Principios Del Procedimiento Administrativo Ambiental
Enviado por jcmagallanes • 30 de Noviembre de 2013 • Ensayo • 1.030 Palabras (5 Páginas) • 353 Visitas
PRINCIPIOS DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO AMBIENTAL.
El Derecho Ambiental es un instrumento rector que tiene como propósito regular, dirigir, prohibir o autorizar actos y hechos derivados de los hombres. Para ello utiliza ciertos instrumentos de control y se apega al uso de numerosos principios, los cuales le rigen y guían en todas sus manifestaciones.
Principio de Precaución
Principio de Prevención
Principio Quien Contamina y Daña Paga
Principio de Responsabilidad Objetiva
Principio de Participación
Principio de Acceso a la Información
Principio de Autodeterminación
Principio de la Introducción de la Variable Ambiental
Principio de Libertad en el Uso de los Bienes Ambientales
Principio de Visión Integral Ambiental
Principio de Priorización
Principio de Conjunción
Principio de Aplicación de Tecnología más Apropiada
Principio de Multo disciplinar edad
Principio de Razonabilidad y Objetividad
Principio de Prohibición ab inicio
Principio del Consentimiento Previo Fundamentado
Principio de Orden Público
Principio de In Dubio Pro Natura
Principio de Cooperación
PRINCIPIO DE PRECAUCIÓN. LA DUDA FAVORECE EL AMBIENTE. IN DUBIO NATURA
Este principio se aplica ante la falta de conocimientos científicos. Se activa ante la incertidumbre o el desconocimiento. Cuando se carece de información respecto a qué impactos tendría una actividad sobre el ambiente y la salud de los seres vivos, se debe proceder a dar aplicación al principio de precaución. Este principio manda a que no se autorice una actividad, ni se proceda a otorgar un permiso, cuando no se tiene una caracterización e identificación de los riesgos que la actividad a autorizar provocará posteriormente una vez autorizada.
Nuestra Ley Ambiental establece el mandato de uso del principio de Precaución cuando manda que: “no podrá alegarse la falta de una certeza científica absoluta como razón para no adoptar medidas preventivas y eficaces en todas las actividades que impacten negativamente el medio ambiente, conforme al principio de precaución”.
El principio de precaución es de tipo anticipatorio; implica la conjugación de elementos políticos, económicos, jurídicos y ambientales, pues el uso del principio se basa sobre la evaluación científica que deben hacer las autoridades administrativas o los ciudadanos para contar con certeza científica acerca del impacto que el uso de un equipo o sustancia puede producir a corto, mediano y largo plazo en el ambiente y las personas. Este principio no está desprovisto de reglas para su uso, lo que obliga, a su vez, a que siempre que se invoque se limite su uso a circunstancias especiales y provisionales.
PRINCIPIO DE PREVENCIÓN
El Principio de Prevención implica la utilización de mecanismos, instrumentos y políticas con el objetivo de evitar daños serios al ambiente y la salud de las personas. Este principio encuentra su sustento en la legislación ambiental dominicana en los artículos 8 y 12 de la Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales y con anterioridad se recoge en los artículos 2, 4 y 7 de la Declaración de Estocolmo sobre el Medio Humano y en el artículo 130 del Tratado de Maastricht.
El principio de prevención es el más importante de todos, a tal punto, aseguran algunos, que si se aplica eficientemente los demás principios no tendrían razón de ser. Su función básica es evitar y prever el daño antes de que se produzca,
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