Teoria General Del Proceso
Enviado por sandrakevin • 5 de Abril de 2014 • 3.945 Palabras (16 Páginas) • 281 Visitas
TEORÍA GENERAL DEL PROCESO
Sirve para hacer efectivo el derecho sustancial por que este susceptible de violaciones por lo que este sirve de regulador para que se respeten las normas.
PROCESO ORDINARIO
Le derecho procesal tiene como punto de partida el conflicto, y este lo que busca es proteger la convivencia social, el derecho procesal es un derecho de prevención, y los conflictos que se presentan son interpersonales, las personas del derecho público y privado necesitan un representante legal, y las personas naturales deben tener capacidad de goce y ejercicio.
AUTOCOMPOSICIÓN: cuando se soluciona un problema entre las mismas personas, no se necesita de terceros.
AUTOCONPOSICIÓN PROCESAL: cuando se soluciona un problema con la participación de terceros.
TRANSACCIÓN: es un contrato que busca prevenir o continuar un litigio y esta puede ser: procesal o extraprocesal.
DESISTIMIENTO: es cuando se renuncia a las pretensiones y cuando esto se da es que ya se resolvió el problema.
NATURALEZA PROCESAL.
1) RAZÓN DE SER UNIDAD OBJETO Y FIN
*Solucionar conflicto
*certeza
*investigar y sancionar ilícitos procesales
* prevenir ilícitos
*tutelar orden jurídico
*tutelar orden individual, dignidad de las personas y los derechos que la constitución y la ley les otorga.
2) DERECHOS
*Deberes
*Cargas
*Obligaciones
*Facultad
LA UNIDAD PROCESAL DEL DERECHO: esta es la 1° ya que las normas procesales surgen del estado, es decir que somos auto-determinantes, es decir que no tenemos que pedir permiso para crear nuestras propias normas y decisiones (esto es la soberanía).
Hacer política es buscar una mejor forma de vida.
La soberanía es una sola raíz y las normas procesales surgen de esta (del concepto de soberanía) entonces el derecho procesal es unitario.
EL DERECHO PROCESAL TIENE VARIAS RAMAS:
Las normas del derecho procesal son de orden público y de orden privado.
REGLA GENERAL: la voluntad de las personas prevalece sobre los derechos procesales, pero existen ocasiones en donde la voluntad de las personas se puede colocar por encima de las normas de derecho procesal.
OBJETO DEL DERECHO PROCESAL: es buscar soluciones a los conflictos de las personas, hay personas naturales y personas jurídicas, ej. Puede haber conflicto entre personas naturales y el estado.
Ortos conflictos pueden ser entre organismos del estado.
DECLARAR CERTEZA: es la sentencia, paro en ocasiones darle validez a algunas actuaciones.
INVESTIGACION DE LOS ILICITOS PENALES
Los jueces y los magistrados deben ser garantistas, y cuando se está quebrando las garantías el derecho procesal, es quien toma entonces el manejo para volverse garantista.
PREVENIR ILÍCITOS: son usos, previsiones y además se ve materializado cuando a una persona se le da la pena privativa de la libertad con excarcelación y a su vez previene diciendo que no puede hacerse
TUTELAR ORDEN JURÍDICO: proteger las normas y derechos principales que tenemos en nuestra constitución, y si se expiden norma o leyes que vayan en contra de los derechos principales son declaradas inexequibles.
DERECHOS
Las normas procesales son de derecho público.
En un proceso el juez no tiene derecho, los derechos los tiene el demandante, demandado, los terceros intervinientes, los derechos procesales que estas personas tiene están en:
Art 95, numeral 7 Const. Pol., El no ejercicio de los derechos del proceso no es demandable y estos son de carácter publico.
Art. 29 Const. Pol., reglas del debido proceso.
DEBERES: los apoderados, los terceros intervinientes, los jueces.
Art. 37 C.P.C.
Estos deberes son de derecho publico, quien no cumpla con esto deberes les acarreara sanciones, cuando el ministro publico en el proceso tiene deberes y derechos y su incumplimiento acarrea sanción.
CARGAS: el demandado, el demandante, los terceros intervinientes, pueden tener cargas ej. Dijo esto es mío y quiero que le juez lo afirme, y la carga de esto es que yo lo pruebe que si es mío, el supuesto de hecho es que esto es mío por que yo lo compre en…
Las cargas son de derecho publico, la no asunción de las cargas pueden acarrear procesos, es decir el no cumplimiento de las carga conllevan a la perdida del proceso, y se condenan en contra, ósea a pagar todos los gastos que todas las personas que gana el proceso. Art. 177 C.P.C.
OBLIGACIONES: el juez no tiene obligaciones dentro de un proceso.
Las obligaciones tiene carácter económico, una obligación procesal puede ser aquellas que nacen en el proceso, ej. Unas costas que surgen dentro de un proceso y quien pierda es quien cánsela las costas, las costas es la cantidad de dinero que paga la persona que pierde el proceso.
El juez tiene deberes Art. 37 C.P.C.
Los terceros intervinientes, las partes (demandante y demandado) son quien tiene obligaciones procesales.
Art. 90 Const. Pol. “el estado responderá patrimonialmente por daños antijurídicos que sean imputables.
LA LEY ESTATUTARIA TIENE MAYOR JERARQUIA QUE LA ORDINARIA.
Ley 270/96., Art. 153 C.P.C. deberes.
Art 125 Const. Pol. Funcionarios o empleados de servicio público se escogen por medio de concurso de meritos.
Los jueces no tienen jefes, los únicos jefes que estos tienen son la Const. Pol., y una idea idónea de reparación.
Los funcionarios judiciales son: los fiscales, magistrados y jueces.
Los servidores judiciales son: el secretario, escribiente, citador.
Si los testigos al declarar mienten, esto da lugar a un proceso y los sindicadores rinden indagatoria libremente de oda presión en garantía.
Se rinde versión libre cuando no hay investigación formal.
FACULTADES
Lo que puedo hacer o no hacer, y no se acarran sanciones ni para el juez ni para las partes.
Estas facultades surgen como acción del proceso, además estas facultades son de orden público.
Art. 79 C.P.C. una facultad de un juez.
PROCESO GRIEGO
Oral (civil – penal)
Dispositivos (carga de la prueba)
Medios de prueba (testimonio, documento, juramento)
Valoración de la prueba (critica, lógica y razonada)
Inmediación (exclusión testimonio-contextual o de oídas)
Los griegos se ocuparon de los procesos civiles y penales, estos eran orales, es un derecho por esencia concentrado.
...