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ACEPCIONES DEL DERECHO LABORAL


Enviado por   •  9 de Marzo de 2014  •  1.425 Palabras (6 Páginas)  •  6.642 Visitas

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ACEPCIONES DEL DERECHO LABORAL

Definición.

Conjunto de normas y principios teóricos que regulan las relaciones jurídicas entre empleadores y trabajadores y de ambos con el estado, originado por una prestación voluntaria, subordinada, retribuida de la actividad humana, para la producción de bienes y servicios. "No se presume la gratitud del trabajo".

Características del Derecho Laboral

• Es autónomo: Porque a pesar de que forma parte del Derecho Positivo tiene sus propias normas, es independiente.

• Es dinámico: Porque regula las relaciones jurídicas laborales, establecidas entre los dos polos de la sociedad capitalista.

• Es de gran fuerza expansiva: Porque nació protegiendo a los obreros y luego a los empleados. Es eminentemente clasista.

• Es imperativo: Como normas del Derecho Público es imperativo y por lo tanto no puede renunciarse ni relajarse por convenios particulares.

• Es concreto y actual: Si bien es cierto que en la Ley del Trabajo existen normas de carácter abstracto, la normativa está adaptada a las necesidades del país, teniendo en cuenta la diversidad de sexos, los regímenes especiales del trabajo como por ejemplo del trabajo de menores, aprendices, mujeres, trabajadores domésticos, conserjes, trabajadores a domicilio, deportistas y trabajadores rurales.

Concepto Doctrinario del Derecho Laboral (coloquial): Es el conjunto de principios y norma positivas de la Prestación Subordinada y Retribuida de la Actividad Humana (Juan Gali Pujato).

Concepto Doctrinario (textual): Es el conjunto de normas que regulan las Relaciones Individuales (Un Trabajador y un Patrón) y Colectivas (Un Patrón y un Sindicato o un Conjunto de Trabajadores que representan el interés profesional de una Empresa) de Trabajo, así como los Procedimientos de Actuación de la Autoridad Judicial y de las Partes (Trabajador y Patrón), a fin de resolver un conflicto mediante la aplicación de las normas del Derecho Laboral al caso concreto.

Definición Legal (art. 65 L.O.T):

“Se presumirá la existencia de una relación de trabajo entre quien preste un servicio personal y quien lo reciba”

Se exceptuarán aquellos casos en los cuales, por razones de orden ético o de interés social, se presten servicios a instituciones sin fines de lucro con propósitos distintos a los de la relación laboral”. Si yo doy clases gratuitas en Fe y Alegría, no pudo demandar luego a dicha organización por conflictos laborales. Es importante destacar que para saber si hay o no una relación laboral es necesario estudiar cada caso en concreto.

EL TRABAJADOR

Definicion:

Es la persona física que con la edad legal suficiente presta sus servicios retribuidos subordinados a otra persona, a una empresa o institución

Características:

 Habilidades sociales:

- Empatía

- Interrelación con otros

- Persuasión

- Capacidad de comunicación

 Habilidades profesionales:

- Trabajo en equipo

- Control del estrés

- Capacidad analítica

- Argumentación

- Innovación y creatividad

- Iniciativa

Clasificación (Obrero-empleado) Art.41 LOT

Art. 41 LOT: “Se entiende por empleado el trabajador en cuya labor predomina el esfuerzo intelectual o no manual. El esfuerzo intelectual, para que un trabajador sea calificado de empleado, puede ser anterior al momento en que presta sus servicios y en este caso consistirá en estudios que haya tenido que realizar para poder prestar eficientemente su labor, sin que pueda considerarse como tal el entrenamiento especial o aprendizaje requerido para el trabajo manual calificado”.

Por la clase de trabajo desempeñado:

En el ámbito anglosajón es costumbre agrupar bajo el color teórico del cuello de su camisa a los trabajadores según el tipo de oficio que desempeñen. Así pueden clasificarse los trabajadores:

• Cuello blanco (white collar workers) serían aquellos que se encargan de tareas "de oficina", administrativos, ejecutivos, oficinistas, etc.

• Cuello azul (blue collar workers), habitualmente trabajadores de industria, fábricas y talleres. Serían obreros, operarios, oficiales, mecánicos...

• Cuello rosa (pink collar worker) son aquellos del sector servicios (sanidad, educación, trabajador doméstico, etc.).

• Cuello verde (green collar worker) hace referencia al trabajador dedicado a sectores de la economía social (o tercer sector) y de la economía sostenible (ver sostenibilidad y desarrollo sostenible).

Por el tipo de contrato de trabajo: Según el tipo de contrato y su duración temporal u horaria:

Por su condición:

• Trabajador fijo o indefinido, incluyendo al trabajador fijo discontinuo11 .

• Trabajador temporal, tanto en las modalidades de eventual, por obra y servicio o por interinidad, entre otras.

Por la jornada:

• Trabajador con contrato a tiempo completo.

• Trabajador con contrato a tiempo parcial.

Por el tipo de relación de dependencia

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