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LEXICOLOGIA JURIDICA.etc


Enviado por   •  12 de Febrero de 2016  •  Documentos de Investigación  •  3.044 Palabras (13 Páginas)  •  323 Visitas

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LEXICOLOGÍA JURÍDICA.

                     

EVICCIÓN:-Del latín =evictio= privación, despojo, que sufre el poseedor y en

                   Especial el comprador de una cosa de buena fe o amenaza de ese  

                   Despojo.

DEMANDA:-Poner en acción al poder judicial.-es el acto procesal, por el cual una persona que se constituye como parte actora o demandante formula su pretensión expresando la causa o causas en que intente fundarse ante el órgano jurisdiccional y con el cual inicia el proceso y solicita una sentencia favorable a su pretensión; la demanda es el acto fundamental  con el que la parte actora inicia el ejercicio de la acción y plantea completamente su pretensión ante el juzgado.

ACTOR:-Demandante, inicia el procedimiento judicial.

DEMANDADO:-Reo, contrario del actor, contesta demanda, Opone excepciones y/o reconviene (contrademanda).

DENUNCIA:-Acción y efecto de denunciar, desde el punto de vista jurídico  es la noticia que de palabra o por escrito se da a la autoridad competente de haber sido cometido un delito o una falta.  Acto oral o escrito por el cual, cualquier persona declara el conocimiento que tiene de un hecho que reviste caracteres delictivos, ante el juez, ministerio público o a la policía.

QUERELLA:-Expresión de un dolor físico o de un sentimiento doloroso. Desde el punto de vista jurídico: acusación ante el juez o tribunal competente, que se ejecuta en forma solemne y como parte del proceso la acción penal contra los responsables de un delito. Es a  solicitud de parte.

EMPLAZAMIENTO:-Emplazar, citar ante un juez o tribunal a una persona o personas. También resulta ser la diligencia judicial que realiza el actuario, ejecutor, en función e su encargo.

ACTUARIO:-Funcionario ante quien pasan los autos y que tiene fe judicial.

EXCEPCIONES:-Es la oposición a la acción ejercitada en la demanda, las excepciones pueden ser:- reales, personales y mixtas, como son: dilatorias  o perentorias, prejudicial, de numerata pecunia, declinatoria, de cosa juzgada.

DILATORIAS:-Incompetencia del juez, litispendencia, conexidad de la causa, falta de personalidad o capacidad en el actor, condición a que esté sujeta a la acción intentada, la división, la excusión.

CONSTITUCION:-Se entiende en el ámbito jurídico como la ley suprema o ley fundamental, carta magna, ley cimera, al igual que la forma o sistema de gobierno. GRAMATICALMENTE, tiene como sinónimo los vocablos temperamento, naturaleza, complexión, aspecto, estatuto, código, carta, reglamento JURIDICAMENTE carta magna, ley suprema o ley fundamental.

LEY:-Proviene de la voz latina LEX. la ley en su significado gramatical o general tiene diferentes acepciones y se pueden considerar los vocablos, caos, anarquía, costumbre, hábito, uso, practica, estado, homólogo.

CÓDIGO:-Se entiende que es el cuerpo de leyes, dispuestas según su plan metódico o sistemático.

RECOPILACIÓN DE LAS LEYES O ESTATUTOS DE UN PAÍS:-Actualmente se denomina código a la fijación escrita que comprende el derecho positivo.

REGLAMENTO:-Es una rama de carácter general é impersonal expedida por el titular del poder ejecutivo con la ejecución de una ley en consecuencia de una función materialmente legislativa aunque formalmente sea administrativa.

DECRETO:-Resolución o disposición de un órgano del estado sobre un asunto de negocio, de competencia que se refiere a un caso particular relativo a determinado tiempo y lugar, en su población, institución o individuos y que encierra cierta formalidad, por ejemplo la publicidad a efecto que sea conocida por las personas a las que va dirigido.

NORMA:-Es la que se debe seguir o a la que se debe ajustar las conductas, tareas u otras actividades.

PRECEPTO:-Concepto que se le da a un artículo de alguna ley o código.

REFORMA:-Cuando alguna ley se reforma, ó modifica é incluso pueden rehacerse.

DEROGACIÓN:-Abolición, anulación o revocación parcial de alguna cosa establecida como ley o costumbre.

VIGENCIA:-Es el conjunto de normas imperoatributivas, que tienen una cierta época y en un país determinado, declara como obligatorias.

PRESCRIPCIÓN:-Acción y efecto de prescribir, concluir un lapso por el solo transcurso del tiempo.

PRESCRIBIR:-Ordenar, determinar una cosa, recetar u ordenar remedios.

DE DERECHO DE PRESCRIBIR:-Adquirir un derecho real o extinguirse un derecho acción de cualquier clase por el transcurso del tiempo en las condiciones previstas por la ley.

OBLIGACIÓN:-Es un vínculo jurídico que constriñe a una persona denominada acreedor con otra persona denominada deudor.

OBLIGACION PURA Y SIMPLE:-Es aquella en la cual va a versar sobre una cosa u objeto y un solo sujeto activo y pasivo.

CONDICIÓN:-Es aquel acontecimiento futuro de realización incierta que suspende o aplaza los efectos jurídicos de la obligación, cuando ésta está afectada de una condición suspendida y si la obligación está afectada de una condición resolutoria los efectos jurídicos quedan extinguidos.

TERMINO:-Es aquel acontecimiento futuro de realización cierta que suspende los efectos de la obligación si éste es suspensivo.

TERMINO EXTINTIVO:-Es aquel acontecimiento futuro de realización cierta que extingue los efectos  de un acto jurídico o de una obligación.

MODALIDADES:-Son aquellas situaciones que van a afectar de forma determinada el acto jurídico o la obligación respecto al objeto y a los sujetos que intervengan en los mismos.

NULIDAD:-Es aquella situación que afecta el acto jurídico en su validez; es decir, aunque este tuvo existencia perfecta,, ha sido afectado en su validez por consiguiente se deja sin efecto jurídico alguno y no produce las consecuencias de derecho para lo cual había sido creado.

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