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Derecho Romano


Enviado por   •  8 de Enero de 2014  •  3.547 Palabras (15 Páginas)  •  270 Visitas

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La palabra res tiene un sentido tan amplio como el que corresponde a la palabra cosa en nuestro lenguaje, comprende todo lo que da alguna utilidad a las personas. Los jurisconsultos estudian las cosas con relación a las personas, desde el punto de vista de los beneficios que le puede prestar. Estas relaciones se llaman derechos, es decir la persona puede disponer de una cosa a su capricho, enajenarla y hasta destruirla, esto es que tiene el derecho más amplio de propiedad.

De las cosas en el patrimonio y de las cosas fuera del patrimonio

Las cosas que están fuera del patrimonio de los particulares son las cosas que su naturaleza misma las hace insuceptibles de apropiación (individual).

Ejemplo: las cosas que pertenecen a una ciudad o nación

Las cosas que son parte del patrimonio de los particulares son todas las cosas de las que se puede apropiar una persona sin excepción.

De las cosas divini juris y de las cosas humani juris

Res divini juris:son las cosas del derecho divino, están consagradas a los dioses y sometidas a las autoridades pontífices.

Clasificación:

Se les llaman también res nullius por que ningún ser humano puede apropiarse, se dividen en res sacrae,res religisoae y res sanctae .

Res sacrae:las cosas sagradas son los terrenos,los edificios,y los objetos consagrados a los dioses superiores por una ley ,senadoconsulto,o una constitución (paganismo).

Cristianismo:son las iglesias y los vasos consagrados al culto por los obispos,solo pierden su carácter después de una ceremonia religiosa destinada a hacerlas profanas.

Res religiosae:eran los terrenos y los monumentos unidos a las sepulturas, la diferencia con las cosas sagradas(res sacrae)es que las religiosae están dedicadas a los dioses manes,es decir,a los muertos.Solo podía haber res religiosae en las afueras de las ciudades.Tambien están fuera del patrimonio de los particulares.Se necesitan 2 condiciones.La primera es que haya habido inhumación.la segunda es que el propietario del terreno de su consentimiento o que el mismo lo haga.Estan fuera de los patrimonios de los particulares y se consideran inalienables.

Res sanctae:cosas santas:se trata de cosas que están protegidas contra los atentados de los hombres por una sanción penal y se asimilan a las cosas sagradas con la diferencia que no están consagradas a los dioses.EJEMPLOS:los muros y las puertas de las ciudades,ya que su violación llevaba consigo una pena capital.

Cosas humani juris:

Todas las cosas que no sean de derecho divino tienen que ser de derecho humano y se subdividen en:Res comunes,Res publicae,Res universitatis y Res privatae o singulorum.

Res comunes:Son las cosas cuyas propiedad no pertenece a nadie y su uso es común a todos los hombres.Ejemplo:el aire,el agua corriente y el mar.Su naturaleza también es excluyente de toda apropiación individual.

Res publicae:son aquellas cuyo uso es también común a todospero que al contrario de las cosas comunes se consideran como propiedad del pueblo romano,excluyendo a las otras naciones.EJEMPLOS:vías pretorianas o consulareslos puertos y las corrientes de agua.

Res universitatis:son las personas morales tals como las ciudades,las corporaciones,que pueden tener cosas de su pertenencia,sin ser objeto de propiedad indiidual,y se aplican al uso común:ejemplos:los teatros,las plazas y los baños públicos.

Res privatae o singulorum:componen el patrimonio de los particulares,los cuales pueden adquirirlas y transmitir a otros la propiedad.Se le llama también bona,por que constituye el bienestar y la riqueza de las personas.

COSAS MANCIPI Y NEC MANCIPI

Esta división se aplica solo a las cosas susceptibles de propiedad privada.Ulpiano nos da la enumeración de cosas mancipi:

1. Los fundos de tierra y las casas

2. Las Servidumbres rurales sobre los mismos fundos

3. Los esclavos

4. Las bestias de carga y de tiro.Gayo indica la raazon de esta división,al llamar res mancipi a las cosas mas preciadas.Las res nec mancipi se realizaban por simple tradición,debía revestir formas solemnes,particularmente donde vienen su nombre.

LAS COSAS CORPORALES Y LAS COSAS INCORPORALES

Las cosas tal como la naturaleza las ha producido tienen una existencia material,un cuerpo,caen bajo los sentidos y son las cosas corporales;y a los derechos que puedes tener sobre ellas se les llama incorporales,porque no caen baj los sentidos.

COSAS CORPORALES

Se dividen en muebles e inmuebles,seria imposible enumerar las cosas corporales,ya que comprenden tod lo que materialmente existe.Se subdividen en muebles e inmuebles(res mobiles y res soli).Se entiende por muebles los seres animads capaz de mverse por ellos mismos.Los inmuebles son los fundos de tierra,los edificios y todos los objetos mobiliarios que estén sujetos a estancia perpetua.Ejemplo:cosas muebles,el hombre laspuede mover.

Cosas incorporales:derechos.Los jurisconsultos limitan las cosas incorporales a los derechos susceptibles de estimación y que representan un valor pecuniario(económico)en la fortuna de los particulares tales son:los derechos reales,como la propiedad y el usufructo,y los derechos de crédito.

Derecho real:es la relación directa de una persona con una cosa determinada.

Derecho de crédito:es una relación de persona a persona que permite a una de ellas llamada acreedor exigir de otra llamada deudor determinada prestación.

DERECHO SUBJETIVO: UNIDAD ll

La palabra derecho es empleada en un sentido subjetivo,cmo sinónimo de atribución o facultad del sujeto para hacer o no hacer alguna cosa.Existen 2 doctrinas que explican la esencia de esta facultad o atribución en el derecho,la primera doctrina representada por Hegel,puchta,winscheid,brinz,que pretenden que el derecho (sentid subjetivo es la potestad del querer y que supone que el individuo tiene una esfera de acción dentro de la cual opera su voluntad y libertad,es decir es la potencia que tiene la persna de atribuirse algo.

HECHOS Y NEGOCIOS JURIDICOS

Los hechos y acontecimientos en general son el tercer elemento indispensable de los derechos,ya que los acontecimientos sirven para indicar los hechos o actos que celebre el hombre con intención jurídica también todo suceso que pueda ocurrir de abstención u omisión o de hacer.El hecho es la causa del derech,es su fuente original por lo tanto el nacimiento ,la transformación,fin de los derechos son consecuencia de hechos a los que el derecho atribuye esos efectos.

Según Sanrigni:

Son acontecimientos en virtud de los cuales las relaciones del derecho que nacen y terminan.Los hechos jurídicos producen en el tiempo un cambio,en

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