DERECHO DE LOS PUEBLOS HISPÁNICOS PRERROMANOS
Enviado por evelynzigzag • 24 de Marzo de 2014 • 934 Palabras (4 Páginas) • 371 Visitas
DERECHO DE LOS PUEBLOS HISPÁNICOS PRERROMANOS
CARACTERISTICAS DEL DERECHO PRIMITIVO:
1- Derecho poco desarrollado, rudimentario, como responde a la organización tribal de esos pueblos.
2- Se trata de un derecho consuetudinario, donde el Derecho es fijado por la conducta de los hombres y la repetición de una misma solución a un determinado problema le daría la fuerza obligatoria de una norma jurídica escrita.
3- Se habla también de sanciones para aquellos que se apartan de la conducta habitualmente aceptada, de esta manera se asegura el cumplimiento de las normas de comportamiento.
4 - Derecho de carácter divino, con componentes religiosos que hacen muy difícil distinguir entre norma jurídica, norma moral y uso social. Su origen se explica por la voluntad de los dioses manifestada a través de los mortales.
5- Cada pueblo tiene un Derecho y dentro de él cada grupo social el suyo propio, exclusivo y diferente a los demás. En estas comunidades rige el principio de personalidad del Derecho.
Otras características:
-Está vinculado con el culto a la divinidad que preside sus actos
-Está basado en la costumbre
-El derecho es de ámbito reducido y muy unido a la familia
-Localismo jurídico
-Respecto a los mayores
-Está muy unido a la belicosidad
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-Ámbito cerrado y personalista. Se aplica en grupos sociales cerrados, a los que sólo se accede por nacimiento.
-Creación del derecho de forma popular y por tanto consuetudinariamente (no escrito), basado en la costumbre.
-Es un derecho que mezcla lo religioso con lo estrictamente jurídico.
DERECHO CONSUETUDINARIO. PATRIARCAL Y MATRIARCAL.
La mayoría de los pueblos prerromanos tenían un Derecho consuetudinario, que en un principio debía regular la actividad cazadora del hombre y en donde existían unas reglas mínimas de ordenación social basada en la división del trabajo y la obediencia al jefe de la tribu.
En un momento histórico más avanzado pudo existir un régimen patriarcal de carácter poligámico; como los actividades ganaderas necesitaban de una gran cantidad de gente la necesidad de disponer de un mayor número de personas hará que las mujeres al casarse abandonen su familia y pasen a formar parte de la familia del marido.
Sin embargo se tienen noticias de la existencia de un régimen matriarcal en el norte de la Península. No se trata de que la mujer tenga una mayor importancia en la sociedad, sino que la estructura de la familia está establecida en función de la mujer y será ella quien herede y por ende serán los hombres quienes al casarse con ellas abandonen su familia y pasen a formar parte de la familia de la mujer, esto dará lugar a la aparición de una institución llamada “covada”.
PRINCIPIO DE PERSONALIDAD DEL DERECHO
En los pueblos primitivos el grupo familiar y el local eran comunidades cerradas y quien no fuera miembro de esa comunidad no podía disfrutar de su Derecho. Existía por tanto el llamado “principio de personalidad del Derecho”,
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