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Procedimiento Administrativo


Enviado por   •  7 de Noviembre de 2012  •  832 Palabras (4 Páginas)  •  266 Visitas

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la Ley Federal de Procedimiento Administrativo contempla que los actos administrativos de carácter general, tales como reglamentos, decretos, acuerdos, normas oficiales mexicanas, circulares y formatos, así como los lineamientos, criterios, metodologías, instructivos, directivas, reglas, manuales, disposiciones que tengan por objeto establecer obligaciones específicas

Los actos administrativos pueden dictarse sin necesidad de una etapa preparatoria, generalmente, se hace necesario una serie de actos y tareas que los preparen.

Las disposiciones relativas al procedimiento administrativo son aplicables a la actuación de los particulares ante la Administración Pública Federal, así como a los actos a través de los cuales se desenvuelve la función administrativa.

La actuación administrativa en el procedimiento se desarrollará con arreglo a los principios de economía, celeridad, eficacia, legalidad, publicidad y buena fe.

Podrá iniciarse de oficio o a petición de parte interesada y la Administración Pública Federal no podrá exigir más formalidades que las expresamente previstas en la ley.

Formalidades del procedimiento a instancia de parte

Según el artículo 15 de la LFPA:

Por escrito

Nombre, denominación o razón social (en su caso del representante legal)

Domicilio

Para recibir notificaciones,

Persona o personas autorizadas para recibirlas

Requisitos Petición que se formula

Hechos o razones que dan motivo a la petición

Órgano administrativo a que se dirigen

Lugar y fecha de su emisión

Firma (interesado o representante legal) huella digital (no sepa o no pueda firmar)

Debe adjuntarse documentos que acrediten su personalidad, así como los que en cada caso sean requeridos en los ordenamientos respectivos.

Promoción debe presentarse en original, y sus anexos, en copia simple, en un tanto (si quiere acuse de recibo, adjuntar una copia más).

Los promoventes con capacidad de ejercicio podrán actuar por sí o por medio de representante o apoderado.

Todo servidor público estará impedido para intervenir o conocer de un procedimiento administrativo cuando:

I. Tenga interés directo o indirecto en el asunto de que se trate o en otro semejante, cuya resolución pudiera influir en la de aquél; sea administrador de sociedad o entidad interesada, o tenga litigio pendiente con algún interesado;

II. Tengan interés su cónyuge, sus parientes consanguíneos en línea recta sin limitación de grados, colaterales dentro del cuarto grado o los afines dentro del segundo;

III. Hubiere parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los

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