ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

ESTATUS. El Congreso Nacional


Enviado por   •  24 de Noviembre de 2014  •  Tesis  •  3.236 Palabras (13 Páginas)  •  193 Visitas

Página 1 de 13

ARTÍCULO 1

ALIANZA BRAVO PUEBLO movimiento socialdemócrata de Venezuela, es un Partido con participación activa en Venezuela que, con una visión concertada y realista, pretende desarrollar los principios básicos de ese pensamiento político universal, en especial: justicia social, la libertad, la paz, la solidaridad, la igualdad de oportunidades y el progreso.

ARTÍCULO 2

ALIANZA BRAVO PUEBLO es un Partido con vocación de servicio nacional, estadal, distrital y municipal, se organiza en todo el territorio de Venezuela y tiene órganos nacionales, regionales, municipales y de inferior nivel geográfico y poblacional, se caracteriza por el respeto a la condición humana del individuo, como ciudadano, el respeto a las libertades individualidades y públicas, incluyendo el de opinión, el respeto a las relaciones horizontales entre sus militantes y simpatizantes, el respeto y el impulso a la descentralización y a la autonomía de acción de las regiones y de los movimientos sectoriales.

ARTÍCULO 3

El Partido tiene vocación de poder y busca alcanzarlo, por los métodos de la democracia para, desde el poder, convertir en realidad sus postulados principistas, contenidos en la Declaración de Principios y en las tesis políticas a través de planes, programas y políticas públicas, que se obliga a diseñar con la más amplia participación, de los más capaces y con la intervención protagónica de la Sociedad Civil organizada.

ARTÍCULO 4

Las siglas de la Organización serán A.B.P, como símbolo un caballo color negro, sostenido por la letra A que es la primera letra de las siglas A.B.P que son de color vino tinto y azul y al lado el nombre de Alianza y en la parte baja Bravo Pueblo Movimiento Social Demócrata de Venezuela.

DE LOS DEBERES Y DERECHOS

ARTÍCULO 5

Todo venezolano, mayor de edad, tiene derecho a participar en las deliberaciones de las asambleas abiertas del Partido. Igualmente, tiene derecho a presentar verbalmente o por escrito, comentarios, propuestas y opiniones acerca de asuntos de interés público y asuntos de interés interno de Organización.

ARTÍCULO 6

Para ser militante de la Organización, sólo se exige la condición de ser venezolano, mayor de edad, de una conducta honesta, de una actuación con apego a los principios, tesis, planes y programas del Partido y colaboración en el logro de las metas y propuestas. El procedimiento de inscripción será desarrollado, en instructivo especial que aprobará la Dirección Nacional.

ARTÍCULO 7

Los militantes tienen el derecho de ser elegidos para cargos en los órganos del Partido y para cargos de representación popular. Tienen el deber y el derecho de conocer y promover la declaración de principios, las tesis, los estatutos, los planes y programas, y las principales decisiones del Partido. Tienen derecho a discutir abiertamente en el seno de la Organización, asuntos de interés para la sociedad y para el Estado. Tienen plena libertad de opinión, según los principios de su conciencia.

ARTÍCULO 8

Todo militante de la Organización tiene el deber y el derecho a participar, en la elección de las autoridades del Partido y candidatos a los organismos de representación popular, lo cual quedará claramente establecido en el Reglamente Electoral, que se elaborará en su momento para tales fines.

DE LOS ORGANISMOS NACIONALES

ARTÍCULO 9

La máxima autoridad del partido es su Congreso Nacional.

ARTÍCULO 10

Integran el Congreso Nacional:

1. Delegados elegidos en votación directa, mediante sistema de listas con representación proporcional. Cada entidad federal y el Distrito Capital tendrá por lo menos cinco (05) delegados. Habrán delegados adicionales en función a la cantidad de habitantes de cada entidad federal, según lo establezca el reglamento que se dicte al respecto.

2. Los miembros principales de la Dirección Nacional.

3. Militantes, que ejerzan cargos principales o suplentes en ejercicio de representación popular nacional.

4. El Presidente, el Vicepresidente, el Secretario General y el Secretario de Organización.

5. Tres (03) delegados de cada uno de las Coordinaciones de Participación. Estos delegados deberán ser elegidos en votación directa y secreta por quienes integran las Coordinaciones correspondientes, con el sistema de lista y con representación proporcional.

ARTÍCULO 11

Es competencia del Congreso Nacional:

1. Aprobar y/o reformar las tesis políticas.

2. Aprobar y/o reformar los Estatutos

3. Elegir a los integrantes de la Dirección Nacional.

4. Designar al candidato presidencial. Para esto será determinante tomar en consideración la opinión del electorado y las condiciones personales, profesionales y programáticas de los aspirantes.

5. Aprobar el programa de gobierno nacional.

6. Revisar las decisiones de la Dirección Nacional.

7. Designar y/o reformar un Órgano Contralor que velará por la buena administración de los recursos de la organización y garantizará el ejercicio cabal, de los derechos de los militantes y simpatizantes.

8. Hacer un análisis de la situación nacional y emitir pronunciamientos al respecto.

ARTÍCULO 12

El Congreso Nacional se reunirá ordinariamente una (01) vez al año y lo presidirá el Presidente Nacional de la Organización, se elegirán un Presidente Honorario y dos (02) Secretarios de Actas. Extraordinariamente se reunirán cada vez que sea decidido por la Dirección Nacional, mediante el voto favorable de las dos terceras partes de sus integrantes.

ARTÍCULO 13

Para que sesione válidamente el Congreso, se exige la presencia de la mitad más uno de sus integrantes.

DE LA DIRECCIÓN NACIONAL

ARTÍCULO 14

La Dirección Nacional es la máxima Autoridad Ejecutiva de la Organización. Está integrada de la siguiente manera:

- Un (01) Presidente.

- Un (01) Primer Vicepresidente

- Un (01) Segundo Vicepresidente

- Un (01) Secretario General

- Un (01) Secretario de Organización

- Veintidós (22) Responsables Políticos Nacionales

- Coordinadores Nacionales de los Sectores de Participación

ARTÍCULO 15

Los cargos de Presidente, Primer y Segundo Vicepresidente, Secretario General y Secretario de Organización serán elegidos por votación nominal, por mayoría absoluta y los demás cargos de la Dirección Nacional, por quienes obtengan las mayores votaciones de los congresantes presentes.

ARTÍCULO 16

Es de la competencia de la Dirección Nacional:

1. Definir las líneas estratégicas y políticas del Partido.

2. Hacer

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (24 Kb)
Leer 12 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com