FILOSOFIA
Enviado por TEREANG68 • 27 de Enero de 2015 • 980 Palabras (4 Páginas) • 216 Visitas
Centralización Administrativa
CONCEPTO: Es una forma de organización administrativa en la cual los entes del poder ejecutivo se estructuran bajo el mando unificado y directo del titular de la administración pública.
La centralización existe cuando el conjunto de órganos administrativos está enlazado bajo la dirección de un órgano central único.
La centralización administrativa es la forma fundamental en la cual se encuentran organizadas las entidades públicas de carácter administrativo.
La principal cualidad de la centralización administrativa, es que las entidades centralizadas se encuentran relacionadas entre sí por un vínculo jerárquico constante, en la cúspide se encuentra el Presidente y subordinados a él todos aquellos órganos públicos inferiores.
Las ordenes y la toma de decisiones de la administración pública centralizada descienden del órgano mayor al inferior, de tal manera que todas las entidades administrativas guardan un orden y obedecen a los imperativos que emite la cúspide de la organización central.
Todo ente inferior se encuentra supeditado al superior, y cada órgano administrativo tiene su propia competencia.
La competencia administrativa es al órgano administrativo lo mismo que la capacidad a las personas.
La competencia consiste en una serie de facultades y obligaciones jurídicas que la legislación atribuye a los órganos de la administración para que hagan, no hagan o se abstengan.
La competencia así determinada por la ley fija las circunstancias en las que el órgano tiene la obligación de actuar o abstenerse en cierta materia o área de la administración, así como determina el grado de actuación y la superficie territorial en la que habrá de circunscribirse la actuación del órgano.
Las entidades que forman parte de la Administración Pública Central o Centralizada reciben la denominación de órganos administrativos.
Los órganos administrativos que forman parte de la Administración Pública Federal son las Secretarías de Estado y la Consejería Jurídica.
Artículo 26 Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.- Para el despacho de los asuntos del orden administrativo, el Poder Ejecutivo de la Unión contará con las siguientes dependencias:
Secretaría Titular
Secretaría de Gobernación
Miguel Ángel Osorio Chong
Relaciones Exteriores
José Antonio Meade Kuribreña
Defensa Nacional
Salvador Cienfuegos Zepeda
Marina
Vidal Francisco Soberón Sanz
Seguridad Pública
Manuel Mondragón y Kalb3
Hacienda y Crédito Público
Luis Videgaray Caso
Desarrollo Social
Rosario Robles Berlanga
Medio Ambiente y Recursos Naturales
Juan José Guerra Abud
Energía
Pedro Joaquín Coldwell
Economía
Ildefonso Guajardo Villarreal
Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural,
Pesca y Alimentación
Enrique Martínez y Martínez
Comunicaciones y Transportes
Gerardo Ruiz Esparza
Función Pública
Julián Alfonso Olivas Ugalde5
Educación Pública
Emilio Chuayffet Chemor
Salud
Mercedes Juan López
Trabajo y Previsión Social
Alfonso Navarrete Prida
Secretaría de la Reforma Agraria
Jorge Carlos Ramírez Marín
Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Jorge Carlos Ramírez Marín
Turismo
Claudia Ruiz Massieu Salinas
Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal
Humberto Castillejos Cervantes
Procuraduría General de la República
Jesús Murillo Karam
Comisión Nacional de Seguridad
Manuel Mondragón y Kalb
Formas de Organización Administrativa
IMPORTANCIA: La necesidad de establecer y ordenar de manera coordinada a los entes que conforman a la administración pública, se debe a que sólo así se logra alcanzar una operatividad adecuada a sus
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