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DILEMAS ACERCA DE LA DETERMINACION DE LAS UTILIDADES SEGUN LA LEY ORGANICA DE TRABAJAJO VIGENTE (1997)


Enviado por   •  19 de Noviembre de 2013  •  1.395 Palabras (6 Páginas)  •  280 Visitas

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DILEMAS ACERCA DE LA DETERMINACION DE LAS UTILIDADES SEGUN LA LEY ORGANICA DE TRABAJAJO VIGENTE.

Quienes dependen de un salario, empiezan a contar los días que faltan para el cobro de la anhelada bonificación de fin de año o utilidades, con la que planean resolver un sinfín de compromisos, que van desde el pago de deudas hasta la remodelación del hogar.

De este beneficio la mayoría de los trabajadores sólo está pendiente de cuánto cobrarán, pero desconocen cómo se calcula este beneficio establecido en la Ley Orgánica del Trabajo (LOT) y cuáles son sus derechos si no reciben el pago oportuno.

Por ejemplo, si le preguntamos a un trabajador de cualquier empresa privada o público, este lo más probable reconozca que no sabe cómo la empresa calcula sus utilidades y mucho menos sus prestaciones.

Visto el desconocimiento de este beneficio laboral se puede decir; que las utilidades son un derecho previsto en la ley laboral, para los trabajadores que prestan un servicio por cuenta ajena para un patrono, pues así lo dispone el artículo 174 de la Ley Orgánica del Trabajo (L.O.T.).

En virtud, a lo establecido en el artículo 174 de la Ley Orgánica del Trabajo, podemos definir las utilidades como la distribución que debe hacer el empresario entre todos sus trabajadores de por lo menos el quince por ciento (15%) de los beneficios líquidos que obtuvo al fin de su ejercicio anual.

También es importante aclarar que la norma en su artículo 174 parágrafo primero (L.O.T.) establece límites mínimos y máximos que se debe distribuir, atendiendo a las circunstancias de cada empresa. El límite mínimo legal es de quince días de salario y el máximo es de cuatro meses de salario. En aquellas empresas que ocupan menos de cincuenta (50) trabajadores o que su capital es inferior a un Mil bolívares, el límite máximo será de dos meses de salario. Sin embargo estos límites legales pueden ser desvirtuados por los patronos, sólo de forma ascendente, es decir los contratos individuales o colectivos de trabajo pueden establecer cantidades mayores.

Una vez efectuada esta pequeña introducción a continuación se presentan una serie de interrogantes las cuales se hacen los trabajadores cada vez que le corresponden recibir el beneficio de las utilidades:

 Una de las primeras inquietudes que se plantean es ¿Quiénes perciben este beneficio? Este beneficio lo percibe el personal de las empresas que prestan servicio por cuenta ajena. El patrono está obligado a pagar a sus trabajadores dentro de los quince días del mes de diciembre de cada año o en la oportunidad establecida en la convención colectiva, por lo menos quince (15) días de salario imputable a la participación de los beneficios que les pudiera corresponder a cada trabajador en el año económico respectivo. Y una vez determinado el monto a distribuir, el patrono debe pagar el saldo restante dentro de los dos (02) meses inmediatamente siguientes al día del cierre del ejercicio anual.

La ley en su artículo 183, libera o exime del pago de utilidades a las empresa comerciales cuyo capital invertido no exceda del equivalente a (60) salarios mínimos mensuales, las industriales cuyo capital invertido no exceda del equivalente a (135) salarios mínimos mensuales y las empresas agropecuarias cuyo capital invertido no exceda del equivalente a (250) salarios mínimos mensuales, pero las obliga a pagar a sus trabajadores una bonificación equivalente a por lo menos quince días de salario, igual suerte tienen las sociedades que no tengan fines de lucro.

 Otra de las interrogantes que se hacen los trabajadores baja relación de dependencia es ¿Cómo se determinan los beneficios que la empresa debe distribuir entre los trabajadores de la empresa? La determinación de beneficio se encuentra establecido en el artículo 179 de la LOT, donde estable que para determinar la participación que corresponda a cada trabajador, se dividirá el total de los beneficios repartibles entre el total de los salarios devengados por todos los trabajadores durante el ejercicio, esta operación aritmética da como resultado el cociente a distribuir entre los trabajadores.

Entonces la participación correspondiente a cada trabajador será la que resulte de multiplicar el cociente obtenido por el monto de los salarios y salarios devengados por él durante el ejercicio anual.

 Otro

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