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Hobbes Y El Estado De La Naturaleza


Enviado por   •  8 de Septiembre de 2013  •  2.835 Palabras (12 Páginas)  •  315 Visitas

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Seminario: Estado Moderno, una mirada desde la filosofía política.

Profesora: Andrea Pac.

Trabajo Final: Hobbes y el estado de la naturaleza.

Alumno: Gonzalez Fernando.

Índice

Introducción…………………………………………………………………….. Pág. 3

El estado de la naturaleza……………………………………………………….. Pág. 4

Sobre la paz y la guerra en el estado de la naturaleza………………………….. Pág. 5

¿Existe la libertad en el estado de la naturaleza?.................................................. Pág. 6

El aislamiento y el pacto…….…………………………………………………. Pág. 7

Conclusión……………………………………………………………………… Pág. 8

Introducción

A partir del siglo XVII diversos autores comenzaron a tratar, utilizando para ello un método y un enfoque racional, la cuestión del derecho natural. Estos autores, a quienes conocemos como iusnaturalistas, se encargaron de desarrollar y difundir textos sobre éste tema, que incluyen asuntos como el derecho público y privado y el problema del fundamento y la naturaleza del Estado.

Estos autores, más allá de sus diferencias, intentaron desarrollar una filosofía política racional y universal separada de todo rastro teológico, basada en un análisis y una crítica racional de los fundamentos de la misma. A los iusnaturalistas, por lo tanto, los une el método racional, el afán por encontrar leyes que expliquen el funcionamiento de la sociedad y de los individuos que forman parte de la misma.

Uno de los principales autores iusnaturalistas es quien se ha elegido para trabajar en la presente monografía, Thomas Hobbes. En su obra, uno de los temas clave es el del origen y la naturaleza del Estado. Él autor, a diferencia de las tradiciones anteriores, las cuales concebían al Estado como un producto evolutivo desde organizaciones sociales precedentes (familia, clan, aldea), ve al Estado como un producto de la voluntad humana. Hobbes fue el primero en plantear una dicotomía cerrada entre un estado de la naturaleza y un estado civil, debiendo el hombre elegir entre ellos. El primero es un Estado no político, el cual podría encontrarse, según algunos autores, en los siglos XVII y XVIII en algunas sociedades denominadas “primitivas”. El segundo es un estado político, al cual se llega a través del consenso de los ciudadanos y de un pacto realizado por ellos. Esta noción de pacto y transferencia de poder de decisión al soberano es otro aspecto innovador de la obra de Hobbes, sobre la cual los autores iusnaturalistas van a realizar sus trabajos discutiendo estas obras.

Hobbes, además, es el primer autor en aplicar los métodos de las ciencias exactas para el estudio de fenómenos sociales y políticos:

Compárese la primera gran obra política que señala el inicio del iusnaturalismo político y el estudio racional del problema del Estado, el De Cive de Hobbes, con la más grande obra política y del derecho público que la precede, el De la Republique (1576) de Jean Bodin […] Es la diferencia que hay entre el método tradicional del jurista que extrae las propias soluciones del análisis de antecedentes relevantes y de las sugerencias que le da el estudio de la historia y el método “geométrico” que, prescindiendo de todo aquello que pueden haber dicho los anteriores autores y prescindiendo absolutamente de la lección de historia, busca la vía de una reconstrucción meramente racional del origen y del fundamento del Estado.

En este trabajo propongo analizar cómo concibe al estado de la naturaleza Hobbes. En primer lugar voy a definir qué entiendo por estado de la naturaleza y posteriormente voy a tratar lo que considero temas clave para comprender la perspectiva de este autor con respecto a este punto y también con respecto al origen y a las características del tipo de Estado que propone. Por ello, propongo analizar e indagar si el estado de la naturaleza es belicoso o pacífico, si existe la libertad en él, y si el hombre es un ser social o aislado.

1. El estado de la naturaleza.

El estado de la naturaleza es un concepto filosófico-político utilizado por los iusnaturalistas, el cual define como sería la condición humana antes de la constitución de la sociedad civil. Es un estado pre-político, en el cual se intenta describir como actuaría y pensaría el ser humano antes de su organización dentro de un Estado Civil.

Existen distintas visiones sobre la condición del ser humano dentro del estado de la naturaleza, que van desde la concepción de un ser humano pacífico y tranquilo, que vive en el mundo en paz y armonía (Rousseau) hasta un ser humano desconfiado y temeroso, que vive en un mundo en guerra, lleno de riesgos y con un futuro incierto (Hobbes).

Los autores iusnaturalistas, influidos por la interpretación que realizaban de la realidad sociopolítica de su momento, intentaron representar al hombre en el estado de la naturaleza con el objetivo de justificar una determinada concepción de Estado civil. En el caso de Hobbes, el estado de la naturaleza era un estado de guerra permanente, en el cual los seres humanos vivían en constante peligro, y a través de su análisis se proponía justificar la necesidad de un Estado civil fuerte, al que el ser humano temiera. Este pesimismo antropológico evidencia una clara defensa por parte de Hobbes a lo que conocemos como Estado Absolutista:

Por otra parte, este pesimismo consustancial con el ambiente social de la época, no sólo explica, sino que más bien se prolonga como consecuencia de su fundamentación de la necesidad de un Estado Absoluto

El Estado de la naturaleza según Hobbes es hipotético, puramente racional, imaginario e incluso el autor llega a decir que tal vez nunca existió tal estado:

Acaso puede pensarse que nunca existió un tiempo o condición en que se diera una guerra semejante, y, en efecto, yo creo que nunca ocurrió generalmente así, en el mundo entero

Aunque luego afirme que en algunos lugares, tales como América, había gente que vivía así. El estado de naturaleza en Hobbes no es un punto de partida como lo concibe Rousseau por ejemplo (estado de naturaleza histórico) sino un estado hipotético opuesto a la sociedad civil, es decir, a la sociedad en la que existen leyes y un poder establecido.

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