucional) y en la cual debe decidir si se ha de procesar o no a aquél. El plazo de 72 horas puede prorrogarse únicamente a petición del inculpado.
Cuando el juzgador decide procesar al inculpado, por estimar que el Ministerio Público acreditó el cuerpo del delito y la probable responsabilidad, la resolución que dicta se denomina auto de formal prisión (si el delito por el que se va a seguir el proceso merece pena privativa de libertad) o auto de sujeción a proceso(si la pena no es privativa de libertad o es alternativa). En estos dos autos se fija el objeto del proceso penal.
Si el juzgador considera que no han quedado acreditado el cuerpo del delito o la probable responsabilidad, debe dictar una resolución a la que se designa auto de libertad por falta de elementos para procesar.
2. La segunda etapa del proceso penal es la instrucción, la cual tiene como punto de partida el auto que fija el objeto del proceso y culmina con la resolución que declara cerrada la instrucción. Esta etapa tiene como finalidad que las partes aporten al juzgador las pruebas pertinentes para que pueda pronunciarse sobre los hechos imputados.
3. La tercera etapa del proceso penal se le denomina juicio. Esta etapa final del proceso penal comprende, por un lado, las conclusiones del Ministerio Público y de la defensa y, por el otro, la sentencia del juzgador. En el artículo 1º fracción IV del CFPP se designa a esta etapa primera instancia.
4. Con la sentencia termina la primera instancia del proceso penal. Normalmente, contra la sentencia procede el recurso de apelación, con el que se inicia lasegunda instancia (o segundo grado de conocimiento) la cual debe terminar con otra sentencia, en la que se puede confirmar, modificar o revocar la dictada en primera instancia. A su vez, la sentencia pronunciada en apelación y la sentencia de primera instancia, cuando es inapelable, pueden ser impugnadas a través del amparo, pero sólo por parte de la defensa.
Cabe aclarar que la ejecución de las sentencias penales de condena se lleva a cabo por las autoridades administrativas competentes, por lo que ya no es considerada como una etapa del proceso penal.
Desde la denuncia o querella, hasta el ejercicio de la
Averiguación Previa acción penal con la consignación ante un juez, la
determinación de no ejercicio de aquélla, o la
resolución de la reserva.
1. Preinstrucción Desde la radicación o cabeza del proceso que dicta el
juez, hasta el auto que resuelva la situación jurídica del
inculpado, es decir, donde se fija el objeto del proceso
penal (auto de formal prisión o sujeción a proceso).
Inicia luego de dictado el auto de formal prisión o
Etapas del 2. Instrucción sujeción a proceso y concluye con el auto que declara
Proceso Penal cerrada la instrucción, esto es, antes que el MP emita
sus conclusiones.
...