El PATRIMONIO.- es el conjunto de bienes q pertenecen a una persona ya sea natural o jurídica q es susceptible de una estimación económica.
Enviado por vane3454 • 3 de Mayo de 2017 • Apuntes • 1.971 Palabras (8 Páginas) • 456 Visitas
El PATRIMONIO.- es el conjunto de bienes q pertenecen a una persona ya sea natural o jurídica q es susceptible de una estimación económica.
Son todos aquellos avaluables en dinero.
DERECHO PATRIMONIAL Son aquellos q tienen un contenido económico q sirven para satisfacer las necesidades económicas del titular y q pueden ser apreciables en dinero.
Los derechos patrimoniales se dividen en tres categorías
DERECHOS REALES derecho real es un poder o facultad q se tiene directamente sobre la cosa, el típico es la propiedad, q importa un poder de señorío de goce y disposición de la cosa ç.
DERECHOS PERSONALES Son aquellos q establecen relaciones entre personas determinadas
El titular o sujeto activo de la relación jurídica llamada acreedor
El sujeto pasivo de relación denominado deudor. El objeto es la prestación q el deudor debe satisfacer a favor del acreedor.
DERECHOS INTELECTUALES Son aquellos q se confieren a las personas sobre las creaciones de su mente
CARACTERISTICAS DE LOS DERRECHOS REALES
1.- DERECHOS REALES ABSOLUTOS porque son erga omnes, es decir deben ser respetados por todos, y actúa contra cualquier persona q pretenda perturbar al titular en el goce y ejercicio de la cosa.
2.-LOS DERECHOS REALES SOLO PUEDEN SER CREADOS POR LA LEY y no pueden crearse por voluntad de las partes.
3.- EL TITULAR DE UN DERECHO Real goza de persecución.
Clasificación de los bienes
BIENES, se llaman bienes a las cosas materiales e inmateriales, q pueden ser objeto de derecho.
- MUEBLES O INMUEBLES- MUEBLE es lo q es móvil, aquellas cosas de desplazamiento o de movimiento. INMUEBLE con la cual se expresa fijación, estabilidad, no susceptible de desplazamiento alguno. (son aquellos q se encuentran fijos).
- COSAS FUNGIBLES O NO FUNGIBLES
FUNGIBLES son aquellas donde cualquier especie equivale a otra de la misma especie, en igual cantidad y calidad ej. El dinero. LAS NO FUNGIBLES no pueden remplazarse, pues tienen condiciones particulares q lo impiden ej. Como una escultura o pintura.
- COSAS CONSUMIBLES Y NO CONSUMIBLES las cosas COSUMIBLES se agotan en el primer consumo ej. Los alimentos. Las NO CONSUMIBLES, pueden sufrir cualquier deterioro, pero se pueden seguir utilizando ej. Una casa.
- COSAS DIVISIBLES E INDIVISIBLES, Las cosas DIVISIBLES permiten ser separadas en partes sin perder su esencia y su valor ej. El dinero. LAS INDIVISIBLES al separar las partes del todo se inutilizan ej. Un animal de granja.
- COSAS REGISTRABLES Y NO REGISTRABLES son bienes registrables los inmuebles y los automotores ej. Cuando se trata de discutir el derecho propietario de un automotor. La propiedad pertenece al adquiriente q haya inscrito primero su título, conforme al art. 1545 del CODIGO CIVIL.
LOS FRUTOS
PRODUCTOS DE LOS BIENES. Se entiende cómo producto de los bienes a los frutos y estos pertenecen al propietario del bien y comprenden frutos naturales y civiles.
FRUTOS NATURALES. Son frutos naturales las producciones espontaneas d la tierra, son frutos naturales q provienen d la cosa con intervención del hombre o sin ella. Es todo aquello generado por la naturaleza.
A QUIEN PERTENECEN LOS FRUTOS Los frutos naturales de una cosa pertenecen al dueño de ella.
FRUTOS CIVILES. Son frutos civiles el alquiler delos edificios, o alquiler de tierras o cosas. También son frutos civiles los intereses q legalmente devenguen un capital q se adquiere día a día ej. Préstamo de dinero beneficia al propietario
CARACTERISTICAS BASICAS DE LOS FRUTOS puede resumirse así
Los frutos son bienes que, naciendo de una cosa determinada, llegan a tener independencia y propia autonomía, desde el momento en que son separadas de la cosa motriz
Solo se entienden por frutos los beneficios o productos de una cosa que se generen conservando la cosa matriz su propia sustancia ej. El capital y los intereses ganados.
Los frutos tienen carácter accesorio respecto de la cosa fructífera q puede seguir produciendo otros frutos.
LOS BIENES CON RRELACION A QUIENES PERTENECEN
BIENES DE DOMONIO PUBLICO DEL ESTADO, son los q conforman el Estado Plurinacional de Bolivia o de los nueve gobiernos Autónomos Departamentales de q ella se compone
Los bienes de propiedad pública del estado no son susceptibles de apropiación privada corresponden a l Estado su distribución y administración
BIENES DE DOMINIO PRIVADO DEL ESTADO. Actúa como sujeto privado, el dominio privado le corresponde al Estado como persona jurídica con los mismos derechos inherentes a la propiedad de cualquier particular. Por lo tanto el estado puede vender comprar permutar, etc.
BIENES MUNICIPALES. Los bienes comunales y de dominio público son inalienables, inembargables e imprescriptibles.
Los bienes municipales se clasifican en: BIENES DE DOMONIO PUBLICO Y BIENES PATRIMONAIALES
LOS BIENES MUNICIPALES DE DOMINIO PUBLICO son los destinados al uso o servicio público, entre ellos, caminos, calles, plazas, etc.
LOS BIENES MUNICIPALES PATRIMONIALES. Integrados por dos clases: LOS PROPIOS.- son los que siendo de propiedad del municipio no están destinados al uso o servicio público
LOS COMUNALES.- son los que siendo de dominio municipal, su aprovechamiento y disfrute pertenecen a los vecinos.
BIENES PRIVADOS.- bienes de las personas particulares, se rigen por las disposiciones del código civil y otras normas q son relativas y las limitaciones q se reconoce al derecho de propiedad de las personas individuales y colectivas.
LA POSESION
Generalidades sobre la posesión. Posesión significa acto de poseer o tener una cosa corporal con ánimo de conservarla para sí o para otro.
Concepto de posesión.- es el poder jurídico q el hombre adquiere sobre las cosas d conformidad con la voluntad general q es la ley.
Derecho s reales q se ejercen mediante la posesión.- Con la posesión se ejerce en primer lugar el derecho real más importante como es el derecho de propiedad.
El usufructo.- Es el derecho real y temporal, para poder disfrutar bienes ajenos con la obligación de conservarlos. El usufructo puede ser vitalicio y de bienes inmuebles.
USUFRUCTO VITALICIO.- Da derecho a la utilización de un poder de parte del usufructuario hasta el momento de su muerte.
USUFRUCTO DE BIENES INMUEBLES.- significa q tiene derecho a disfrutar de bien ajeno q tengan una situación fija, y por su naturaleza no puedan ser desplazados ej. Casas, tierras.
...