FILOSOFIA DEL DERECHO
Enviado por GORCHS • 4 de Marzo de 2012 • 2.440 Palabras (10 Páginas) • 451 Visitas
FILOSOFÍA DEL DERECHO
EL CONCEPTO DE FILOSOFÍA JURÍDICA
Uno de los rasgos más específicos de la Filosofía del Derecho es la búsqueda de un conocimiento integral de la realidad jurídica. La Filosofía del derecho encuentra aquí parte de su justificación y un espacio coherente en el que ubica y orienta su tarea específica.
La comprensión de la realidad jurídica no se agota en el simple análisis científico de las estructuras normativas o de los ordenamientos jurídicos. El derecho se forma y actúa a través de elementos o de factores que no son meras estructuras lógicas.
El derecho, además de ser un fenómeno normativo, es también una realidad política, económica, cultural, histórica, moral, esto es una realidad difícilmente comprensible en su totalidad desde una perspectiva estrictamente científica. Por tanto, no todas las posibilidades de conocimiento y crítica del Derecho quedan agotadas por las distintas disciplinas particulares por muy satisfactorios que sean sus rendimientos.
El Derecho, tanto en su creación, interpretación, aplicación y funcionamiento, como en su dimensión práctica, genera múltiples problemas de carácter epistemológico, metodológico y axiológico que no pueden ser conocidos desde una perspectiva particular, debido a las limitaciones metodológicas de cada disciplina jurídica concreta. Tal situación demanda una reflexión filosófico-jurídica. Las disciplinas particulares intentan estudiar el Derecho en vigor pero el sentido mismo del Derecho es algo que se les escapa. Aunque el concepto de Derecho no es un concepto "a priori" en el sentido kantiano, sino un concepto reconstruido con la ayuda de la experiencia, necesita ser elaborado por una Teoría que pueda elevarse por encima de las diversas disciplinas jurídicas.
Una Teoría del Derecho que transcienda el mero hecho normativo no es sólo una teoría científica.
El Derecho es una compleja realidad de normas e instituciones que comprometen seriamente la vida, la libertad y la dignidad del hombre. A todo hombre (jurista o no) le interesa comprender no sólo qué es el Derecho y cómo se organiza la sociedad en torno al Derecho. Le interesa sobre todo, qué debe ser y cómo debe ser el Derecho, puesto que la ciencia sólo se preocupa de los hechos (las normas), todo lo que haga relación con el deber-ser se le escapa, debido a sus propias exigencias metodológicas, todo lo que sea transcender el ser del Derecho e introducirse en su valoración, en su crítica, en su deber-ser y en los fines a que debería servir es hacer filosofía y no ciencia del Derecho.
Los temas de la filosofía jurídica
Aun en la múltiple diversidad de la actividad intelectual de la filosofía jurídica, hay cierto consenso en torno a algunos ejes centrales de su contenido:
1) Una reflexión sobre el ser del Derecho para obtener su concepto, lo que constituye la Teoría del Derecho (Ontología jurídica).
2) Una reflexión sobre la clase de conocimiento que posibilita el Derecho: la Teoría de la ciencia jurídica (Epistemología jurídica).
3) Una reflexión sobre el deber ser del Derecho para introducir criterios de valoración moral en torno al Derecho: la Teoría de la Justicia (Axiología jurídica).
La Teoría del Derecho (Ontología jurídica o Teoría Fundamental del Derecho) tiene que ver con la determinación de la noción del Derecho en general como fenómeno normativo inserto en la trama de las relaciones sociales. Pueden concretarse como problemas propios de la Teoría del Derecho los siguientes:
1. Las relaciones entre Derecho y poder, y las relaciones entre Derecho y Estado.
2. Distinción y relación entre Derecho y moral
3. Las relaciones entre Ética, Derecho y poder, en un modelo que conecte esta tres realidades. Este modelo presupone que el poder, como hecho fundante básico, introduce en el Derecho (legaliza) un determinado sistema moral, una moral pública, de forma que la moral queda legalizada y recibe el soporte de la fuerza del Estado.
4. La Teoría de la norma (estructura, tipos, clasificación, criterios, concepciones...) y la Teoría del ordenamiento. Esto incluye las propiedades de unidad (validez y norma fundamental), plenitud (lagunas y su integración), coherencia (antinomias y criterios para su eliminación) y las relaciones entre los ordenamientos:
- Sistema de fuentes (Teoría de la producción normativa.
- El problema de la interpretación y aplicación del Derecho.
- La producción normativa o "genética de las leyes".
- Estructura y función del Derecho.
- Las interrelaciones Derecho-sociedad y los problemas sociológicos de la eficacia, la efectividad y la eficiencia del Derecho.
- Análisis de los conceptos jurídicos fundamentales (norma jurídica, obligación, sanción y coacción).
- Las principales concepciones jurídicas que expresan los diversos modos de ver y entender el Derecho como fenómeno humano. Este debate entre el iusnaturalismo y el positivismo –también el realismo- para determinar el tipo de concepto más apropiado para dar cuenta del fenómeno jurídico es una cuestión central de una Teoría del Derecho.
La Teoría de la Ciencia jurídica (Epistemología jurídica o Teoría del conocimiento jurídico), se enfrenta con los problemas planteados por la existencia y desarrollo del propio conocer jurídico. Tiene por objeto básico la reflexión crítica sobre la ciencia del Derecho y la actividad propia de los juristas. Temas propios de esta parte de la Filosofía del Derecho que tiene por objeto la fundamentación crítica del conocimiento jurídico son, entre otros, los siguientes:
1. Los interrogantes básicos que plantea el propio conocimiento humano (objetividad, certeza, el problema del método).
2. Significado, fundamento y limitaciones del conocimiento jurídico y la situación de la ciencia del Derecho en el panorama general del conocimiento científicos.
3. Procedimientos lógicos, hermenéuticos y metodológicos mediante los cuales los juristas llevan cabo su tarea de comprender, interpretar y aplicar el Derecho (Lógica y Metodología jurídicas).
4. Análisis del lenguaje y de las categorías científico-jurídicas utilizadas.
5. Función social de la Dogmática
6. Perspectiva histórica del nacimiento de la ciencia jurídica a partir de los modelos de ciencia en los que se inspiró la concepción positivista
7. La actividad doctrinal de los estudiosos del Derecho guiados por la tarea de construir un sistema (teoría de la dogmática jurídica).
La
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