Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales
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PROTOCOLO EXPOSICIÓN
Pontificia Universidad Javeriana
Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales
Maestría en Estudios Políticos
Introducción a los Estudios Políticos
William Aranguren Rojas
Código: 00020151580
Profesor: Miguel Ángel Herrera Zgaib
Fecha: Agosto 15 de 2015.
Citas Textuales:
“Pues es pecado lo que no puede hacerse o está prohibido por el derecho, mientras que obediencia es la voluntad constante de ejecutar lo que es bueno según derecho y que, por unánime decisión, debe ser puesto en práctica”. (Cap. 2 Numeral Pág. N° 121).
“Vemos, pues, que cada ciudadano no es autónomo, sino que depende jurídicamente de la sociedad, cuyos preceptos tiene que cumplir en su totalidad, y no tiene derecho a decidir que es justo o inicuo, piadoso o impío”. (Cap. 3 Numeral Pág. N° 129).
“Todas estas funciones. Así como los medios necesarios para llevarlas a cabo, son todas ellas asuntos que conciernen a la totalidad del cuerpo del Estado, es decir, a la cosa pública. Por consiguiente, los asuntos estatales dependen exclusivamente de la gestión de quien detenta la potestad suprema”. (Cap. 4 Numeral Pág. N° 143).
“Cuál sea la mejor constitución de un Estado cualquiera se deduce fácilmente del fin del estado político, que no es otro que la paz y la seguridad de la vida. Aquel estado en el que los hombres viven en concordia y en el que los derechos comunes se mantienen ilesos es, por tanto, el mejor”. (Cap. 5 Numeral Pág. N° 149).
“Así pues, para que el Estado monárquico este correctamente organizado, es indispensable que sean firmes los fundamentos sobre los cuales se levanta. Es decir, que ellos deben garantizar la seguridad del monarca y la paz de la multitud, de forma que aquél sea tanto más independientes cuanto más vele por la salvación de esta.” (Cap. 6 Numeral Pág. N° 158).
“Por consiguiente, la multitud solo transfiere libremente al rey aquello que no puede, por si misma, mantener en su poder, es decir, la solución de las controversias y la rapidez de las decisiones”. (Cap. 7 Numeral Pág. N° 181).
“Así, pues, en el momento de precisar los fundamentos del Estado aristocrático, hay que procurar, en primer término, que se apoyen únicamente en la voluntad y el poder de su consejo supremo, de suerte que éste sea, en la medida de lo posible, autónomo y la multitud no signifique para el amenaza alguna”. (Cap. 8 Numeral Pág. N° 216).
“Al establecer las bases del Estado aristocrático hemos observado, ante todo, estas dos condiciones, a saber, que la plebe quedara apartada tanto de las deliberaciones como de las votaciones. Por eso hemos establecido que la suprema potestad del Estado resida en todos los patricios, la autoridad, en cambio, en los síndicos y en el senado y (de proponerle) los asuntos relativos al bien común, en los cónsules, elegidos del mismo senado”. (Cap. 8 Numeral Pág. N° 250).
“He ahí lo relativo a los fundamentos de este Estado. Que su condición es mejor que la de aquel que recibe su nombre de una sola ciudad, lo concluyo de lo siguiente. Los patricios de cada localidad, como acostumbra el humano deseo, se esforzaran en conservar y si es posible, aumentar su derecho tanto en la ciudad como en el senado”. (Cap. 9 Numeral Pág. N° 265).
“En el Estado democrático, en efecto, todos los que nacieron de padres ciudadanos o en el solio patrio, o los que son beneméritos del Estado o que deben tener derecho de ciudadano por causas legalmente previstas, todos estos, repito, con justicia reclaman el derecho a votar en el consejo supremo y a ocupar cargos en el Estado, y no se les puede denegar, a no ser por un crimen o infamia”. (Cap. 11 Numeral Pág. N° 283).
Autor (biografía intelectual y política):
Baruch Spinoza/Baruch de Spinoza/Benedicto de Espinosa (Ámsterdam, 1632 - La Haya, 1677) Filósofo neerlandés. Hijo de judíos españoles que en principio emigraron a Portugal y luego a los Países Bajos; estudió hebreo y la doctrina del Talmud (discusiones de los rabinos sobre leyes judías). La ciudad de Ámsterdam representa la capital cultural y comercial que hizo parte de la liga hanseática mientras que La Haya fue la sede de gobierno y por tanto un centro político; los padres de Spinoza emigraron a Ámsterdam por la pluriculturalidad en cuanto a la religión y el propio Spinoza pudo trasladarse a La Haya para involucrarse en asuntos políticos.
Cursó estudios de teología y comercio; por la fuerte influencia que ejercieron sobre Spinoza los escritos de Descartes y Hobbes, se alejó del judaísmo ortodoxo. Su crítica racionalista de la Biblia provocó que fuese por último excomulgado por los rabinos en 1656. Se retiró a las afueras de Ámsterdam, como pulidor de lentes. En 1670 le fue ofrecido presentar catedra en filosofía en la Universidad de Heidelberg, pero Spinoza rechazo tal oferta ya que le exigían no perturbar ninguna religión públicamente establecida.
Entre sus obras principales se encuentran Tratado Teológico – Político (1670), Ética (1661 - 1675), Tratado Político (1675 - 1677) y su Correspondencia (1661 - 1676). Las obras de Spinoza en un principio fueron escritas en latín y holandés, después de su muerte sus amigos publicaron todas sus obras como manuscritos inéditos y obras sin completar en latín y holandés.
La vida política de Spinoza es difícil de recordar ya que poco se vio reflejado en la historia, pero cabe resalta su amistad con Jan de Witt quien fuera jefe de gobierno y quien le consultaba a Spinoza en matemáticas y materias importantes según dice J.M. Lucas, además se dice que el tratado teológico-político fue una obra creada para ayudar a de Witt que al mismo tiempo no promovió la censura ya que lo aprobaba.
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