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TEORIA GENERAL DEL PROCESO


Enviado por   •  24 de Febrero de 2014  •  982 Palabras (4 Páginas)  •  234 Visitas

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TEORIA GENERAL DEL PROCESO

TEORIA GENERAL DEL PROCESO

Enrique Véscovi Ex catedrático de Derecho Procesal en la Facultad de derecho de Montevideo Secretario General del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal

NOCIONES PRELIMINARES Y PRINCIPIOS

1. SOCIEDAD, DERECHO Y TUTELA JURÍDICA

1.- Sociedad, derecho y conflicto.- Sabido es que el hombre no vive aislado, sino en sociedad, y que en esa vida de relación está regulado por el derecho, conjunto de normas de conducta que hacen posible la vida en común y resultan indispensables para su regulación.

Los hombres en sociedad tienen conflictos de intereses en virtud de que los bienes de la vida no alcanzan para las necesidades ni los deseos de todos. Surgen así pretensiones de algunos que no son aceptadas por otros, sino resistidas, lo cual genera la controversia.

El derecho se encuentra entonces frente a conflictos que debe solucionar, pues su finalidad reguladora es, justamente, componer estas controversias. El derecho (objetivo) impone normas de conducta; sin embargo, la simple producción y dictado de esas normas no es suficiente, pues los individuos pueden desconocerlas, por lo que de debe establecerse el mecanismo para que se respeten.

El Estado, que es quien dicta el derecho y en cierto modo lo monopoliza, en la época moderna no solo establece las sanciones para quien no cumpla con las normas de conducta estatuidas (derecho objetivo) y desconozca las facultades de otro miembro de la sociedad (derecho subjetivo), sino que, también, debe establecer los mecanismos para imponerlas.

Dicho de otro modo: la conducta humana se ajusta normalmente al derecho, el cual, por otra parte, recoge como norma la regla social, esto es, lo que habitualmente se cumple; los conflictos, pues, reordinario no se producen, pero en caso de ocurrir, también, generalmente, se resuelven por la vía pacífica. No obstante y para los casos de excepción (pese a ser muchos, son de gran excepción) el Estado debe establecer su tutela jurídica, es decir, la prestación del apoyo y el establecimiento de formas para que se respeten las situaciones jurídicas legítimas y se cumpla con el derecho.

2.- La Solución del conflicto. Diversas formas.- La solución del conflicto puede darse de manera muy diversa. Es lógico que a más antigua y la que resulta natural, como tendencia primitiva del ser humano, es la de la fuerza.

La natural evolución social, y jurídica va excluyendo la fuerza a medida que se progresa; podemos identificar la evolución con el rechazo de la solución mencionada. Por eso los derechos –y las sociedades- que no han evolucionado suficientemente, como sucede en el ámbito internacional, mantienen aún soluciones de conflictos basadas en la fuerza. Y por eso, también, resulta indudable que todas las soluciones de violencia representan un retroceso en la humanidad.

En alguna etapa primitiva –o de desarrollo muy retardado- se llega a la propia regulación de la fuerza como forma sancionadora : por ejemplo, cuando se establece la ley del talión (ojo por ojo, diente por diente, pero

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