Cuasicontratos
Enviado por HELLEN NICOLE SANDOVAL PRADO • 5 de Septiembre de 2023 • Ensayo • 894 Palabras (4 Páginas) • 50 Visitas
CUASICONTRATOS
Los cuasicontratos o quasi ex contratu son aquellas relaciones jurídicas generadoras de obligaciones que se caracterizan por la ausencia de una manifestación de voluntad expresa de las partes. Esto significa que, a diferencia de los contratos, los cuasicontratos no se basan en un acuerdo explícito entre las partes, sino en un acto unilateral. Esta institución jurídica tuvo su configuración a partir del período postclásico (Fernandez, 2017).
De acuerdo con (Utel Universidad, 2020), los casos más conocidos son:
- La aceptación de una herencia, que podía crear deberes del heredero a favor de legatarios o fideicomisos
- La aceptación de un legado que podía crear deberes del legatario a favor de un fideicomisario.
- La copropiedad nacida de circunstancias ajenas a un acuerdo de las voluntades de los copropietarios, como cuando nace de un legado, herencia o donación, o de la commixtio.
- La aceptación de la tutela, que creaba deberes a cargo del tutor y a favor del incapaz. Como éste ni siquiera podía dar un consentimiento válido, se equivale a un cuasicontrato.
- La tenencia de ciertos objetos (como un testamento), que obliga a mostrarlos a otros interesados debe ser sancionada por la actio ad exhibendum.
Algunos de tipos de cuasicontratos reconocidos en el derecho romano son los siguientes (Fernandez, 2017):
GESTIÓN DE NEGOCIOS (NEGOTIORUM GESTIO)
Es la acción de una persona que, sin tener haber mediado encargo y sin estar obligado a la misma por razón de su oficio, asume la gestión de negocios ajenos. Por ejemplo, si alguien asumía la gestión de un negocio de su vecino, que se encontraba enfermo o incapacitado temporalmente, podía reclamar una compensación por sus gastos y esfuerzos en la gestión de los negocios.
En este tipo de cuasicontrato surge una relación obligatoria entre el sujeto que hace la gestión (negotiorum gestor) y aquel en cuyo interés el primero hace dicha gestión (dominus rei gestae, dominus negotii).
Las obligaciones recaen principalmente en el gestor puesto que tiene el deber de terminar los negocios empezados en interés del dominus negotti, a actuar de manera diligente y responsable, así como rendir cuentas de la gestión y transferir los efector de dicho negocio. También tiene derecho a ser compensado por los gastos y costos razonables en los que hubiera incurrido en beneficio de la otra persona. Por su parte, el dominus negotti tendrá que resarcir al negotiorum gestor por los gastos que hay tenido como consecuencia de la gestión y de librarle de las obligaciones asumidas.
En cuanto a las acciones, el dominus negotti tiene a su favor la actio negotiorum gestorum directa, mientras que negotium gestor dispone de la actio negotiorum gestorum contraria.
ENRIQUECIMIENTO ILEGÍTIMO
También conocido como enriquecimiento sine causa o indebiti solutio, ocurre cuando una persona se beneficia de un bien o servicio sin justificación o relación jurídica justificada. Para los juristas romanos, era evidente que, si una persona recibía algo de alguien sin previo acuerdo de voluntades y sin ninguna otra causa que justifique la acción, se generaba en aquella persona que recibió la entrega, la obligación de devolverla; caso contrario, se produciría en el un enriquecimiento ilegítimo.
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