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Filosofia


Enviado por   •  10 de Septiembre de 2014  •  1.632 Palabras (7 Páginas)  •  272 Visitas

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Capitulo 7: “Justicia y Moral”

Para elucidar las “CARACTERISICAS DISTINTIVAS DEL DERECHO COMO MEDIO DE CONTROL SOCIAL” , hemos creido necesario introducir elementos que no pueden ser elaborados a partir de ideas de una orden , amenaza, obediencia, hábitos y generalidad. Mucho de lo que es característico del D queda desfigurado por el esfuerzo de explicarlo en términos simples. Creimos necesario DISTINGUIR asi , entre la idea de “HABITO GRAL” y la de “REGLA SOCIAL” y subrayar el “ASPECTO INTERNO DE LAS REGLAS “ manifestado en su uso como pautas o criterios de conducta orientadores y críticos. Distinguimos luego entre las REGLAS PRIMARIAS DE OBLIGACION y las REGLAS SECUNDARIAS DE RECONOCIMIENTO , ADJUDICACION Y CAMBIO . El tema principal de este libro es que son tantos los actos distintivos del derecho y tantas las ideas constitutivas de la estructura del pensamiento jurídico que requieren para su elucidación la referencia a uno o a ambos de estos dos tipos de reglas (primarias o sec) , que su unión puede ser considerada con justicia como “la escencia” del D , aunque los dos tipos de reglas no siempre aparezcan juntas dondequiera se use la palabra D. Nuestra justificación para atribuir a la unión de las reglas primarias y secundarias este lugar central no es que ella desempeña allí el papel de un diccionario , sino que tiene un GRAN PODER EXPLICATIVO.

Debemos examianar ahora el debate sobre la “ESENCIA” , o la “NATURALEZA” o la “DEFINICION” del D , ha sido opuesta con mas frecuencia a la teoría simple del imperativo que hemos considerado inadecuada. Se trata de la afirmación gral de que “entre el derecho y la moral hay una conexión en algún sentido NECESARIA” y que es esto lo que debe ser considerados como CENTRAL en cualquier intento de analizar o elucidar la nocion de D.

La pretencion de que hay una “coneccion NECESARIA entre el D y la moral tiene muchas variantes de importancia , pero no todas conspicuas por su claridad. Hay muchas interpretaciones posibles de los términos claves “NECESARIA” Y “MORAL” y ellas no siempre han sido distinguidas o separadas adecuadamente por los partidarios o críticos.

La forma mas clara de expresión de este punto de vista , quizá porq es la mas extrema es , es aquella asociada con la TRADICION TOMISTA DEL DERECHO NATURAL . ella comprende una TESIS DOBLE: 1° , que hay ciertos principios de verdadera moral o justicia , descubribles por la razón humana sin la ayuda de la revelación , aun cndo tiene origen divino. 2°que las normas o leyes humanas que contradicen estos principios NO son D valido , “lex injusta non est lex”

Algunos otros conciben la moral no como principios inmutables de conducta , descubribles por la razón , sino como expresiones de actitudes humanas frente a conductas que pueden variar de sociedad en sociedad o de individuo a individuo. Las teorías de este tipo usualmente sostienen tmb que el conflicto entre el D y las exigencias de la moral , aun las mas fundamentales ,no es suficiente para privar a una regla de su STATUS jurídico , esas teorías interpretan de manera DIFERENTE la conexión NECESARIA entre el D y la moral. sostienen que para que exista un sistema jurídico tiene que haber un Reconocimiento ampliamente difundido , aunque no necesariamente universal , DE UNA OBLIGACION MORAL DE OBEDECER EL DERECHO , si bien esta obligación puede ser desplazada en casos particulares por una obl moral mas fuerte de no obedecer normas particulares moralmente inicuas.

Para hacer un examen critico respecto a las diferentes teorías de la conexión del derecho y la moral y sin entrar en el campo de la filosofía moral , es posible dar al lector reflexivo material suficiente para que forme una opinión razonada de la verdad e importancia de tales pretenciones.

A este fin lo que mas hace falta es SEPARAR E IDENTIFICAR ALGUNOS PROBLEMAS confundidos hace mucho tiempo que consideraremos en este capitulo y el ste.

DOS PROBLEMAS :

EL 1° APUNTA A LA DISTINCION , DENTRO DE LA ESFERA GRAL DE LA MORAL , DE LA IDEA ESPECIFICA DE JUSTICIA Y DE LAS NOTAS ESPECIALES QUE DAN CUENTA DE SU CONEXIÓN PECULIARMENTE INTIMA CON EL D.

EL 2° SE REFIERE A LAS CARACTERISTICAS QUE DISTINGUEN LAS REGLAS Y PRINCIPIOS MORALES NO SOLO DE LAS REGLAS JURIDICAS SINO DE TODAS LAS OTRAS FORMAS DE REGLAS SOCIALES O CRITERIOS DE CONDUCTA.

Estos dos problemas constituyen el tema de este puto capitulo ¡!!!! El 3° que es el tema del prox capitulo , se refiere a los muchos sentidos y maneras diferentes en que puede decirse que las reglas jurídicas y la moral están relacionados.

PRINCIPIOS DE JUSTICIA:

Los términos con que los juristas usan con mas frecuencia para ensalzar o censurar el D o su Administracion , son las palabras “JUSTO” e “INJUSTO” y muy a menudo

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