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LA ESTADISTICA


Enviado por   •  9 de Abril de 2015  •  1.415 Palabras (6 Páginas)  •  333 Visitas

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RELACIONES DEL DERECHO CON LAS CIENCIAS DE CARÁCTER SOCIAL

GENERALIDADES.

SOCIOLOGIA.

Las sociedades han debido establecer, además de las normas sociales propiamente dichas, otras que sin dejar de ser sociales, pues también son impuestas por la sociedad, las normas jurídica que protegen intereses y valores, cuya violación por parte de un miembro de la sociedad merece ser castigada pues afecta intereses de terceros o de la sociedad en su conjunto.

Por lo tanto las normas jurídicas, cuyo conjunto componen el Derecho, son necesarias para que la sociedad se encauce dentro de lo deseable, y funcione dentro de la legalidad, para que se respeten los derechos de todos.

El Derecho, para regular las conductas sociales, debe conocerlas, y analizar su evolución y cambio, y por ello la Sociología le brinda ese material de conocimiento. Las relaciones entre el Derecho y la sociedad son el objeto de estudio de la Sociología del Derecho, disciplina que data del siglo XIX, que usa como método el de las Ciencias Sociales y muchas veces se vale de la Estadística, de encuestas, sondeos de opinión etcétera.

Por ejemplo las leyes que tratan sobre penalización o despenalización del consumo de drogas o del aborto, necesitan nutrirse de conocimientos sociológicos para observar los efectos que causan en la sociedad la distinta regulación de dichos temas. Muchas veces es la sociedad la que ejerce presión para que se dicten normas jurídicas en uno u otro sentido.

SOCIOLOGIA JURIDICA.

La socióloga jurídica se relaciona con la historia del derecho, que incluye el derecho romano y el derecho comparado. Esta son disciplina auxiliares del derecho y sus autores estudian sistema jurídico.

El derecho romano constituye un sistema jurídico privilegiado porque es una parte del derecho positivo.

Por su parte, el derecho comparado tiene por objeto la búsqueda de los mejores modelos para reforma, ya sea esta legal, jurisprudencia o práctica, de los derechos nacionales, y en ningún caso intentan descubrir correlaciones entre los fenómenos jurídicos para establecer leyes científicas.

La jurídica es el intento de algunos tratadista de agrupar las disciplina sociológica jurídica, históricas del derecho comparado, para oponerla a la ciencia tradicional, puramente dogmática. La característica principal seria la aplicación del método comparativo a los fenómenos jurídicos.

La regla de la objetividad es esencial para el estudio de los fenómenos jurídicos, ya que la más correcta es analizarlo desde afuera, puesto que hacerlos desde dentro se corre el riesgo de dejarse influenciar por lo fenómenos que se analiza.

La historia del derecho como son el derecho romano y el derecho comparado. Los historiadores del derecho y los comparatistas estudian sistema jurídico en lo que participan, siendo una circunstancia accesoria el que esto sistema se sitúen en el pasado o en el extranjero.

El derecho comparado nació en el último siglo bajo la rúbrica de legislación comparada y la expresión era doblemente reveladora. Se trata de poner texto en paralelo con fines sobre todo de refinamiento legislativo. En nuestra época los comparatista están de acuerdo sin dudas de admitir que la compasión puede llevarse más lejos, que no puede recaer no solo sobre la ley, sino también sobre la jurisprudencia,, sobre la practica extrajudicial, e incluso e incluso por la impresión sumaria de los jurista sobre el grado de aplicación de la ley lo cual es ya realismo, pero no es modo alguno sociología..

ECONOMIA.

La Economía puede definirse como la ciencia que “estudia el esfuerzo del hombre para la mejor satisfacción de sus necesidades. Esta disciplina trata de las leyes de producción, circulación distribución y consumo de los bienes. NiKitín, define a la Economía como “la ciencia del desarrollo de las relaciones económicas entre los hombres”. El Derecho se relaciona con la Economía por cuanto es inobjetable que los principios económicos y las actividades económicas requieren de un campo normativo jurídico apropiado que las regule y permita su desarrollo a fin de lograr su finalidad en bien de la sociedad, por tanto, haya necesidad de que cuando las circunstancias y los fenómenos económicos así lo exijan, se deben expedir normas legales de contenido económico.

HISTORIA.

El Derecho y la Historia

Es importante resaltar que la relación entre estas dos ciencias tiene que ver con que muchos fenómenos jurídicos actuales y del presente no pueden entenderse e interpretarse debidamente si se desconocen los antecedentes, su génesis y evolución en las distintas etapas del desarrollo de la humanidad.

Desde la escisión de la sociedad en clases antagónicas y el aparecimiento de la propiedad privada en la desintegración del régimen gentilicio el Derecho

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