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LA EDUCACIÓN EN VALORES DE LOS MAGISTRADOS EN LA INCIDENCIA DE PREVARICATO, HUARAZ - 2015


Enviado por   •  9 de Febrero de 2017  •  Documentos de Investigación  •  1.592 Palabras (7 Páginas)  •  303 Visitas

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UNIVERSIDAD NACIONAL SANTIAGO ANTÚNEZ DE MAYOLO

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

[pic 1]

EPISTEMOLOGÍA

TRABAJO DE INVESTIGACIÓN

TEMA:         LA EDUCACIÓN EN VALORES DE LOS MAGISTRADOS EN LA INCIDENCIA DE PREVARICATO, HUARAZ - 2015

DOCENTE:                 Mag. JUSTA VICTORIA ESTRADA GARRO

ALUMNO:                 MINAYA ESPINOZA AARON DERIAN

HUARAZ ANCASH PERU

2017

INTRODUCCIÓN

Este delito tiene como antecedente al derecho romano, en la cual se conoció la acción del perduellio, luego se dio la Lex Maiestate en la cual se incluyó un castigo al pretor que se apartara de la correcta aplicación de leyes.

Dentro de la legislación peruana, el prevaricato es un delito, éste está descrito en el artículo 418 del Código Penal de 1991, en el que se considera como sujeto activo a jueces o fiscales. En abril del 2005, por Ley Nº28492, se le agregó un elemento descriptivo de tipo penal, la cual fue: “a sabiendas”, para enfatizar el dolo. Éste delito, sanciona al funcionario judicial o administrativo que dicta resoluciones contrarias al texto de ley o la funda en hechos falsos, el prevaricato sanciona el abuso de derecho.

MATRIZ DE CONSISTENCIA (LINEAL)

  1. PROBLEMAS
  1. Problema Principal

¿De qué manera influye la educación en valores en el acto de prevaricato que cometen los magistrados de la Corte Superior de Ancash - 2015?

  1. Problemas Específicos
  • ¿De qué forma la educación en  valores influye en la construcción de pruebas inexistentes por los magistrados de la Corte Superior de Ancash - 2015?
  • ¿De qué manera la educación en  valores influye en el desconocimiento de la ley de los magistrados de la Corte Superior de Ancash - 2015?
  • ¿De qué manera la educación en valores influye en la inclusión de testigos falsos en un juicio, haciendo que se cometa prevaricato por los magistrados de la Corte Superior de Ancash – 2015?

  1. OBJETIVOS
  1. Objetivo Principal

Determinar de qué manera influye la educación en valores en el acto de prevaricato que cometen los magistrados de la Corte Superior de Ancash – 2015.

  1. Objetivos Específicos
  • Establecer la forma como la  educación de valores influye en la construcción de pruebas inexistentes por los magistrados de la Corte Superior de Ancash – 2015.  
  • Establecer la manera en que la educación en valores influye en el desconocimiento de la ley de los magistrados de la Corte Superior de Ancash - 2015.
  • Establecer la manera en que la educación de valores influye en la inclusión de testigos falsos en un juicio, haciendo que se cometa prevaricato por los magistrados de la Corte Superior de Ancash – 2015.

  1. HIPÓTESIS
  1. Hipótesis Principal

Entonces, podemos mencionar que la ausencia de educación en valores influye en el acto del prevaricato que realizan los magistrados, ya que aquellos que lo cometen carecen de educación en valores y éstos son los magistrados de la Corte Superior de Ancash  – 2015.

  1. Hipótesis Específicas
  • La ausencia de educación en valores influye en la construcción de pruebas inexistentes, ya que sin estas, sería más evidente el acto del prevaricato cometido por el magistrado de la Corte Superior de Ancash - 2015.
  • La educación en valores influye en el “desconocimiento de la ley”, como una excusa a la que concurren los magistrados de la Corte Superior de Ancash  - 2015.
  • La educación de valores influye en la inclusión de testigos falsos, ya que sin esto, no habría apoyo en el fallo del magistrado de la Corte Superior de Ancash – 2015.

  1. VARIABLES
  1. VARIABLE INDEPENDIENTE

Educación en valores.

Indicadores:

  • Honestidad
  • Responsabilidad
  • Dignidad
  1. VARIABLE DEPENDIENTE

Prevaricato

Indicadores:

  • Construcción de pruebas inexistentes
  • Desconocimiento de la ley
  • Testigos falsos
  1. VARIABLE INTERVINIENTE

Huaraz – 2015

MATRIZ DE CONSISTENCIA (CUADRO)[pic 2]

CAPÍTULO I

  1. EL PREVARICATO

El prevaricato, según López: “Etimológicamente la palabra prevaricación deriva del verbo latino prevaricare que quiere decir desviarse del camino recto. O caminar torcido. Prevarica cuando se viola o irrespeta la Constitución, la ley, el “debido proceso”, o se juzga por segunda vez una misma causa.”[1]

Otra definición acerca del prevaricato lo expresa Ossorio (2002): “Delito que cometen los funcionarios públicos dictando o proponiendo a sabiendas, o por ignorancia inexcusable, resolución de manifiesta injusticia…Es, pues, un delito contra la administración pública”.[2]

Entonces, el prevaricato es cuando un juez o funcionario público emita una sentencia, resolución o cualquier diligencia violando expresamente la ley.

El Código Penal Peruano del año 1991, artículo 418, reprime al Juez o Fiscal que dicta resolución o emite dictamen, contrarios al texto expreso y claro de la ley o cita pruebas inexistentes o hechos falsos, o se apoya en leyes supuestas o derogadas.[3]

En criterio propio, el prevaricato es un delito que puede llegar a provocar una irregular aplicación de justicia.

  1. BIEN JURÍDICO TUTELADO

El bien jurídico genérico que es tutelado, es el correcto funcionamiento de la Administración Pública. Este delito-prevaricato- impide o perturba la organización y el desarrollo normal de las actividades de los órganos públicos en el ejercicio de sus funciones.[4]

Para Soler, el delito de prevaricato tutela, si bien genéricamente la Administración de Justicia, también la rectitud, la legalidad y la honestidad en el cumplimiento de los actos en que consiste la actividad de administrar justicia.[5]

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