Teoría General del Proceso
Enviado por ronalramirez • 19 de Mayo de 2014 • Tesis • 3.778 Palabras (16 Páginas) • 251 Visitas
Teoría General del Proceso
La teoría general del proceso puede considerarse como la base del Derecho procesal y estudia, principalmente, las instituciones, principios y conceptos que les son comunes a todo tipo de procesos. Aunque, en apariencia reciente, la teoría general del proceso estudia las diferentes figuras procesales que se conformaron a partir del derecho romano, canónico y germánico.
Contenido [ocultar]
1 Objetivos
2 Plan de Estudios
2.1 Introducción a la Teoría del Proceso
2.2 Solución de Conflictos
2.3 Historia del Derecho Procesal
2.4 Teoría de la Norma Procesal
2.5 Principios Generales
2.6 La Jurisdicción
2.6.1 Garantías subjetivas de la jurisdicción
2.6.1.1 Independencia
2.6.1.2 Juez natural
2.6.1.3 Unidad
2.6.2 Jurisdicción contenciosa y voluntaria
2.6.3 Poderes de la Jurisdicción
2.7 La Competencia
2.8 El Derecho de Acción
2.9 Los Presupuestos Procesales
2.9.1 Generalidades
2.9.1.1 Presupuestos Procesales de la Acción
3 presupuestos procesales de la demanda, denuncia o querella
3.1 El Despacho Saneador
3.2 Presupuesto Procesal para Ser Parte
3.2.1 Capacidad de Goce
3.2.2 Parte del Proceso
3.3 Capacidad para Comparecer en Proceso
3.3.1 Representación legal y Capacidad de Ejercicio
3.3.2 Capacidad Procesal del imputado
3.4 La Postulación para Pedir
3.4.1 Honorarios
3.4.2 Agencias de Derecho
3.4.3 Responsabilidad del Apoderado
3.4.4 Requisitos para su Eficacia
3.4.5 Número de Apoderados
3.4.6 Sustitución
3.4.7 Facultades del Apoderado
3.4.8 Terminación del Mandato
3.5 Demanda en Forma o Debida Individualización de la Pretensión
3.5.1 Individualización de la Pretensión
3.5.2 Individualización y Sustanciación
3.6 Trámite adecuado
3.7 No Caducidad del Término para Proponer la Pretención
3.8 Las Excepciones Mixtas
3.9 La Intervención de Terceros
3.10 La resistencia a la Pretensión
3.11 Los Actos Jurisdiccionales
3.12 La Cosa Juzgada
3.13 La Acción de Tutela
3.14 Ante quien se presenta una tutela?
3.15 Cuándo puede utilizarse la acción de tutela?
4 Evaluaciones
4.1 Múltiple Respuesta
4.2 Falso o Verdadero
4.3 Preguntas de Completar
4.4 Concordancias
5 Referencias
6 Ayudas Auditivas
7 Recursos Externos
Objetivos[editar]
Establecer el alcance y principios del proceso
Observar la función del proceso como elemento de la función jurisdiccional del Estado
Reconocer las instituciones vinculadas al proceso
Identificar las partes y actos del proceso
Identificar los sujetos procesales y sus pretensiones
Conocer los limites de la competencia, cosa juzgada y figuras especiales
Plan de Estudios[editar]
Introducción a la Teoría del Proceso[editar]
La teoría general del proceso puede considerarse como la base del Derecho procesal y estudia, principalmente, las instituciones, principios y conceptos que les son comunes a todo tipo de procesos. Aunque, en apariencia reciente, la teoría general del proceso estudia las diferentes figuras procesales que se conformaron a partir del derecho romano, canónico y germánico. Teoría general del proceso es una disciplina autónoma de muy reciente data y sin duda no faltan quienes consideran que pueden existir diferencias entre la teoría del proceso y el derecho procesal, asunto por lo demás sin trascendencia. De acuerdo al jurista Eduardo B. Carlos, "la teoría general del proceso estudia el conjunto de normas jurídicas que regulan el proceso por cuyo medio el Estado, ejercitando la función jurisdiccional asegura, aclara y realiza el derecho civil"
Solución de Conflictos[editar]
Desde tiempos inmemorables, el hombre ha experimentado diversas maneras de solucionar sus conflictos, generalmente por la fuerza, actividad ésta que pierde todo sentido conforme avanza el desarrollo de la humanidad cuando finalmente el Estado toma para sí la función de imponer sanciones y resolver conflictos.
Existe consenso actualmente en manifestarse que existen tres diferentes modos de solucionar conflictos: a) Autodefensa: el cual su titular hace valer su derecho, Ej. La legítima defensa, la Huelga, la excepción non adimpleti contractus, o la guerra como ultima ratio; b) Autocomposición Se presenta cuando el conflicto es solucionado por la mismas partes, Ej. El desistimiento, el allanamiento, la transación. y; c) Heterocomposición que se presenta cuando un tercero interviene para provocar un arreglo entre las partes Ej. La mediación, la conciliación, el pretrial del derecho anglosajón, el arbitraje, o la misma función jurisdiccional en cabeza del Estado. En algunas jurisdicciones también se aplica una forma accesoria de solucionar los conflictos: Composición Híbrida: esta resulta de la unión de la autocomposición y la heterocomposición que consiste en la participación de un tercero foráneo al conflicto que participa como conciliador, este no impone la solución al conflicto, guía y propone posibles soluciones que quedan a la libre decisión de las partes de aceptar, rechazar o complementar las propuestas del conciliador.
Historia del Derecho Procesal[editar]
esta nace a partir de teorias
Teoría de la Norma Procesal[editar]
Principios Generales[editar]
Indudablemente, existen fundamentos políticos y jurídicos vinculados al derecho procesal. Es así que se considera la Constitución como una de las fuentes formales del derecho procesal, ello sin mencionar, los principios rectores que informan sobre la organización política del estado, la división de poderes y el carácter democrático extendido mundialmente para definir el necesario equilibrio entre el Estado y el individuo.
Estos presupuestos, consideradas verdaderas garantías, permiten desarrollar los principios que le son propios al derecho procesal como son:
Principio de bilateralidad de la audiencia
Principio de formalismo
Principio de autoridad
Principio de economía procesal
Principio de moralidad
La Jurisdicción[editar]
En sentido estricto , por jurisdicción se entiende la función pública de administrar justicia, La jurisdicción (del latín iurisdictio, «decir el derecho») es la potestad, derivada de la soberanía del Estado, de aplicar el Derecho en el caso concreto, resolviendo de modo definitivo
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